Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Merida (Extensión El Vigia), de 25 de Mayo de 2005

Fecha de Resolución25 de Mayo de 2005
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
PonenteThais Camacho Luzardo
ProcedimientoDestruccion Droga

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía

Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02

El Vigía, 25 de Mayo de 2005

195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2005-000453

ASUNTO : LK11-X-2005-000018

Vista la solicitud realizada por el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, mediante oficio MER- FS-2005-680 recibida por ante este despacho en fecha 23 de Mayo de 2005, mediante el cual solicita se aperture el Procedimiento de Destrucción de Droga, contemplado en las sentencias N° 2464, de fecha 20 de noviembre de 2001, y de su aclaratoria de fecha 21 de Octubre de 2002, emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para cuyos efectos anexa el acta de Prueba Anticipada en la causa seguida a F.H.S.O. y M.A.R.J., por la comisión de los delitos contemplados en la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. En tal sentido, este Juzgado de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA: abrir el procedimiento de destrucción de las Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas incautadas con un peso bruto de: CIENTO CINCUENTA Y TRES (153) KILOS CON CIENTO DIEZ (110) GRAMOS, y un PESO NETO obtenido de: CIENTO CUARENTA Y CINCO (145) KILOS CON DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO (275) GRAMOS; en virtud de lo cual este Tribunal ordena notificar al ciudadano Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Mérida, al Fiscal Décimo Sexto del Proceso, a la defensa y al experto que realizó la experticia de la sustancia incautada, oficiar a la Comisión Nacional Contra el Uso Ilícito de las Drogas, a la Dirección de Drogas y Cosméticos del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, y al Comandante de la Segunda Compañía, Destacamento 16 de la Guardia Nacional, informándole sobre la apertura del procedimiento, el cual se llevará a efecto en un lapso no mayor de quince (15) días, una vez conste en autos las notificaciones respectivas. Líbrense y remítanse los oficios correspondientes. Cúmplase.-

Juez (s) de Ejecución N° 02

Abg. T.C.L.

Secretario (a)

Abg. __________________

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