Decisión de Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de Aragua, de 16 de Septiembre de 2014

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2014
EmisorJuzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
PonenteMargarita Garcia
ProcedimientoRecurso Contencioso De Nulidad

TRIBUNAL SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 16 de Septiembre de 2014

204° y 155°

Por cuanto de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente signado bajo el Nro. DE01-G-1990-000005 (3.339), contentivo del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el ciudadano abogados: L.E.R. y Chomben Chong Gallardo, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros. 13.093 Y 4.830 en sus caracteres de apoderados Judiciales de la Compañía “HIELO SAN MIGUEL C.A” Contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA, se evidencia, que en fecha ocho (08) días del mes de Octubre del año dos ocho 2.008, mediante auto se ordenó notificar a la parte recurrente a los fines de que manifieste su interés en que este Tribunal Superior decida el presente proceso, es por ello que estando en la oportunidad procesal correspondiente, se libro boleta de notificación dirigida a la parte demandante.

Ahora bien por cuanto la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en sesión de fecha 10 de diciembre de 2010, acordó el traslado de quien suscribe el presente auto, DRA. M.G.S., como Juez de este Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, del cual tomó posesión en fecha 17 de enero de 2011, con este carácter se aboca al conocimiento de la presente causa, en consecuencia este Tribunal Superior, considera pertinente dejar sin efecto la boleta de notificación de fecha 08 de Octubre de 2008; por consiguiente, se ordena librar nueva boleta notificación dirigida a los ciudadanos L.E.R. y Chomben Chong Gallardo anteriormente identificados supra. Cúmplase.-

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR

DRA. M.G.S..-

El Secretario Temporal

Abg. I.R.

DE01-G-1990-000005 (3339)

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