Sentencia nº 887 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 8 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2014
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación

Numero : 887 N° Expediente : 2014-000085 Fecha: 08/10/2014 Procedimiento:

Auto ordenando notificación

Partes:

H.B.R.N., G.J.C.G., E.E.M. y AZAER A.B., Vs. la Comisión Electoral Nacional del SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL PODER ELECTORAL (SINTRAPEL), referido a la elección de las autoridades periodo 2011-2014, cuyo acto de votación está fijado para el 09 de octubre de 2014.

Decisión:

Vista la Sentencia Nº 152 dictada por esta Sala Electoral en fecha 08-10-2014 de octubre de 2014, se acordó notificar a la Comisión Electoral Nacional del SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL PODER ELECTORAL (SINTRAPEL), a los ciudadanos L.S. y E.M. (terceros) y al Ministerio Público.

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

SALA ELECTORAL

Caracas, 08 de octubre de 2014

204º y 155º

Vista la Sentencia Nº 152 dictada por esta Sala Electoral en fecha 08 de octubre de 2014, mediante la cual declaró: 1.- COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta, 2.- ADMITIÓ LA INTERVENCIÓN de los abogados L.R.S.G. y E.M., 3.- ADMITIÓ la acción de amparo constitucional ejercida, ACORDANDO TRAMITARLA conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 1º de febrero de 2000 y 5.- PROCEDENTE la medida cautelar solicitada y en consecuencia, suspendió el acto de votación fijado para el 9 de octubre de 2014 en el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL PODER ELECTORAL (SINTRAPEL), hasta tanto sea resuelto el caso mediante sentencia definitiva, se acuerda notificar a la Comisión Electoral Nacional del referido Sindicato y al Ministerio Público, remitiéndoles copia certificada del escrito libelar y de la mencionada sentencia. Líbrese Boleta y Oficio.

Asimismo, se acuerda notificar de la Sentencia Nº 152 dictada por esta Sala Electoral en fecha 08 de octubre de 2014 a los ciudadanos L.S. y E.M. (terceros verdadera parte). Remítase copia certificada del mencionado fallo. Líbrese Boleta.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2014-000085

FRVT/pc

Caracas, 08 de octubre de 2014

Oficio Nº 14-539

Ciudadana

L.O. DÍAZ

FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 08 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 152 en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos H.B.R.N., G.J.C.G., E.E.M. y AZAER A.B., titulares de la cédula de identidad N° 3.892.970, 16.882.684, 4.581.268 y 4.361.729, respectivamente, asistidos por los abogados C.A.A.F. y G.J.C.R., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.479 y 13.718, respectivamente, contra la Comisión Electoral Nacional del SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL PODER ELECTORAL (SINTRAPEL), referido a la elección de las autoridades periodo 2011-2014, cuyo acto de votación está fijado para el 09 de octubre de 2014. En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta, 2.- ADMITIÓ LA INTERVENCIÓN de los abogados L.R.S.G. y E.M., 3.- ADMITIÓ la acción de amparo constitucional ejercida, ACORDANDO TRAMITARLA conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 1º de febrero de 2000 y 5.- PROCEDENTE la medida cautelar solicitada y en consecuencia, suspendió el acto de votación fijado para el 9 de octubre de 2014 en el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL PODER ELECTORAL (SINTRAPEL), hasta tanto sea resuelto el caso mediante sentencia definitiva. Se remite copia certificada del escrito libelar y de la mencionada sentencia.

Igualmente, se le notifica que deberá comparecer ante la Secretaría de esta Sala, a los fines de conocer el día en que tendrá lugar la audiencia oral de las partes, la cual se efectuará dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes a que conste en autos la última de las notificaciones (lapso que debe entenderse como cuatro (4) días de conformidad con sentencia de la Sala Constitucional N° 2197 del 23 de noviembre de 2007).

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

Se anexa: Lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2014-000085

FRVT

B O L E T A

Caracas, 08 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A los MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL DEL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL PODER ELECTORAL (SINTRAPEL), que esta Sala Electoral en fecha 08 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 152 en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos H.B.R.N., G.J.C.G., E.E.M. y AZAER A.B., titulares de la cédula de identidad N° 3.892.970, 16.882.684, 4.581.268 y 4.361.729, respectivamente, asistidos por los abogados C.A.A.F. y G.J.C.R., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.479 y 13.718, respectivamente, contra la Comisión Electoral Nacional del SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL PODER ELECTORAL (SINTRAPEL), referido a la elección de las autoridades periodo 2011-2014, cuyo acto de votación está fijado para el 09 de octubre de 2014. En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta, 2.- ADMITIÓ LA INTERVENCIÓN de los abogados L.R.S.G. y E.M., 3.- ADMITIÓ la acción de amparo constitucional ejercida, ACORDANDO TRAMITARLA conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 1º de febrero de 2000 y 5.- PROCEDENTE la medida cautelar solicitada y en consecuencia, suspendió el acto de votación fijado para el 9 de octubre de 2014 en el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL PODER ELECTORAL (SINTRAPEL), hasta tanto sea resuelto el caso mediante sentencia definitiva. Se remite copia certificada del escrito libelar y de la mencionada sentencia.

Igualmente, se les notifica que deberán comparecer ante la Secretaría de esta Sala, a los fines de conocer el día en que tendrá lugar la audiencia oral de las partes, la cual se efectuará dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones (lapso que debe entenderse como cuatro (4) días de conformidad con sentencia de la Sala Constitucional N° 2197 del 23 de noviembre de 2007), audiencia a la cual deberán comparecer asistidos o representados por abogado.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000085

FRVT/pc

B O L E T A

Caracas, 08 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A los abogados L.S. y E.M., titulares de la cédula de identidad N° 6.854.403 y 4.171.984 e inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 39.062 y 90.669, respectivamente, actuando en su propio nombre, que esta Sala Electoral en fecha 08 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 152 en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos H.B.R.N., G.J.C.G., E.E.M. y AZAER A.B., titulares de la cédula de identidad N° 3.892.970, 16.882.684, 4.581.268 y 4.361.729, respectivamente, asistidos por los abogados C.A.A.F. y G.J.C.R., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.479 y 13.718, respectivamente, contra la Comisión Electoral Nacional del SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL PODER ELECTORAL (SINTRAPEL), referido a la elección de las autoridades periodo 2011-2014, cuyo acto de votación está fijado para el 09 de octubre de 2014. En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta, 2.- ADMITIÓ LA INTERVENCIÓN de los abogados L.R.S.G. y E.M., 3.- ADMITIÓ la acción de amparo constitucional ejercida, ACORDANDO TRAMITARLA conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 1º de febrero de 2000 y 5.- PROCEDENTE la medida cautelar solicitada y en consecuencia, suspendió el acto de votación fijado para el 9 de octubre de 2014 en el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL PODER ELECTORAL (SINTRAPEL), hasta tanto sea resuelto el caso mediante sentencia definitiva. Se remite copia certificada del escrito libelar y de la mencionada sentencia.

Igualmente, se les notifica que deberán comparecer ante la Secretaría de esta Sala, a los fines de conocer el día en que tendrá lugar la audiencia oral de las partes, la cual se efectuará dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones (lapso que debe entenderse como cuatro (4) días de conformidad con sentencia de la Sala Constitucional N° 2197 del 23 de noviembre de 2007), audiencia a la cual deberán comparecer asistidos o representados por abogado.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000085

FRVT/pc

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