Sentencia nº 187 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 19 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución19 de Marzo de 2013
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

SALA ELECTORAL

Caracas, 19 de marzo de 2013

202º y 154º

Vista la Sentencia N° 4 dictada en fecha 05 de marzo de 2013, mediante la cual la Sala declaró CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones formulada y ORDENÓ al Consejo Nacional Electoral que en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles de la Administración Electoral, contados a partir de la fecha efectiva de su notificación, designe una Comisión Electoral ad-hoc a los fines de celebrar el proceso comicial cuyo objeto será renovar a los miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical en los términos señalados en la motiva del fallo. Una vez constituida la Comisión Electoral ad-hoc, ésta deberá convocar a elecciones dentro de un lapso de quince (15) días continuos, contados a partir de la fecha de su constitución, proceso electoral que deberá desarrollarse en un lapso de noventa (90) días continuos, contados a partir de su convocatoria, se acuerda notificar al Consejo Nacional Electoral, a la Junta Directiva del Sindicato Bolivariano de Trabajadores de la Empresa General Motor, C.A. (SINTRAGENERAL) y al Ministerio Público el fallo dictado en fecha 05 de marzo de 2013. R. copia certificada del mencionado fallo. L.B. y Oficios.

Asimismo, se acuerda librar cartel a la parte accionante de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarlos del referido fallo, ello en razón de no constar en autos domicilio procesal, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del respectivo cartel, se les tendrá por notificados. L.C..

Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda comisionar al Juzgado de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar a la Junta Directiva del Sindicato Bolivariano de Trabajadores de la Empresa General Motor, C.A. (SINTRAGENERAL), ubicada en la Zona Industrial Sur, Av. General Motors, Vía Aeropuerto; Valencia, estado Carabobo, para lo cual se ordena librar despacho al mencionado Juzgado. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de dos (02) días despacho para la práctica de la aludida notificación contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. L.O. y Despacho.

La Presidenta,

J.M.M.S.

La Secretaria,

PATRICIA CORNET GARCÍA

Exp. Nº AA70-E-2012-000100

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 19 de marzo de 2013

Oficio Nº 13-134

Ciudadana

TIBISAY LUCENA

Presidenta del Consejo Nacional Electoral de la

República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle, que en fecha 05 de marzo de 2013 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 4, en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos E.M.N.M., A.A.T.V., D.J.I., J.A.P.G., H.A. y L.A.M., titulares de las cédulas de identidad números 15.830.929, 11.356.811, 8.765.439, 17.777.316, 12.734.529 y 11.351.275, respectivamente, actuando en representación de un grupo de trabajadores de la empresa GENERAL MOTORS, C.A., asistidos por el abogado J.M.S.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.899, para la renovación de los miembros de la Junta Directiva del SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE GENERAL MOTORS (SINTRAGENERAL). En dicho fallo se declaró: CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones formulada y se ORDENÓ a ese Ente Comicial que en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles de la Administración Electoral, contados a partir de la fecha de su efectiva notificación de la decisión, designe una Comisión Electoral ad-hoc a los fines de celebrar el proceso comicial cuyo objeto será renovar a los miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical en los términos señalados en la motiva del fallo. Una vez constituida la Comisión Electoral ad-hoc, esta deberá convocar a elecciones dentro de un lapso de quince (15) días continuos, contados a partir de la fecha de su constitución, proceso electoral que deberá desarrollarse en un lapso de noventa (90) días continuos, contados a partir de su convocatoria. Se remite copia certificada de la sentencia dictada en fecha 05 de marzo de 2013.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

Exp. Nº AA70-E-2012-000100

Anexo: LO INDICADO

JMMS

Caracas, 19 de marzo de 2013

Oficio Nº 13-133

Ciudadano

Juez de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor).

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo lo relacionado con el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos E.M.N.M., A.A.T.V., D.J.I., J.A.P.G., H.A. y L.A.M., titulares de la cédula de identidad número 15.830.929, 11.356.811, 8.765.439, 17.777.316, 12.734.529 y 11.351.275, respectivamente, actuando en representación de un grupo de trabajadores de la empresa GENERAL MOTORS, C.A., asistidos por el abogado J.M.S.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.899, para la renovación de los miembros de la Junta Directiva del SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE GENERAL MOTORS (SINTRAGENERAL).

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

Exp. N°AA70-E-2012-0000100

JMMS

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor).

TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos E.M.N.M., A.A.T.V., D.J.I., J.A.P.G., H.A. y L.A.M., titulares de la cédula de identidad número 15.830.929, 11.356.811, 8.765.439, 17.777.316, 12.734.529 y 11.351.275, respectivamente, actuando en representación de un grupo de trabajadores de la empresa GENERAL MOTORS, C.A., asistidos por el abogado J.M.S.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.899, para la renovación de los miembros de la Junta Directiva del SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE GENERAL MOTORS (SINTRAGENERAL), se comisionó para que practique las diligencias necesarias para notificar el fallo dictado en fecha 05 de marzo de 2013, a la Junta Directiva del Sindicato Bolivariano de Trabajadores de la Empresa General Motor, C.A. (SINTRAGENERAL). A tales fines se le remite boleta de notificación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a esta S., a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de dos (02) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible.

Caracas, 19 de marzo de 2013.

La Presidenta,

J.M.M.S.

La Secretaria,

PATRICIA CORNET GARCÍA

Exp. N°AA70-E-2012-0000100

JMMS/pc

En diecinueve (19) de marzo de 2013, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar a la Junta Directiva del Sindicato Bolivariano de Trabajadores de la Empresa General Motor, C.A. (SINTRAGENERAL) del fallo dictado en fecha 05 de marzo de 2013.

La Secretaria,

PATRICIA CORNET GARCÍA

Exp. Nº AA70-E-2012-0000100

B O L E T A

Caracas, 19 de marzo de 2013

202º y 154º

SE HACE SABER:

A la JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE GENERAL MOTORS (SINTRAGENERAL), que esta S. en fecha 05 de marzo de 2013 dictó sentencia en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos E.M.N.M., A.A.T.V., D.J.I., J.A.P.G., H.A. y L.A.M., titulares de la cédula de identidad número 15.830.929, 11.356.811, 8.765.439, 17.777.316, 12.734.529 y 11.351.275, respectivamente, actuando en representación de un grupo de trabajadores de la empresa GENERAL MOTORS, C.A., asistidos por el abogado J.M.S.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.899, para la renovación de los miembros de la Junta Directiva del SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE GENERAL MOTORS (SINTRAGENERAL). En dicho fallo la Sala declaró CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones formulada y ORDENÓ al Consejo Nacional Electoral que en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles de la Administración Electoral, contados a partir de la fecha de su efectiva notificación de la decisión, designe una Comisión Electoral ad-hoc a los fines de celebrar el proceso comicial cuyo objeto será renovar a los miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical en los términos señalados en la motiva del fallo. Una vez constituida la Comisión Electoral ad-hoc, esta deberá convocar a elecciones dentro de un lapso de quince (15) días continuos, contados a partir de la fecha de su constitución, proceso electoral que deberá desarrollarse en un lapso de noventa (90) días continuos, contados a partir de su convocatoria. Se remite copia certificada de la sentencia dictada en fecha 05 de marzo de 2013.Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

J.M.M.S.

La Secretaria,

PATRICIA CORNET GARCÍA

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-0000100

JMMS/pc

Caracas, 19 de marzo de 2013

Oficio Nº 13-135

Ciudadana

LUISA ORTEGA DÍAZ

Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle, que en fecha 05 de marzo de 2013 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 4, en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos E.M.N.M., A.A.T.V., D.J.I., J.A.P.G., H.A. y L.A.M., titulares de las cédulas de identidad números 15.830.929, 11.356.811, 8.765.439, 17.777.316, 12.734.529 y 11.351.275, respectivamente, actuando en representación de un grupo de trabajadores de la empresa GENERAL MOTORS, C.A., asistidos por el abogado J.M.S.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.899, para la renovación de los miembros de la Junta Directiva del SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE GENERAL MOTORS (SINTRAGENERAL). En dicho fallo se declaró: CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones formulada y ORDENÓ al Consejo Nacional Electoral que en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles de la Administración Electoral, contados a partir de la fecha de su efectiva notificación de la decisión, designe una Comisión Electoral ad-hoc a los fines de celebrar el proceso comicial cuyo objeto será renovar a los miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical en los términos señalados en la motiva del fallo. Una vez constituida la Comisión Electoral ad-hoc, esta deberá convocar a elecciones dentro de un lapso de quince (15) días continuos, contados a partir de la fecha de su constitución, proceso electoral que deberá desarrollarse en un lapso de noventa (90) días continuos, contados a partir de su convocatoria. Se remite copia certificada de la sentencia dictada en fecha 05 de marzo de 2013.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

Exp. Nº AA70-E-2012-000100

Anexo: LO INDICADO

JMMS

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

Caracas, 19 de marzo de 2013

202º y 154º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos E.M.N.M., A.A.T.V., D.J.I., J.A.P.G., H.A. y L.A.M., titulares de la cédula de identidad N° 15.830.929, 11.356.811, 8.765.439, 17.777.316, 12.734.529 y 11.351.275, respectivamente, que esta S. en fecha 05 de marzo de 2013, dictó sentencia en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones sindicales interpuesta por Ustedes actuando en representación de un grupo de trabajadores de la empresa GENERAL MOTORS, C.A., para la renovación de los miembros de la Junta Directiva del SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE GENERAL MOTORS (SINTRAGENERAL). En dicho fallo la Sala declaró CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones formulada y ORDENÓ al Consejo Nacional Electoral que en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles de la Administración Electoral, contados a partir de la fecha de su efectiva notificación de la decisión, designe una Comisión Electoral ad-hoc a los fines de celebrar el proceso comicial cuyo objeto será renovar a los miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical en los términos señalados en la motiva del fallo. Una vez constituida la Comisión Electoral ad-hoc, esta deberá convocar a elecciones dentro de un lapso de quince (15) días continuos, contados a partir de la fecha de su constitución, proceso electoral que deberá desarrollarse en un lapso de noventa (90) días continuos, contados a partir de su convocatoria.

A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados.

La Presidenta,

J.M.M.S.

La Secretaria,

PATRICIA CORNET GARCÍA

Exp. Nº AA70-E-2012-0000100

JMMS/pc

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