Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Miranda, de 4 de Junio de 2007

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2007
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteAizkel Damaris Orsi Chirinos
ProcedimientoInterdicto De Obra Nueva Y De Obra Vieja

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO M.S.O.D.T..- Ocumare del Tuy, cuatro (04) de junio del dos mil siete (2007).-

197º y 148º

Recibida la anterior demanda, correspondiéndole el conocimiento de la misma a este Tribunal, se le da entrada en los libros respectivos bajo el No. 1258-07. Y por cuanto de la revisión de la demanda que por INTERDICTO DE OBRA VIEJA intentada por el ciudadano H.R.O., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 848.239, representado por sus apoderados judiciales abogados N.M.N., A.J.C.R. Y L.J.D.G., inpreabogado Nros. 88.805, 79.391 y 110.222 respectivamente, se observa que la misma no cumple los requisitos para la admisibilidad, de conformidad con el artículo 786 del Código Civil, el cual prevee: “Quien tuviere motivo racional para temer que un edificio, un árbol o cualquiera otro objeto amenace con daño próximo un predio u otro objeto poseído por él, tendrá derecho de denunciarlo al Juez y de obtener, según la circunstancias, que se tomen las medidas conducentes a evitar el peligro, o que se intime al interesado la obligación de dar caución por los daños posibles”. En consecuencia este Tribunal de conformidad con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, NIEGA la admisión de la demanda. Así se decide.-

LA JUEZ.,

DRA. AIZKEL ORSI

EL SECRETARIO

Abg. MANUEL GARCIA

AO/ ysabel

EXP. N° 1258-07

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