Decisión nº 15-I de Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 7 de Marzo de 2005

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2005
EmisorJuzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteJosé Angel Doza
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Siete (07) de Marzo de 2005.

194° Y 146°

Vista la diligencia anterior de fecha 03-03-2004, suscrita por los ciudadanos C.D.J.C.Q. y J.E.C., asistidos por el abogado en ejercicio J.B.M.S., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 77.246, con el carácter de parte demandante en la presente causa mediante la cual desiste del de la demanda.

El Tribunal para decidir sobre su homologación observa:

En el juicio civil o mercantil, en cualquier estado y grado de la causa el demandante puede desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. En este caso el Juez dará por consumado el acto y de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, homologará el desistimiento y, se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

En consecuencia, este Tribunal al analizar el pedimento formulado por la parte actora considera que el mismo resulta jurídicamente procedente.

Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, le imparte su homologación al desistimiento realizado por los ciudadanos C.D.J.C.Q. y J.E.C., asistidos por el abogado en ejercicio J.B.M.S., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 77.246, otorgándole en consecuencia su aprobación, se levanta la medida de embargo preventivo decretada por este Juzgado en fecha en fecha 14-11-1985 y practicada por el Juzgado Primero de los Municipios Urbanos de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 06 de marzo de 1.989. Ofíciese lo conducente al Registrador respectivo. Se ordena el archivo del expediente.

Regístrese, y déjese copia para el archivo del Tribunal. EL JUEZ TEMPORAL (Fdo) Dr. J.Á. DOZA SAAVEDRA.-EL SECRETARIO (Fdo)Abg. G.A.S. M

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR