Decisión nº 044 de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristobal, Torbes, Cardenas, Guasimos, Fernando Feo, Libertador y Andrés Bello de Tachira, de 10 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución10 de Marzo de 2006
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristobal, Torbes, Cardenas, Guasimos, Fernando Feo, Libertador y Andrés Bello
PonenteFelix Matos
ProcedimientoRecurso De Nulidad Con Amparo Cautelar

San Cristóbal, estado Táchira, viernes diez (10) de marzo de 2006, siendo las 9:40 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TÒRBES, CÀRDENAS, GUÀSIMOS, FERNANDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, junto con el abogado U.Y.M.B., titular de la cédula de identidad Nº V-10.155.287 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 63.399, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Hotel Country Garden Suites, Compañía Anónima (HOCOGASUCA), en un inmueble ubicado en la Avenida 19 de Abril, Centro Comercial El Tamà, donde funciona la Inspectorìa del Trabajo C.C.d.E.T., a fin de llevar a cabo la presente notificación de la decisión dictada por el JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÒN LOS ANDES, demanda interpuesta por el Hotel Country Garden Suites, C.A., contra la Inspectorìa del Trabajo C.C., expediente Nº 6040-2006. Se encuentra presente el ciudadano R.E.H.R., titular de la cédula de identidad Nº V-8.028.703, Inspector del Trabajo C.C.d.E.T., quien fue notificado de la misión del Tribunal y de su objeto y permite el acceso del Tribunal a su oficina. Seguidamente el abogado actor U.M.B., solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez proceda a notificar al ciudadano Inspector R.H.R. de la decisión dictada por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo Región Los Andes, donde le ordena la suspensión temporal del procedimiento Nº 056-2005-06-00389, hasta que sea dictada sentencia definitiva. En este estado el ciudadano Juez notifica al Inspector del Trabajo de la Inspectorìa C.C.d.E.T. que el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo, dictó sentencia en fecha 22 de febrero de 2006, donde suspende temporalmente los efectos del procedimiento Nº 056-2005-06-00389, emanado de esta Inspectorìa hasta que sea dictada sentencia definitiva, se hace entrega en este acto de Boleta de Notificación y copia certificada de toda la comisión. Seguidamente el Inspector del Trabajo R.H.R., recibe conforme la Boleta de Notificación sin hacer uso del derecho de palabra. No siendo otro el objeto del Tribunal se da por terminado el acto siendo las 10:15, regresando a la sede natural del Tribunal. Terminó, se leyó y conformes firman la presente acta constante de dos (02) folios útiles. Se acuerda dejar copia certificada de la presente acta para el copiador de actas de comisiones. Dr. F.A.M.. Juez Temporal. (Fdo) Lugar del Sello. R.E.H.R.. Notificado. (Fdo). Abg. U.Y.M.B.. Coapoderado Actor. (Fdo). Dgdo. J.C.P.. Funcionario Politàchira. (Fdo). Abg. C.B.M.P.. Secretaria. (Fdo).

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR