Decisión de Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de Anzoategui, de 18 de Julio de 2005

Fecha de Resolución18 de Julio de 2005
EmisorJuzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
PonenteAntonio Marcano Campos
ProcedimientoRecurso De Nulidad

En virtud de la decisión de regulación de competencia dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 5 de abril de 2005, en la cual se declara competente a los Juzgados Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo para conocer de las acciones de nulidad contra las providencias administrativas dictadas por las Inspectorías del Trabajo; en consecuencia, este Juzgado Superior deja sin efecto la resolución dictada en fecha 2 de diciembre de 2004, mediante la cual se declinó la competencia en la Corte de lo Contencioso Administrativo, y reasume la competencia para conocer del presente Recurso de Nulidad intentado por el Abogado L.V., actuando en representación de la Sociedad de Comercio HOTEL PUNTA PALMA contra la P.A. N° 51-04, dictada por la Inspectoría del trabajo de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, de fecha 14 de julio de 2004, contenida en el expediente Nº 050-04-01-00146. Déjese copia certificada.

El Juez Provisorio,

Abog. A.M.C.

La Secretaria,

Abog. M.T.Z.

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