Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de Merida (Extensión Mérida), de 31 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2010
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control
PonenteMariela Patricia Brito Rangel
ProcedimientoAuto

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida

Mérida, 31 de Marzo de 2010

199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2009-005060

ASUNTO : LP01-P-2009-005060

AUTO RESOLVIENDO SOLICITUD ENTREGA VEHÍCULO

En fecha 13-07-2009, fui convocada por el Presidente del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, según convocatoria N° 02-2010, de fecha 14-01-2010, al haber sido designada en reunión de fecha 30-07-2008, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, como Juez Temporal para la Región Andina, conformada por los estados Mérida, Táchira y Trujillo, para cubrir las faltas temporales con motivo de permisos, reposos, vacaciones, inhibiciones y recusaciones de los jueces o juezas, de primera instancia ordinario y de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente, según comunicación CJ-08-1827, de fecha 04-08-2008 y debidamente juramentada ante la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, en fecha 11-08-2008 y por la Corte de Apelaciones del estado Mérida, en fecha 25-02-2010, según acta N° 07, del libro de Actas que lleva ese superior despacho; a los fines de conocer las causas del Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, como Jueza Temporal, motivado a las vacaciones legales de la Jueza Titular Abg. A.A.d.F., por el lapso correspondiente del 26-02-2010 hasta el 13-04-2010, ambas fechas inclusive; por tanto, me aboco al conocimiento de la presente causa y visto el escrito, recibido en fecha 09-11-2009 (folio 01), suscrito por el abogado S.j.G.V., actuando en representación del ciudadano D.A.G.G., en el cual expone: En vista que la Fiscalía Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida negó la entrega del vehículo signadas con las siguientes características: clase Camioneta, marca Ford, uso carga, servicio privado, tipo Pick Up, año 1992, color azul y blanco, serial de carrocería AJF1NL28255, serial de motor V 8 CIL, placa 661XJK, modelo Lariat XLT, solicito a este Tribunal que requiera el expediente que se encuentra en la Fiscalía para seguir dando impulso al proceso penal.

ANTECEDENTES

De la revisión realizada consta: Oficio Nº Mer-1-2009-335, de fecha 10-02-2009 (folios 50 al 51), emitida por la representación del Ministerio Público, donde niega la entrega del vehículo, signado con las siguientes características: clase Camioneta, marca Ford, uso carga, servicio privado, tipo Pick Up, año 1992, color azul y blanco, serial de carrocería AJF1NL28255, serial de motor V 8 CIL, placa 661XJK, modelo Lariat XLT por considerarlo imprescindible para la investigación de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del código adjetivo penal, instando a la mayor brevedad la dirección exacta del domicilio de su representado D.A.G.G., quién está obligado a comparecer ante ese despacho fiscal a rendir entrevista.

RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO EN QUE SE FUNDAMENTA LA PRESENTE DECISIÓN

Visto el Oficio Nº Mer-1-2009-335 de fecha 10 de febrero de 2009, que consta en los folios (50 al 51) de la presente causa, en la cual la Representación del Ministerio Público NIEGA LA ENTREGA del vehículo ya descrito, en virtud de que el mismo presuntamente se encuentra incurso en un hecho delictivo, dicho vehículo en cuestión se hace necesario he imprescindible para la investigación que sigue ese despacho fiscal, es por lo que se acuerda oficiar a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, para que informe si culminaron las diligencias necesarias para la investigación sobre el indicado vehículo, a los fines que este Tribunal se pueda pronunciar en cuanto a la entrega o no del mismo. Así se declara.-

DISPOSITIVA

Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: Acuerda oficiar a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, para que informe si culminaron las diligencias necesarias para la investigación sobre el indicado vehículo, a los fines que este Tribunal se pueda pronunciar en cuanto a la entrega o no del mismo.

El fundamento legal de la presente decisión se encuentra en los artículos 2, 26, 43, 51, 115, 253 y 257 Constitucional; artículos 2, 4, 7, 13, 19 del Código Orgánico Procesal Penal, 545 Código Civil.

Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal de Control nro. 04 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, a los treinta y un (31) días del mes de marzo (03) de dos mil diez (2010).

LA JUÉZA (T) DE CONTROL NRO. 04,

ABG. M.P.B.R.

LA SECRETARIA,

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