Decisión nº 6C-5208-08 de Tribunal Sexto de Control Los Teques de Miranda, de 17 de Abril de 2008

Fecha de Resolución17 de Abril de 2008
EmisorTribunal Sexto de Control Los Teques
PonenteLenin Del Guidice
ProcedimientoCambio De Centro De Reclusion

Sobre la base de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la Ciudad de Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley SE DECLARA SIN LUGAR LA REVISION DEL SITIO DE RECLUSION del P.V.L.A., titular de la cédula de identidad N° V-17.978.459; la cual fue solicitud realizada por el profesional del derecho DR. J.R.V.V., en su condición de defensor privado y en consecuencia analizadas las circunstancias del caso en concreto, se acuerda RATIFICAR el lugar de reclusión, tal como se indico en la audiencia de presentación realizada el día 10 de abril de 2008, como lo fue el Internado Judicial del Rodeo I, con sede en Guarenas, oportunidad en la cual se le decreto la medida Preventiva de Libertad, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ETSUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; todo ello de conformidad con lo establecido en la Jurisprudencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, quien en fecha 14-07-2003, con ponencia del Magistrado José Manuel Delgado Ocando y de las reuniones realizadas con la Presidenta de este Circuito Judicial Penal.

Se declara SIN LUGAR la solicitud realizada por el Defensor Privado DR. J.R.V.V..

Publíquese, Regístrese, Diarícese y déjese copia certificada, Notifíquense a las partes de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 175 de nuestra norma adjetiva penal y librese Boleta de Traslado al Internado Judicial Capital Rodeo I; con sede en el Rodeo del Estado Miranda, para el día JUEVES, 24 DE ABRIL DE 2008, A LAS 8:30 DE LA MAÑANA, para imponerlo de a decisión.

LA JUEZ SEXTO DE CONTROL

N.J. RIOS CHAVEZ

EL SECRETARIO

ABG. EDUARDO JOSE SANCHEZ AGUILERA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Y así lo certifico.

EL SECRETARIO

ABG. EDUARDO JOSE SANCHEZ AGUILERA

Causa: 6C-5208/08

Causa N° Fiscalia 15F19-106-08

Decisión constan de Seis (06) folios útiles

Sin Enmienda.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR