Decisión de Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 10 de Marzo de 2008
Fecha de Resolución | 10 de Marzo de 2008 |
Emisor | Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control |
Ponente | José Tomas Bello |
Procedimiento | Con Lugar Solicitud Defensor |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 10 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-000812
ASUNTO : BJ01-X-2007-000052
Visto el escrito presentado por el Abogado I.V., en el que solicita a este Tribunal se sirva oficiar a las Unidades de Transito de las Alcaldías Municipales de la Zona Norte del Estado Anzoátegui (Bolívar, Urbaneja, Sotillo y Guanta), así como a la Policía del Estado Anzoátegui y CICPC Sub Delegación Barcelona y Puerto la Cruz, a los fines que se de cumplimiento a lo decretado por este Tribunal en fecha 09 de Enero de 2.008, referente a la detención con carácter de urgencia del Vehículo Marca: CHERROLET, Modelo: Trail Blazer, Año: 2005, Placas: BBH-33Y, Color: A.O., y ponerlo a la orden de este Tribunal de Control N° 05, y así dar cumplimiento a la medida de Secuestro decretada.
Este Tribunal de Control N° 05, para decidir Observa:
Que lo solicitado por el Abogado I.V., no es contrario a derecho, y facilita dar estricto cumplimiento a lo decretado en 09 de Enero de 2.008, referente a la detención con carácter de urgencia del Vehículo Marca: CHERROLET, Modelo: Trail Blazer, Año: 2005, Placas: BBH-33Y, Color: A.O., y ponerlo a la orden de este Tribunal de Control N° 05, y así dar cumplimiento a la medida de Secuestro decretada; por lo que en consecuencia ordena oficiar a las Unidades de Transito de las Alcaldías Municipales de la Zona Norte del Estado Anzoátegui (Bolívar, Urbaneja, Sotillo y Guanta), así como a la Policía del Estado Anzoátegui y CICPC Sub Delegación Barcelona y Puerto la Cruz, a los fines que se de cumplimiento a lo decretado por este Tribunal en fecha 09 de Enero de 2.008. Igualmente se designa como correo especial al ciudadano I.V., para el envío y posterior consignación de los oficios respectivos. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud formulada por el Abogado I.V., y ordena oficiar a las Unidades de Transito de las Alcaldías Municipales de la Zona Norte del Estado Anzoátegui (Bolívar, Urbaneja, Sotillo y Guanta), así como a la Policía del Estado Anzoátegui y CICPC Sub Delegación Barcelona y Puerto la Cruz, a los fines de que den cumplimiento a lo decretado por este Tribunal en fecha 09 de Enero de 2.008, referente a la detención con carácter de urgencia del Vehículo Marca: CHERROLET, Modelo: Trail Blazer, Año: 2005, Placas: BBH-33Y, Color: A.O., y ponerlo a la orden de este Tribunal de Control N° 05, y así dar cumplimiento a la medida de Secuestro decretada. Igualmente se designa como correo especial al ciudadano I.V., para el envío y posterior consignación de los oficios respectivos.
Librense los Oficios respectivos. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 05
DR. J.T.B.M..
LA SECRETARIA.
ABG. YOMARY RAMOS.