Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de Carabobo (Extensión Valencia), de 31 de Julio de 2005

Fecha de Resolución31 de Julio de 2005
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
PonenteSoraya Pérez
ProcedimientoSobreseimiento Provisional

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES

Valencia, 27 de Julio de 2005

Años 195º y 146º

ASUNTO : GV01-D-2002-000140

Visto el escrito presentado por la Fiscal Especializada Nº 23 del Ministerio Público del Estado Carabobo, Abog. A.G.P., y los recaudos anexos, mediante el cual solicita el Sobreseimiento Provisional de la Causa, seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA , identificado al folio 63 de la presente, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, tipificado en el artículo 460 del Código Penal, para decidir, este Tribunal observa que la Fiscala manifiesta que en su oportunidad ordenó al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas la práctica de las diligencias de investigación pertinentes y, además citó a la víctima para que precisaran los hechos y la participación del adolescente y la misma no compareció a la Fiscalía, y además no se cuenta con la experticia de Reconocimiento Médico Legal, Mecanica y Diseño de las Aramas incautadas en el procedimiento de detención del adolescente imputado, razones por las cuales no cuenta con elementos suficientes que le permitan el ejercicio de la acción pública, ya que lo actuado le es insuficiente y no existe la posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que se lo permitan. En consecuencia, visto el pedimento del Ministerio Público, a quien le corresponde el monopolio del ejercicio de la acción y la dirección de la investigación, según lo pautado en los artículos 648 y 552 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el literal “e” del artículo 561 ejusdem, acoge favorablemente la solicitud fiscal y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la causa seguida al adolescente antes mencionado e identificado. Se revocan las medidas cautelares impuestas al adolescente en la audiencia de presentación efectuada en fecha 04-07-04. Notifíquese a las partes. Líbrense Boletas. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión, para ser archivada en el copiador correspondiente.

La Jueza

S.P.R.

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