Decisión nº 1E211-03 de Tribunal de Ejecución del L.O.P.N.A. Area Penal Extensión Barlovento de Miranda, de 8 de Abril de 2005

Fecha de Resolución 8 de Abril de 2005
EmisorTribunal de Ejecución del L.O.P.N.A. Area Penal Extensión Barlovento
PonenteMaria Teresa Sanchez Orell
ProcedimientoCese De Medidas Adolescente

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL

ESTADO MIRANDA, SECCION ADOLESCENTE, EXTENSION

BARLOVENTO CON SEDE EN GUARENAS

TRIBUNAL DE EJECUCIÓN

Guarenas, 08 de Abril de 2.005

194° y 146°

Visto el Informe Final de Cumplimiento de la Medida de L.A., procedente del Centro de Atención Comunitaria “J.P.S.” con sede en Guatire, que corre inserto a los folios treinta (30) al treinta y cuatro (34) de la pieza dos del presente expediente, recibido por este Tribunal en fecha 05 de Abril de 2.005, donde informan que el adolescente IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, cumplió en su totalidad con la Medida de L.A. y REGLAS DE CONDUCTA simultáneamente, que le fue impuesta en fecha 26 de Febrero de 2.003, por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, con sede en Guatire, en fundamento a lo previsto en los Artículos 646 y 647 Literal h) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, evidenciándose que el adolescente se encuentra incorporado al mercado laboral, se desempeñó como Obrero en la fabrica de Donar Do-Donus, posteriormente se dedica al mercado informal vendiendo comida ambulante (perros calientes), todos estos por poco tiempo, actualmente se encuentra laborando en Covencaucho como ayudante del alineador con un tiempo de permanencia de dos (02) años, mostrando una conducta adecuada, respetuosa y consiente desde su ingreso al servicio de L.A., así mismo, adquirió conciencia de su problemática y patrones de conducta que le han permitido no incurrir en nuevos hechos delictivos, incorporándose a la sociedad y a su núcleo familiar, y que el mismo ha cumplido con todas y cada una de las citas pautadas.-

Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Ejecución, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. ORDENA EL CESE DE LA MEDIDA DE L.A. Y REGLAS DE CONDUCTA, prevista en el Artículo 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el Artículo 647 literal h) Ejusdem, quedando el adolescente IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, Guarenas, sector Las Barrancas, casa S/N frente de Tropivengas, Guatire Estado Miranda a partir de la presente fecha, en L.P.. El Tribunal se reserva el lapso de cinco (05) días a los fines de publicar el Texto íntegro del Fallo, tal y como lo preceptúa el artículo 605 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrense oficio al Centro de Atención Comunitaria J.P.S., con sede en Guatire a los fines de informarle sobre el Cese de la Medida del Joven Adulto in comento. Líbrese Boleta de Notificación a las partes. Cúmplase.-

LA JUEZ DE EJECUCIÓN

DRA. M.T.S.O..

El Secretario,

ABG. M.A.G.

En la misma fecha se dió cumplimiento a lo ordenado.-

El Secretario,

ABG. M.A.G.

Exp. 1E211-03

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