Decisión nº 1E319-04 de Tribunal de Ejecución del L.O.P.N.A. Area Penal Extensión Barlovento de Miranda, de 6 de Abril de 2005

Fecha de Resolución 6 de Abril de 2005
EmisorTribunal de Ejecución del L.O.P.N.A. Area Penal Extensión Barlovento
PonenteMaria Teresa Sanchez Orell
ProcedimientoAuto De Ejecucion Ordinario

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL

ESTADO MIRANDA, SECCIÓN ADOLESCENTE, EXTENSIÓN

BARLOVENTO CON SEDE EN GUARENAS

TRIBUNAL DE EJECUCIÓN

194° y 146°

En el día de hoy Miércoles 06 de Abril de 2005, siendo las 11:00 horas de la mañana, fecha y hora fijada por este Tribunal de Ejecución para que tenga lugar Audiencia acordada en la causa seguida contra joven adulto IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, de 19 años de edad, a quien es le sigue causa signada con el N° 1E 319-04, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, quien fue trasladado desde la sede del Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia del Estado Miranda, S.E.P.I.N.A.M.I, con sede en Los Teques, hasta este Tribunal de Ejecución. En este estado la ciudadana Juez DRA. M.T.S.O., informa al mencionado joven sobre el motivo de su Traslado a este Despacho en virtud de los Informes recibidos procedentes del Centro de Privación de L.F.d.M. N° 2, con sede en Los Teques, de los cuales se observa que el joven adulto tuvo participación en hechos irregulares dentro de dicha Institución, por lo que se ordenó su traslado para el día de hoy a los fines que explique las razones por las cuales se vio involucrado en los mismos, en tal sentido, se le cede el derecho de palabra a los fines que exponga ante el Tribunal sobre los hechos de los cuales tiene conocimiento y sobre su participación en los mismos, exponiendo el mismo: “Yo estaba en mi cuarto con omitido y otros muchachos y llegaron otros chamos diciendo que se había perdido una gorra y supe que le habían dado unas patadas a uno de ellos y decían que yo había sido el responsable y yo le dije a la señorita que yo no había sido. Entonces esos muchachos sacaron unos Chuzos y nos atacaron y nosotros sacamos las correas para defendernos. Los que me agredieron fueron IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS. Ellos son los que se me lanzaron encima y yo me defendí de ellos. Yo no ando sometiendo a nadie y a mi no me hace falta nada porque mi familia me da todo. Ando estudiando, hago deportes y no me gustan los problemas. Yo no se porque me señalan a mi en ese problema. Había un Informe que me negué a firmar, le puedo decir que eso no es como lo dice ese Informe y por eso no lo quise firmar, es todo”.- Oído como ha sido el joven adulto, la ciudadana Juez de Ejecución hace el siguiente pronunciamiento: “Se le informa detalladamente al Joven que cursan al Expediente seguido en su contra varios informes negativos de su conducta dentro de los cuales es señalado de participar en Motines y desorden y sometimiento de sus compañeros, ante lo cual se le ratifica el contenido del artículo 632 de la L.O.P.N.A, relativo a los deberes que tienen los jóvenes en las instituciones donde cumplen medidas Privativas de Libertad, por lo que se le recuerda que son una obligación, que de conformidad con lo previsto en el artículo 641, los jóvenes mayores de edad estarán internos en dichos Centros de Privación de Libertad por via de excepcional, dependiendo de su comportamiento y del contenido de los informes conductuales y evolutivos de los mismos, por lo que se le reitera que debe mantener una conducta intachable mientras cumple su medida, ya que el Tribunal ha tenido quejas de su comportamiento en distintas oportunidades, al igual que cursa al folio 126 de la pieza III del Expediente, un Informe del cual se negó a firmar, y se refirió que no lo firmo por no estar de acuerdo con su contenido, es todo”. Siendo las 11:30 horas de la mañana. Terminó, se leyó y conforme firman.-

LA JUEZ DE EJECUCIÓN,

DRA. M.T.S.O.,

EL JOVEN ADULTO,

EL SECRETARIO,

Exp. 1E319-04

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