Decisión nº WP01-D-2011-000104 de Juzgado Primero de Ejecución del L.O.P.N.A. de Vargas, de 18 de Julio de 2012

Fecha de Resolución18 de Julio de 2012
EmisorJuzgado Primero de Ejecución del L.O.P.N.A.
PonenteAna Celia Perez
ProcedimientoAuto Fundado

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas

Macuto, 18 de julio de 2012

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2011-000104

ASUNTO : WP01-D-2011-000104

CESACION DE SANCIONES por TOTAL CUMPLIMIENTO

El día 17/07/2012 se recibió escrito del Centro de Formación Socio Educativo Vargas relacionado con el joven IDENTIDAD OMITIDA, donde informan que el referido adolescente dio total cumplimiento a las sanciones impuestas de L.A. y Servicio a la Comunidad. En consecuencia y de conformidad con los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA pasa de seguida esta Decisora a revisar completa su causa y de ser procedente se Decretará Cesación de Sanciones por cumplimiento de conformidad con esta Ley Especial:

En primer término se observa de la causa al folio 62 y siguientes Sentencia dictada por el Tribunal Primero de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes de fecha 26/05/2011, en la cual declaró responsable penalmente al joven en referencia por el delito de Ocultamiento de Arma de Fuego y lo condenó por el procedimiento de Admisión de los Hechos a cumplir las sanciones de L.A. por el lapso de UN (1) AÑO y simultáneamente SERVICIO A LA COMUNIDAD por TRES (3) MESES. Asimismo se observa que este Tribunal Primero de Ejecución en data 08/06/2011 dicta Auto de Ejecución y fue impuesto del mismo en Audiencia de fecha 29/06/2011 dando así inicio a su ejecución.

En la fase de ejecución fue elaborado Plan Individual con estrategias a corto y mediano plazo, revisado el expediente al folio 83 está inserta constancia de estudio del 3er. semestre de educación diversificada, luego en fecha 29/09/2011 consigna copia del título de bachiller en Ciencia, también al folio 102 se observa reconocimiento por la valiosa colaboración en los trabajos de limpieza y pintura que efectuó en el C.M.d.D. del niño y adolescente, el 23/05/2012 consignan informe evolutivo destacándose que ha cumplido a cabalidad con sus presentaciones, que cuenta con el apoyo de su padre, está tratando de ingresar en carrera policial, que se ha observado cambios positivos entre ellos que escogerá mejor a sus amistades, culminó su bachillerato, realizó curso en el INCE de motores fuera de borda, tiene proyecto de vida, es muy participativo en las actividades que realiza el Centro foros, talleres, encuentros deportivos y además cumplió favorablemente el Servicio comunitario, no se encuentra en el área laboral, es respetuoso, cordial quiere seguir estudios a nivel superior y para esta fecha mayo 2012 está inscrito en la escuela de policía nacional próximo a ingresar y en el Informe consignado el 17/07/2012 donde además anexan Control de presentaciones completa que está por ingresar a la Policía Nacional, siempre ha demostrado una conducta intachable, responsable y atento a las orientaciones y participó en todos los eventos programados por el Centro que es un joven emprendedor y con gran superación con proyecto de vida sano y adecuado y en cuanto al Servicio comunitario lo cumplió en la Defensoría del N.P.U. otorgándosele un reconocimiento, por lo que ha cumplido con todas sus medidas en el lapso establecido y piden el cese.

Siendo todo esto así, concluye esta Decisora que el joven IDENTIDAD OMITIDA cumplió con la Ejecución de las sanciones de L.A. y por el lapso completo de Un (1) AÑO contados desde su imposición 29/06/2011, y de acuerdo al informe del Centro de Formación encargado del seguimiento, cumplió con sus presentaciones excelentemente, culminó su bachillerato próximo a ingresar a la Policía Nacional y asistió a todos los talleres, foros y encuentros deportivos con apoyo familiar destacándose como un joven emprendedor con un proyecto de vida y su SERVICIO A LA COMUNIDAD por Tres (3) meses lo cumplió en la Defensoría del N.d.C.d.P. obteniendo inclusive un reconocimiento por su labor allí prestada y con ello considera este Órgano Judicial que se logró satisfactoriamente el objetivo primordial de esta Ley Especial de formarlo integralmente y en la búsqueda de una adecuada convivencia familiar y social. En consecuencia es procedente y ajustado a derecho DECRETAR CESACION DE SANCIONES por total cumplimiento al joven referencia y adicionalmente se acuerda su L.P. por esta causa, todo de conformidad con los artículos 645 y 646 literal h) de la LOPNNA. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CESACION DE SANCIONES por total cumplimiento al joven IDENTIDAD OMITIDA, por haber cumplido satisfactoriamente las sanciones de L.A. por el lapso completo de Un (1) AÑO y el SERVICIO COMUNITARIO por 3 meses, en consecuencia es procedente acordar su L.P. por este expediente, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA.

Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las Partes, al joven en referencia y al Centro de Formación Socio Educativo. Ofíciese a Polivargas para que lo excluyan de Pantalla Policial de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA en resguardo a su Honor y Reputación. Cúmplase.

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DRA. A.C.P.R.

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. ANNEILY R.P.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. ANNEILY R.P.

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