Decisión de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal y Urdaneta de Miranda, de 25 de Junio de 2008

Fecha de Resolución25 de Junio de 2008
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal y Urdaneta
PonenteEusebia Lucia Poleo
ProcedimientoEmbargo Preventivo

MES JUNIO 2008

Siendo las 09:00 a.m., del día de hoy, veinticinco de Junio del dos mil ocho, se trasladó y constituyó el Tribunal conforme esta acordado en el sitio denominado Calle Lecumberry, Plaza Zamora, Novedades La Niña Zam-Zam 205, jurisdicción del Municipio C.R., Estado Miranda, Cua, a fin de darle cumplimiento al Embargo Preventivo, ordenado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, con oficio N° 2008-443, de fecha 15-05-08, en el juicio que por Cobro de Bolívares (Intimación) siguen los abogados J.A.A.C. y M.N.M.H., apoderados judiciales de la parte actora Sociedad Mercantil Distribuidora 2024 CA, contra el ciudadano Ahmad Zamzam, o Novedades La niña ZAm Zam 2005. Presentes en este acto los apoderados judiciales J.A.C. y M.M.H., de la parte actora, el Depositario judicial ciudadano Ildemaro Lemus, el perito avaluador abg. J.C.J., previamente identificados y juramentados, los funcionarios policialesRodríguez Gladimir y ängulo José , mayores de edad, venezolano, titulares de las Cédulas deIdentidad Nos. 20.483.474 y 16.935.712 respectivamente y adscritos a la Policía Municipal de Cúa, el ciudadano Ahmad Zamzam, mayor de edad, extranjero, titular de la Cédula de Identidad N° E-82237.322, quien manifestó que la cédula laminadaestaba en el carro, y se le notificó la misión del Tribunal. En este estado se procedió a realizar el inventario correspondiente a los bienes a Embargar Preventivamente: Un (1) equipo de sonido de color negro y plateado , marca Samsuung, de 500V, serial 9BOPITFP70097oV, con 2 cornetas, respectivamente, un (1) equipo marca phlips, color plateado con 2 cornetas, serial N° FWM37755, un /1) equipo de sonido de color plateado y negro, marca, marca philips, con 2 cornetas, serial N° LM000731009783,, un (1) equipo de mini componente, marca JWIN, color plateado, serial 070700898, de un solo CD, un (1) DVD, color blanco, marca Riviera , de 3 cornetas serial N° 060601943, un (1) micro music de color plateado y negro con dos cornetas, serial 031100894, un (1) equipo de sonido de color gris, marca LG, con 2 caseteras y 3 CD, dos cornetas, serial N° 70411ZNX187943, una (1) olla de presión de acero inoxidable con su mango de plástico de color negro, una (1) licuadora, marca Ester de 4 velocidades de color crema y su envase de plástico, serial 9995, dos (2) hornos microondas, marca B.D., de color blanco, serial N° C122704041200446, cinco (5) mesas de madera de color marrón de diferentes tamaños y modelos, dos (2) gaveteros para guardar ropas de madera de color marrón, con (4) gavetas, un (1) televisor de 27 pulgadas, marca Daewood, de color gris, serial DMD5400300, un (1) televisor de color gris y negro de 14 pulgadas, marca missubishi, modelo TV66, serial 07090278, una (1) cocina de 4 hornillas, marca Galaxi, color negro 550°, sin serial visible, lavadora marca Magic Queen, color blanco sin serial visible, una (1) lavadora Magic Queen Love Leal, una (1) lavadora Magic queen Love LCD, sin serial visible, un (1) televisor, marca Philips, color girs DNIA0730164654, 500 17”, un (1) televisor , marca Philips, color gris 660 17” DNIA0729161227, un (1) televisor , marca Philips, color gris 600 17”, DNIA0729161210, un (1) televisor, marca Hinduay, color gris y negro, roto arriba de la pantalla, 17”, un (1) televisor, marca mitsubichi, color negro y gris 17”, sin serial visible, dos mesas para televisor 4 gaveteros, una (1) mesa para computadora de madera, una (1) mesa , una gaveta y porta CD,un (1) refrigerador, una puerta, color blanco sin serial visible, modelo BD-238, Magic Queen , dos (2) ceibos de madera de color marrón con 9 entrepaños, una (1) mesa redonda de color marrón, con 4 sillas, tres (3) juegos de comedores de madera, de color marrón con 6 sillas x cada juego de comedor, un (1) ceibo de madera con 2 puertas en su parte frontal, con 9 entre paños, un (1) gavinete para guardar comida con 4 gavetas en su parte frontal, un (1) fregadero de aluminio de color plateado, con 4 gaveteros en su parte frontal una (1) peinadora de color marrón con seis gaveteros en su parte frontal , una (1) peinadora en regular estado, una (1) nevera, marca Maabe de dos puertas de color Blanca, sin serial visible de 16’, ocho (8= cocinas de hierro de color gris de diferentes modelos, 4 tamaños exclusivamente para gas (pequeñas), un (1) horno microonda de color blanco , marca Hoover, sin serial visible , usado, veintidós (22) colchones de diferentes colores y tamaños, cuatro 8$) muebles de madera de color marrón, para multi uso, cuatro (4) closete para guardar ropas de madera, siete (7) camas , entre ellas 3 de niños y cuatro matrimoniales de madera y hierro forjado, cinco (5) coches de niños de diferentes tamaños y modelos , tres (3) corrales para niños de diferentes tamaños y modelos , una (1) cocina , marca Mabe, color negro, de 4 hornillas y un horno en su caja, un (1) filtro para agua, marca Avanti, seis (6) cavas de diferentes colores y tamaños , dieciséis (16) licuadoras de diferentes tamaños, marcas, colores guardadas en cajas, tres (3) cafeteras Oster en sus cajas , tres (3) mini componentes marca Jwin en sus cajas, tres (3) ollas de presión de acero inoxidable, de diferentes marcas y tamaños, un (1) aire acondicionado , marca fridare 9.000 BTV, en caja sin serial visible , dos (2) sistemas de altavoces para televisores Karoke, color negro y vino tinto, marca Age, tres (3) ventiladores de pie de metal negro y plateado, marca Lemos, un (1) juego de recibo de madera, con cojines amarillo y azul (sucios), un sofá dos (2) sillas y mesa, un (1) televisor, marca Daowoo, color gris, 27” pulgadas, sin serial visible sesenta (60) sillas plásticas de diferentes colores, diecinueve (19) sillas tipo mimbres de diferentes modelos y tamaños , una (1) mesa para planchar, con 2 entre paños en su parte frontal, un(1) escaparate de madera con 3 puertas de vidrios y tres gaveteros en su opartel frontal, dos (2) muebles tipo closet de mimbres, de diferentes colores, una (1) cesta para guardar ropa , de color verde, un (1) colchón matrimonial, un (1) ventilador de hierro, 3 velocidades, marca Lemond de pie con su base de plástico de color negro. En este acto el perito avaluador Abg. J.C.J. expone: Estimo un valor aproximado de los bienes inventariados e identificados en la cantidad de Treinta Mil Bolívares fuertes (Bs.F 30.000,oo) o sea Treinta Millones de Bolívares (Bs 30.000.000,oo). Seguidamente los apoderados judiciales de la parte actora exponen: Nos reservamos el derecho de seguir señalando bienes , por cuanto el monto no cubre la demanda del Despacho de comisión, tanto bienes muebles e inmuebles. En este estado el Tribunal declara Embargado Preventivamente los bienes antes señalaos e inventariados, los pone en posesión del Depositario judicial Ildemaro Lemus, quien estando presente los recibe bien y conformes para su guarda y custodia y manifiesta quel os cuidará como un buen padre de familia, los cuales serán trasladados al Depósito de la Depositaria designada ubicado Carretera Ocumare-Cúa cerca del Circuito Judicial Penal y Aeropuerto Metropolitano, jurisdicción de Ocumare del Tuy, Estado Miranda. En este acto se hizo presente el ciudadano R.P.D., mayor de edad , venezolano, abogado, titular de la Cédula de Identidad N° 10.077643, inscrito en el Inpreabogasdo bajo el N| 58.694, en su carácter de abogado asistente del ciudadano AHmad Zamzam, ya identificado y exponen: En este acto la parte demandada y asistido por su abogado convengo en la demanda ofrezco , a los fines de dar cumplimiento de la obligación la siguiente forma de pago: 1) Primero : Ofrezco en este acto el pago parcial de la deuda correspondiente a la suma de Ochenta y Cuatro Mil Bolívares Bs. F 84.000,oo) o Ochenta Millones de Bolívares (Bs. 84.000.000,oo) de cuyo monto entrego en abono en este acto la cantidad de Quince Mil Bolívares Fuertes (Bs. F 15.000,oo) o sea Quince Millones de Bolívares (Bs. 15.000.000,oo) y del saldo que asciende a Sesenta y Nueve Mil Bolívares Fuertes (Bs. F 69.000,oo) o sea Sesenta y Nueve Millones de Bolívares (Bs. 69.000.000,oo) , será un pago mínimo ante el Tribunal Tercero el día 30-06-2008, o el día de despacho siguiente en caso de no haber despacho ese día, la cantidad de Quince Mil Bolívares Fuertes (Bs.F 15.000,oo) o sea Quince Millones de Bolívares (Bs.15.000.000,oo) y el saldo restante será cancelado de la deuda a más tardar el 31 de julio del año en curso, todo lo cual será explanado en el documento que se firmará en el Juzgado Tercero. Es todo. Seguidamente los apoderados judiciales de la parte actora abogados J.A. y M.M. exponen: Aceptamos el presente convenio con la parte demandada, y dejando claro que si en caso de incumplir cxon la presente trnsacción se retomará la pmedida preventiva correspondiente, y así mismo suspendemos la medida de embargo de los bienes señalados y consignp el número de la cuenta corriente del Banco Mercantil a nombre de A.K. N° 1051536669. Es todo. En este estado el Tribunal visto el convenimiento entre las partes suspende el Embargo Preventivo objeto de la presente medida. Siendo las 2:00 p.m., del Tribunal declara cumplida su misión y acuerda regresar a su sede. Terminó se leyó y conformes firman. LS. La Juez. El Notificado. Los Apoderados Judiciales de la parte actora. El Abogado Asistente. El Depositario. El Perito. Los Funcionarios policiales. La Secretaria. (fdos) ilegibles. Aparece Otro Si: El Tribunal deja constancia que los emolumentos generados por la practica de la presente es de Trescientos Bolívares Fuertes (Bs.F 300,oo) o sea Trescientos Mil Bolívares (Bs. 300.000,oo) por cada uno, es decir Depositario Judicial y Perito Avaluador. L.S. La juez. La Secretaria (fdos ilegibles). Comisión N° 2008/726

MES ABRIL 2008

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