Decisión nº 1E-195-03 de Tribunal de Ejecución del L.O.P.N.A. Area Penal Extensión Barlovento de Miranda, de 24 de Enero de 2003

Fecha de Resolución24 de Enero de 2003
EmisorTribunal de Ejecución del L.O.P.N.A. Area Penal Extensión Barlovento
PonenteZumilde Barreto
ProcedimientoAuto De Ejecucion De Sentencia Adolescente

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA

EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES

GUATIRE

TRIBUNAL DE EJECUCION

Guatire, Veinticuatro (24) de Enero del año dos mil tres (2003)

192º y 143º

Recibido como ha sido el presente expediente proveniente del Tribunal de Control N º 2 de este Circuito Judicial Penal, constante de Noventa y Seis (96) folios útiles, désele entrada y regístrese en los libros respectivos bajo el Nº 1E195-03, por cuanto el mismo se encuentra en etapa de Ejecución, de conformidad con lo previsto en el artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Juzgado de Ejecución se AVOCA al conocimiento de la causa. Asimismo procede este Juzgado de Ejecución a practicar cómputo de los días en que el joven (identificación omitida. Artículo 545 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y el Adolescente), estará cumpliendo la Medida de PRIVACION DE LIBERTAD. De conformidad con lo previsto en el Parágrafo Segundo del artículo 622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, el mencionado joven permanecerá privado de su libertad en el Centro de Diagnóstico y Tratamiento “Francisco de Miranda N º 1” con sede en Los Teques, por un periodo de UN AÑO (01) AÑO a partir del día VEINTINUEVE (29) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOS (2002), culminando dicha medida el día VEINTINUEVE (29) DE OCTUBRE DEL AÑO 2003. Se ordena el ingreso del mencionado joven al Centro de Diagnóstico y Tratamiento “Francisco de Miranda N º 1”, con sede en Los Teques. Asimismo se ordena oficiar al Centro notificando el Cómputo y ordenando Informe Médico y la elaboración del Plan Individual del referido joven. Notifíquese a las partes. Líbrese la correspondiente Boleta de Ingreso y ofíciese al Centro antes mencionado. Cúmplase.-

LA JUEZ DE EJECUCION,

DRA. ZUMILDE BARRETO HERNANDEZ

LA SECRETARIA,

DRA. Y.H.M.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-

LA SECRETARIA,

DRA. Y.H.M.

1E-195-03

zbh/yhm/leo.

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