Sentencia nº 529 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 5 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2011
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 5 de Octubre de 2011

201º y 152º

Vista la diligencia presentada en fecha 11 de agosto de 2011, por el abogado E.J.N.B., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano A.J.I.P., mediante el cual promueve pruebas en la acción que intentara su representado, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 01-00-000445, de fecha 9 de diciembre de 2010, dictada por la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBICA, por la cual resolvió “imponer al ciudadano A.J.I.P., (…) la sanción de SUSPENSIÓN, SIN GOCE DE SUELDO, del ejercicio del cargo de Concejal del Concejo Municipal Aragua de Maturín, Municipio Piar del Estado Monagas, o de cualquier otro cargo público que pudiera estar desempeñando, por un período de DOCE (12) MESES, contado a partir de la ejecución de la presente Resolución” (folio 5 del expediente administrativo. Resaltado del texto); este Juzgado, siendo la oportunidad legal de su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:

Se admiten cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales indicadas en la diligencia de promoción de pruebas; así como también las documentales producidas junto con la misma; y, por cuanto dichos documentos cursan en autos, manténganse en el expediente.

El Juez Suplente,

L.J.R. Gómez La Secretaria,

N.d.V.A.

Exp. Nº 2011-0514/ytdeg

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