Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de Tachira (Extensión San Antonio), de 11 de Abril de 2009

Fecha de Resolución11 de Abril de 2009
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteJosé Mauricio Muñoz Montilva
ProcedimientoSobreseimiento De La Causa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San A.d.T.

San A.d.T., 11 de abril del 2009

198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2009-000510

ASUNTO : SP11-P-2009-000510

Visto el escrito presentado por la Abg. F.M.T.O., Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Publico, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de PERSONAS POR IDENTIFICAR por la presunta comisión de uno de los delito previsto en la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del ciudadano ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:

En fecha 24/01/2009, aparece el acta de investigación policial suscrita por funcionarios adscrito al Destacamento de Fronteras Nº 11 de la Guardia Nacional de Venezuela, donde señala: “ donde señala que recibió llamada telefónica de una persona que no se quiso identificar por temor a represarías posterior indicándole de un lugar donde se distribuyen Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Ocultan Armas de Fuego y otros elementos de Interés Criminalístico. Igualmente corre inserto a los folios 07 al 8 Orden de allanamiento donde el Tribunal Tercero de Control Autoriza la orden durante la expedición se deja constancia que los funcionarios no encontraron ningún tipo de interés criminalístico relacionado con lo arriba mencionado.”. Ahora bien, analizadas como han sido las actas que conforman la presente causa, concluye quien aquí decide, del resultado de la investigación podemos inferir las autoridades que el hecho objeto de la investigación no se realizo, por lo que este Tribunal considera procedente decretar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal; siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eisdum. Y así decide:

Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de San A.d.T., Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta el Sobreseimiento de la presente Causa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 primer caso del Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.

EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABG. J.M.M.M.

LA SECRETARIA

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