Decisión nº 2U-1066-08 de Tribunal Segundo de Juicio Extensión Barlovento de Miranda, de 30 de Junio de 2010
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2010 |
Emisor | Tribunal Segundo de Juicio Extensión Barlovento |
Ponente | Eliade Margarita Isturis |
Procedimiento | Inhibición |
En el día de hoy, Treinta (30) de Junio del año Dos Mil Diez (2010), quien suscribe ELIADE M.I.P., Jueza Segunda de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en la ciudad de Guarenas, por medio de la presente Acta ME INHIBO, de conocer de la presente causa, signada con el N° 2U-1066-08, en contra del ciudadano C.I.G., quien no ha cedulado, por la presunta comisión del delito de; HURTO SIMPLE, ROBO AGRAVADO, CONCURSO REAL DE DELITOS, previstos en los artículos 451 y 458 concatenados con el artículo 88 todos del Código Penal, en virtud de la acusación formulada en su contra por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, se fundamenta la presente INHIBICION en el contenido del artículo 86, numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto tal como se observa de las actas que conforman la presente causa, se evidencia que en fecha Diez (10) de Junio del año 2008, en mi condición de Jueza Segunda de Primera Instancia en funciones de Control, realicé la Audiencia Preliminar en la presente causa y Decreté Auto de Apertura a Juicio Oral, tal y como consta a las actas procesales que conforman el presente expediente folios 82 al 85, Acta de la Audiencia Preliminar y folios 87 al 93, Auto de Apertura a Juicio Oral, de la Primera Pieza. Ahora bien, se desprende que emití opinión en la presente causa en mi condición de Jueza Segunda en función de Control, en consecuencia conforme a lo dispuesto en el artículo 86 numeral 7, considero que mi imparcialidad se encuentra afectada para conocer y decidir la presente causa. En virtud de lo antes expuesto se acuerda abrir un cuaderno de incidencia remitiendo la presente acta y copia certificada de los recaudos correspondientes a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal con Sede en Los Teques, y líbrese oficio remitiendo las presentes actuaciones a la Oficina del Alguacilazgo para su redistribución a otro Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal y Sede. Y déjese copia de la presente acta. Es todo. Cúmplase.
LA JUEZA SEGUNDA DE JUICIO
Abg. ELIADE M.I.P.
LA SECRETARIA
Abg. FABIOLA GUERRERO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. FABIOLA GUERRERO
Exp. 2U-1066-08
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