Decisión nº 5C076-06 de Tribunal Quinto de Control Los Teques de Miranda, de 24 de Abril de 2006

Fecha de Resolución24 de Abril de 2006
EmisorTribunal Quinto de Control Los Teques
PonenteHerminia Bravo de Freites
ProcedimientoAuxilio Judicial

Los Teques 24 de Abril de 2006

195° y 147°

Visto el escrito de solicitud de A.J. presentado por los ciudadanos C.P.M. y E.S.D.P., titulares de la Cédulas de Identidad N° 7.334.537 Y 7.613.920 respectivamente, mediante el cual presentan formal Acusación en contra de los ciudadanos W.G.L. y E.L., por el delito de VIOLACION DE DOMICILIO, previsto y sancionado en el artículo 184 del Código penal vigente, y amparándose en el artículo 402 del Código Orgánico Procesal Penal solicitan a este Tribunal la realización de una serie de diligencias a ser practicadas por el Ministerio Público, en los siguientes términos:

Por cuanto se requiere recabar una serie de actuaciones mencionadas con anterioridad a los fines de consolidar una identificación exacta de o los que procedieron a la Violación de nuestro domicilio para la fecha tres de marzo de 2006 con la firme intención de obtener los elementos de convicción que permita proseguir hasta su culminación la Acción Penal correspondiente, es por lo que solicitamos muy respetuosamente a ese Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control en cumplimiento de lo establecido en el artículo 402 del Código Orgánico Procesal Penal vigente de cumplimiento a lo solicitado y una vez evacuado sírvase entregar el resultado de la misma.

Ahora bien, esta Juzgadora evidencia de la revisión realizada de las actuaciones que conforman la presente Solicitud de A.J., que el mismo cumple con los requisitos exigidos en el artículo 402 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que los hechos denunciados se enmarcan dentro de uno de los delitos cuyo enjuiciamiento solo se hará por acusación d e la parte agraviada, como es el delito de Violación de Domicilio , tipificado en los artículos 183 y 184 del Código penal vigente, y la víctima que pretenda constituirse en acusador privado podrá solicitar al Juez de Control la práctica de una investigación preliminar, cumpliendo los requisitos establecidos en la norma adjetiva penal antes mencionada.

Por lo anterior y dada la competencia funcional de esta instancia de conformidad con lo establecido en los artículos 402 y 403 del Código Adjetivo Penal, lo procedente y ajustado a derecho es Declara Con Lugar la Solicitud de A.J. y Ordenar al Ministerio Público la práctica de las diligencias requeridas por los ciudadanos C.P.M. y E.S.D.P., titulares de la Cédulas de Identidad N° 7.334.537 Y 7.613.920, las cuales constan en la Solicitud signada con el N° 5CS 076-06, nomenclatura de este Tribunal Quinto en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, por lo que, se ordena la Remisión de las actuaciones a la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Miranda con Sede en Los Teques, a los fines legales consiguientes. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con Sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR la solicitud de A.J., presentada por los ciudadanos C.P.M. y E.S.D.P., titulares de la Cédulas de Identidad N° 7.334.537 Y 7.613.920. SEGUNDO: Se Ordena al Ministerio Público la práctica de las diligencias requeridas por los ciudadanos antes identificados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 402 y 403 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se Ordena la remisión de la Solicitud signada con el N° 5C 076-06 y sus recaudos a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, a los fines legales consiguientes.

Regístrese, Notifíquese, Remítase. Ofíciese lo conducente. CUMPLASE.

LA JUEZA

H.B.D.F.

LA SECRETARIA

ANA CAPOTE CALERO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo aquí ordenado.

LA SECRETARIA

5C 076 -06

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