Decisión de Corte de Apelaciones de Anzoategui, de 25 de Abril de 2012

Fecha de Resolución25 de Abril de 2012
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteMagaly Hayary Brady Urbaez
ProcedimientoDeclara Sin Lugar

N° Expediente : BP01-R-2012-000032 N° Sentencia : Fecha: 25/04/2012 Procedimiento:

Declara Sin Lugar

Partes:

IMPUTADO W.J.R.A.

Resumen:

Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, declara SIN LUGAR, el recurso de apelación, interpuesto por el abogado A.J.G., en su condición de defensor de confianza del imputado W.J.R.A., titular de la cédula de identidad Nº V- 6.792.323, contra la decisión dictada en fecha 13 de Marzo de 2012 por el Tribunal de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en contra del imputado ut supra mencionados, al haberse demostrados llenos los extremos exigidos en los artículos 250 y 251 Código Orgánico Procesal Penal, para que proceda tal medida de coerción personal. Quedando CONFIRMADA la decisión dictada por el Tribunal a quo. Regístrese, notifíquese, déjese copia y en su oportunidad remítase la causa al Tribunal de or.....

Juez/Ponente:

Magaly Hayary Brady Urbaez

Organo:

Corte de Apelaciones ----VLEX---- TSJ Regiones - Decisión .clase{ font-family:Times New Roman; font-size:13pt; } function centrar(width,height) { window.resizeTo(800,600); window.moveTo(Math.round(screen.width/2)-width/2,Math.round(screen.height/2)-height/2); }

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA PODER JUDICIAL Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Barcelona, 25 de Abril de 2012 200º y 151º ASUNTO PRINCIPAL: BP01-R-2012-000032 PONENTE: DRA. M.B.U. Se recibió recurso de apelación interpuesto por el abogado A.J.G., en su condición de defensor de confianza del imputado W.J.R.A., titular de la cédula de identidad Nº V- 6.792.323 contra la decisión dictada en fecha 13 de Marzo de 2012 por el Tribunal de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en contra del imputado ut supra mencionado. Dándosele entrada en fecha 10 de Abril de 2012, se le dio cuenta al Juez Presidente y efectuada la distribución legal, de acuerdo al sistema automatizado JURIS 2000, correspondió la ponencia a la DRA. M.B.U. y con el carácter de Juez ponente suscribe el presente fallo. FUNDAMENTOS DEL RECURSO El recurrente en su escrito de apelación, entre otras cosas, alegan lo siguiente: “Quien suscribe, A.J.G.… actuando en este acto en mi carácter de Defensor de Confianza del imputado W.J.R.A.… estando dentro del lapso legal y el amparo del artículo 447 ordinal 4º de nuestro Código Orgánico Procesal Penal y el Ordinal Primero del Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ante usted muy respetuosamente ocurro a interponer como formalmente lo hago en este acto RECURSO DE APELACIÓN contra la decisión de este Tribunal de fecha 13 de Marzo de 2012, por cuanto decretó privativa de libertad en contra de mi representado… CAPÍTULO I DE LA RECURRIDA Se apela de la decisión emanada del Tribunal en Función de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoáte

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