Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 21 de Junio de 2007

Fecha de Resolución21 de Junio de 2007
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Camacaro
ProcedimientoTitulo Supletorio

…GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 21 de Junio del 2007.

Años: 196° y 148°.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadano: GUEVARA REGALADO R.P., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 16.262.267 y la ciudadana: SIERRA PINTO UBILERMA ANTONIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 16.110.688 y domiciliados ambos en el Parcelamiento Las Mercedes, Municipio San Felipe, estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias, construidas en un lote de propiedad Municipal, con una superficie de CUATROCIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS (470.Mtrs2), con un área aproximada de construcción de CIENTO TREINTA Y SIETE METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS (137,25.Mtrs2), ubicado en el parcelamiento Las Mercedes, Sector La Bernabó, calle principal, casa s/n, Jurisdicción del Municipio San Felipe, estado Yaracuy; bienhechurias estas consistentes en: Una casa de habitación, realizadas con fundaciones directas, estructura de cemento, paredes de bloques frisadas, techo de platabanda, piso de cemento pulido, embutido de cableado para suministro de energía eléctrica, empotramiento de aguas blancas y negras; distribuida así: Tres (3) habitaciones, una de las habitaciones con un baño incorporado, con todos sus accesorios, una (1) sala, una (1) cocina-comedor, un (1) baño con todos sus accesorios, patio cercado con bloque y alfajor, lavadero; siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Con calle principal del sector la Bernabó; SUR: Con bienhechurias que son o fueron de F.P.; ESTE: Con la Hacienda Comunivare y OESTE: Con bienhechurias que son o fueron de J.A.; a favor de la ciudadana: INARA SHAKIRA SIERRA PINTO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad No.11.273.393. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asigno el N°. 488/2007-

La Jueza,

Abgº. M.d.L.C.d.A.,

. La Secretaria,

Abg°. K.M.L.R..

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-

La Secretaria,

Abg°. K.M.L.R..

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