Decisión de Juzgado Quinto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 17 de Junio de 2011

Fecha de Resolución17 de Junio de 2011
EmisorJuzgado Quinto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteAura Maribel Contreras
ProcedimientoInsercion De Partida De Defuncion

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 17 de Junio de 2011

201º y 152º

ASUNTO: AH15-S-2008-000075.-

SOLICITANTE: I.B.A., venezolana, divorciada mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-6.265.778.-

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE SOLICITANTE:

A.V.M., Abogada de la División de Asistencia Jurídica Gratuita de la Dirección General de Justicia y Cultos Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.462.-

MOTIVO: INSERCIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN.-

Mediante distribución correspondió conocer al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de la solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCION del ciudadano KRZYSZTOF JACEK MOLENDA, quien falleció Ab-Intestato, en fecha 31 de Enero de 2007, en vida de nacionalidad Polaca, divorciado, de 35 años e identificado con el Pasaporte Nº NR292820 y residenciado hasta el momento de su fallecimiento en la Avenida Mara con calle Yaracuy, Villa S.M.A. de la Urbanización Macaracuay del Estado Miranda, presentada por la ciudadana I.B.A., debidamente asistida por la Abogada A.V.M., ambas plenamente identificada, siendo la oportunidad para decidir, el Tribunal observa:

Alegó la solicitante en términos generales, lo siguiente:

  1. Que el ciudadano KRZYSZTOF JACEK MOLENDA, falleció el 31 de Enero de 2007 en Macaracuay, Municipio Sucre del Estado Miranda.-

  2. Que dejó tres (03) hijos de nombres: C.L.M.B., INDY A.M.B. Y PATRYCJA MOLENDA.-

  3. Que no aparece Inserta el Acta de Defunción, en los libros de Registro Civil de Defunciones del Municipio Sucre del Estado Miranda.-

  4. Que por tales motivos solicita la Inserción del Acta de Defunción del causante ciudadano KRZYSZTOF JACEK MOLENDA, de conformidad con lo establecido en los Artículos 458 y 505 del Código Civil.-

Acompañó a su solicitud los siguientes recaudos:

- Copia certificada del acta de nacimiento N° 2467, de fecha 27 de Septiembre de 1996, correspondiente a C.L..-

- Copia certificada del acta de nacimiento N° 1369, de fecha 26 de Octubre de 2001, correspondiente a YNDI ABIGAIL.-

- Copia Certificada de la Sentencia de Divorcio de los ciudadanos KRZYSZTOF JACEK MOLENDA e I.B.A., de fecha 26 de Agosto de 2003.-

- Constancia de residencia de la ciudadana I.B.A., emitida por ante la Junta Directiva de Asociz.-

- Certificación del Acto de Inhumación de los restos mortales del ciudadano KRZYSZTOF JACEK MOLENDA, emitido por el Cementerio Metropolitano Monumental, S.A.-

- Copia Certificada del Certificado de Defunción N° 232, correspondiente al ciudadano KRZYSZTOF JACEK MOLENDA.

- Original del Pasaporte N° NR292820, correspondiente al ciudadano KRZYSZTOF JACEK MOLENDA.-

En fecha 20 de Junio de 2008, visto los recaudos consignados, se dictó auto en el cual se le dio entrada a la solicitud de Inserción de Acta de Defunción.-

En fecha 30 de Julio de 2008, se instó a la parte solicitante a los fines de que consigne la Partida de Nacimiento de la ciudadana PATRYCJA MOLENDA.-

En fecha 28 de Noviembre de 2008, compareció la ciudadana I.B.A., y consigno la Partida de Nacimiento de la Ciudadana PATRYCJA MOLENDA, debidamente traducida al Idioma Castellano.-

En fecha 17 de Abril de 2009, se ingreso al nuevo Sistema Juris 2000, la presente causa correspondiéndole el Número: AH15-S-2008-000075. En esta misma fecha compareció la ciudadana I.B.A., solicitando pronunciamiento.-

En fecha 06 de Mayo de 2009, compareció la ciudadana I.B.A. y confirió poder Apud Acta al ciudadano M.C., Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.813.-

En fecha 28 de Mayo de 2009, Se Admitió la presente solicitud, se libro Edicto, Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público, se acordó oficiar al Ministerio de Salud, Dirección General de Epidemiología y Análisis Estratégicos, Dirección de Información Social y Estadísticas, al Registro Principal del Estado Miranda y a la Primera Autoridad Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda. Se libraron Oficios Nros 0435, 0436 y 0437.-

En fecha 31 de Julio de 2009, compareció el ciudadano M.C., en su carácter de Apoderado Judicial de la solicitante, retirando Edicto, Boleta de Notificación y Oficios librados.-

En fecha 25 de Septiembre de 2009, compareció el Abogado M.C., en su carácter de Apoderado Judicial de la solicitante, consignando Publicación del E.l. y solicitando se ordene la Notificación al Representante Fiscal del Ministerio Público.-

En fecha 01 de Octubre de 2009, se dictó auto acordando la expedición de Copias Certificadas solicitadas por el Abogado M.C., en su carácter de Apoderado Judicial de la solicitante.-

En fecha 13 de Octubre de 2009, compareció el ciudadano N.P., en su carácter de Alguacil Titular de este Circuito Judicial, consignando copia de Boleta de Notificación debidamente firmada y sellada por la Representación Fiscal Nonagésima Segunda (92°) del Ministerio Público.-

En fecha 13 de Octubre de 2009, compareció la ciudadana IRDE CAPOTE MENDOZA, en su carácter de Fiscal Nonagésima Segunda (92°) del Ministerio Público y manifestó no tener objeción alguna a la presente solicitud.-

En fecha 29 de Octubre de 2009, el Abogado M.C., en su carácter de Apoderado Judicial de la solicitante, consignando los fotostatos necesarios para su certificación.-

En fecha 20 de Enero de 2010, se recibió con Oficio Nº OFC20091456, emanado del Ministerio de Salud, Dirección General de Epidemiología y Análisis Estratégicos, Dirección de Información Social y Estadísticas, Copia Certificada del Certificado de Defunción del Ciudadano KRZYSZTOF JACEK MOLENDA,.-

En fecha 19 de Marzo de 2010, compareció la ciudadana I.B.A., confiriendo Poder Apud Acta a la ciudadana N.R., Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 45.225 y consignando comunicación emitida por el Registrador Civil del Municipio Sucre, acusando recibo al Oficio Nº 0436 e informando que el Acta de Defunción del ciudadano KRYSZTOF JACEK MOLENDA, fue anulada, en virtud de que los familiares no comparecieron el día y la hora estipulada para registrarla en los Libros de defunciones correspondientes, razón por lo cual remiten a este Despacho Copia Certificada del Acta de Defunción del ciudadano KRZYSZTOF JACEK MOLENDA. Asimismo solicita pronunciamiento en relación a la presente causa y la devolución de los originales.-

En fecha 13 de Mayo de 2010, compareció la ciudadana J.D.M., Abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.062, consignando Oficio Nº 279/2010, emanado por el Registro Civil del Estado Miranda, acusando recibo al Oficio Nº 0435, librado por este Despacho.-

En fecha 04 de Mayo de 2011, compareció J.D.M., Abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.062, solicitando pronunciamiento a la presente solicitud.-

En fecha 19 de Mayo de 2011, compareció J.D.M., Abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.062, solicitando pronunciamiento a la presente solicitud.-

Para decidir el Tribunal observa:

• Constancia expedida por el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, en la que se lee que el acta de defunción N°: 232, Tomo 1, Año 2007, correspondiente al ciudadano KRZYSZTOF JACEK MOLENDA, fue anulada ya que los familiares no comparecieron el día y la hora estipulada para registrarlo en los Libros de Defunciones correspondiente.-

• Copia Certificada del Acta de nacimiento N° 2467, de fecha 27 de Septiembre de 1996, correspondiente a C.L., en la que se observa que fue presentado por la ciudadana I.B.A..-

• Copia certificada del Acta de Nacimiento Nº 1369, de fecha 26 de octubre de 2000, correspondiente a INDY ABIGAIL, en la que se observa que fue presentada por la ciudadana I.B.A..-

• Copia Certificada de la Sentencia dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 26 de agosto de 2003, en la que se lee que se declaro con lugar el juicio que por Divorcio 2° causal, incoado por la ciudadana I.B.A., contra el ciudadano KRZYSZTOF JACEK MOLENDA.-

• Certificación del Acto de Inhumación de los restos mortales del ciudadano KRZYSZTOF JACEK MOLENDA, emitido por ante el Cementerio Metropolitano Monumental, S.A.-

• Copia Certificada del Certificado de Defunción N° 232, correspondiente al ciudadano KRZYSZTOF JACEK MOLENDA.-

• Copia del Acta de Nacimiento de PATRYCJA H.M., emitida por ante la República de Polonia, debidamente traducida al idioma Castellano, en la que se lee como nombre de los padres KRZYSZTOF JACEK MOLENDA y J.K..-

• Oficio Nº 279/2010, emitido por el Registro Principal del Estado Miranda, en el cual informan a este Despacho que no se pudo constatar en los Libros de Duplicados de Defunción correspondiente al Municipio Sucre del Año 2007, registro alguno del causante KRZYSZTOF JACEK MOLENDA.-

Estando dentro de la oportunidad legal para decidir, esta Juzgadora pasa a hacerlo, previa las siguientes consideraciones:

En el presente caso, se puede constatar ciertamente que el causante KRZYSZTOF JACEK MOLENDA, falleció el día 31 de Enero de 2007, en su residencia de la Urbanización Macaracuay a causa de Asfixia Mecánica por Ahorcadura, según Certificado de Defunción Nº 232, emanado por ante de la Dirección General de Epidemiología y Análisis Estratégico Dirección de Información Social y Estadística Ministerio de Salud, de fecha 01 de Febrero de 2007, previo el cumplimiento de las formalidades exigidas por las Leyes y Reglamentos exigentes sobre la materia, se verifico el Acto de INHUMACION de los restos mortales del causante KRZYSZTOF JACEK MOLENDA, conforme a la autorización expedida por la Alcaldía del Hatillo, en el Cementerio del Este. Asimismo cursa a los autos sendas comunicaciones emanadas de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Miranda y del Registro Principal del Estado Miranda, en la que se deja constancia que el Acta de Defunción del causante KRZYSZTOF JACEK MOLENDA, fue anulada en virtud de que los familiares no comparecieron en la fecha y hora estipulada, por lo que esta instancia debe declarar con lugar la presente solicitud de inserción de Partida de Defunción presentada por la ciudadana I.B.A. venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 6.265.778. Y ASI SE DECIDE.

Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la presente solicitud de INSERCCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN, del causante KRZYSZTOF JACEK MOLENDA, presentada por la ciudadana I.B.A., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 6.265.778. En consecuencia se ordena insertar en la Primera Autoridad Civil de la Parroquia L.M., del Municipio Sucre del Estado Miranda y el Registro Principal del Estado Miranda, la partida de DEFUNCIÓN del ciudadano KRZYSZTOF JACEK MOLENDA.- Y ASI SE DECIDE.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los Diecisiete (17) días del mes de Junio del Año Dos Mil Once (2011). Años 201º y 152º.

LA JUEZ TITULAR,

DRA. A.M.C.D.M.

LA SECRETARIA TITULAR, ABG. LEOXELYS VENTURINI

AMCDM/LV/ER

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