Decisión de Juzgado Segundo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 14 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2011
EmisorJuzgado Segundo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteLuis Rodolfo Herrera
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

¡

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, catorce (14) de m.d.D.M.O. (2011)

Años 200º y 151º

ASUNTO: AH12-M-2003-000051.-

ASUNTO ANTIGUO Nro. 2003-6989.-

Vista la anterior diligencia presentada en fecha 03 de marzo de 2011, por la ciudadana H.C., abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 107.869, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en esta causa, así como el pedimento a que se contrae la misma contentivo de la solicitud de que se suspendan las medidas de prohibición de enajenar y gravar y embargo ejecutivo decretadas y practicadas sobre los lotes de terreno signados como Lote Nro. 02, Lote Nro. 04, y el edificio propiedades de dicha parte demandada, a tal efecto este Juzgado observa:

PRIMERO

Se evidencia del acta de remate de fecha 01 de junio de 2010 celebrado en esta causa que con los bienes inmuebles que le fueron adjudicados a la parte actora en este asunto fue satisfecho el crédito hipotecario de la demandada.

SEGUNDO

En este sentido prevé el artículo 574 del Código de Procedimiento Civil literalmente lo siguiente:

…Artículo 574 Cuando los bienes a rematar, muebles o inmuebles, sean varios que constituyan unidades separables se sacarán a remate uno por uno, siguiéndose el orden que indique el ejecutado, o, en su defecto, el Tribunal. Si el producto del remate de uno o varios bienes fuere suficiente para satisfacer el monto de la ejecución se suspenderá el remate por lo que respecta a los restantes y se declararán libres de embargo…

TERCERO

En este caso, efectivamente se sacaron a remate uno por uno de los bienes hipotecados, cubriendo con dos (02) de los inmuebles propiedad del demandado el monto de la ejecución.

Ahora bien en virtud de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado acuerda de conformidad y a tal efecto ordena oficiar a la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Brion y Buroz del Estado Miranda, a fin de hacerle saber que este Juzgado por auto de esta misma fecha suspendió las medidas de prohibición de enajenar y gravar decretadas por este Tribunal en fecha 20 de noviembre de 2003 y las cuales fueron informadas a esa oficina mediante oficios Nros. 3835 y 3836 de la misma fecha, y medidas de embargo ejecutivo practicadas por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Acevedo, Brion, Buroz, A.B., Páez, P.G. de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 15 de noviembre de 2007 y las cuales fueron informadas a la referida oficina mediante oficios Nros. 1290, 1292 y 1294 de la referida fecha, y las cuales recayeron sobre los siguientes bienes inmuebles:

1) LOTE N°. 2: Con un área aproximada de doscientas una hectárea con diecisiete áreas (201,17 Has), cuyos linderos y medidas son las siguientes: Desde el punto V8, coordenadas: E-821052.06, N-1142040.13 al Punto VII, coordenadas: E-821864.88, N-1141492.52, en una longitud de 980.04 mts, desde el Punto VII al Punto V10, coordenadas: E-820698.74, N-1139799.54, en una longitud de 2.055.79 mts., desde el V10 al Punto V7 coordenadas: E:817893.04, N-1140357.43, en una longitud de 980,00 mts., y desde el Punto V7 al Punto de partida V8 coordenadas: E-821052.06, N-1142040.13, en una longitud de 2043.43 mts. En síntesis los linderos y medidas particulares del anterior lote de terreno son: NORTE: Con Carretera Nacional Tacarigua Río Chico y las poblaciones de la Troja y el Hoyo, en una longitud de 980.04 mts., que va desde el Punto VII al Punto V8; SUR: Con lote N° 3, en una longitud de 980,00 mts., que va desde el Punto V7 al Punto V10; ESTE: Con lote N° 3, en una longitud de 2055.79 mts., que va desde el Punto V10 al Punto V11; y OESTE: Con lote N° 1, en una longitud de 2043.23 mts. que va desde el Punto V7 al Punto V8. 2.-

2) LOTE N° 4: Con un área aproximada de ciento noventa y nueve hectáreas con setenta y un áreas (199,71 Has) cuyos linderos y medidas son los siguientes: desde el Punto V12, coordenadas: E-821974.48 N-1141417.70, al Punto B13, coordenadas: E-822517.81, N-1141049.31, en una longitud de 656,43 mts. Desde el Punto B13 pasando por los puntos B12 y B12 A hasta llegar al Punto B12 B, coordenadas: E-821885.63, N-1138877.92 en una línea quebrada cuya longitud es de 2.953.20 mts., desde el Punto B12 B al Punto B12 C, coordenadas: E-821760.03, N-1137596.22, en una línea quebrada cuya longitud es de 1.384,34 mts., desde el Punto B12 C al Punto V18, coordenadas: E-820919.15, N-1137468.53, en una línea quebrada cuya longitud es de 921,60 mts., desde el Punto V18, pasando por el Punto V17, hasta llegar al Punto V16, coordenadas: E-821976.73, N-1140854.51, en una línea recta cuya longitud es de 3.547,29 mts., desde el Punto V16 al Punto V13 B, coordenadas: E- 822091.08, N-1141018.59, en una longitud de 200,00 mts., desde el Punto V13 B al Punto V13 B al Punto V13, coordenadas: E-821879.19, N-1141215.84, en una longitud de 289,48 mts., desde el Punto V13 al Punto de partida V12, coordenadas: E-821974.48, N-1141417.70 en una longitud de 223,22 mts. En síntesis, los linderos y medidas particulares del anterior lote de terreno son: NORTE: Con Carretera Nacional Tacarigua Río Chico y las poblaciones de San Juan y el Anzuelo, en una longitud de 622,00 mts., que va desde el Punto V12 al Punto B13; SUR: Con lote N° 6, en una longitud de 921,60 mts., que va desde el Punto B12-C y V18; ESTE: Con terrenos que son o fueron de la Hacienda Monte Oscuro, en una longitud de 3.840.39 mts., que va desde el Punto B13 al Punto B12-B, pasando por los Puntos B12-A, B12-B y B11-A; y OESTE: Con lotes N°s. 3 y 5, en una longitud de 3.549,29 mts., que va desde el V12 al Punto V18. 4.

3) Sobre un Edificio y el terreno en el cual se encuentra construido, que forma parte de una mayor extensión de terreno situado en el sitio denominado “MURO”, carretera Nacional Tacarigua-Higuerote, Distrito Brión del Estado Miranda. El mencionado Edificio se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: en una línea inclinada que mide aproximadamente cincuenta metros con cincuenta y cuatro centímetros (50,54 mts.), con la carretera Tacarigua-Higuerote; SUR: en una línea inclinada que mide cuarenta y dos metros con sesenta y cinco centímetros (42,65 mts.), con inmueble de Inmuebles Tacarigua, C.A.; ESTE: en una línea casi recta que mide noventa y cuatro metros con treinta y seis centímetros (94,36 mts.) con inmueble que es o fue de E.M. de Almeida; y OESTE: en una línea semi-inclinada que mide sesenta y un metros con sesenta y tres centímetros (61,63 mts.), con vía de acceso y terrenos de Inmuebles Tacarigua, C.A. El edificio está comprendido dentro de las siguientes coordenadas: NORTE: 1.151.616,89, 1.151.608,67, 1.151.657,18, 1.151.659,50, 1.151.663,59, 1.151.683,96, 1.151.680,92, 1.151.676,96, 1.151.674,14, 1.151.672,56 y 1.151.616,89; y ESTE: 812.097,68, 612.139,53, 812.135,86, 812.136,33, 812.135,88, 812.133,98, 812.117,19,812.117,79, 812.101,88, 812.088,83 y 812.097,68. Dicho Edificio está formado por dos (2) alas; la primera está constituida por tres (3) pisos: Planta Baja, que consta de un local comercial con dos (2) baños; que mide aproximadamente doscientos cuarenta y seis metros cuadrados (246 M2), donde funciona un abasto y licorería. Primer Piso, que mide trescientos diez metros cuadrados con ocho decímetros cuadrados (310,08 M2) y tiene las siguientes características: una (1) recepción, seis (6) oficinas, una (1) cocina, cuatro (4) baños y una (1) bóveda. Segundo piso que mide en total trescientos diez metros cuadrados con ocho decímetros cuadrados (310,08 M2), incluyendo pasillo de circulación, constituido por nueve (9) apartamentos, tipo estudio, con un (1) baño cada uno, de diferentes medidas, en un solo ambiente, dichos pisos están unidos por una escalera que parte de la planta baja. La segunda ala: constituida por tres (3) pisos: Planta Baja, constituido por un (1) local comercial que mide aproximadamente doscientos cuarenta y seis metros cuadrados (246 M2). Primer Piso, que mide aproximadamente trescientos diez metros cuadrados con ocho decímetros cuadrados (310,08 M2) y consta de un (1) salón en un solo ambiente y dos (2) baños. Segundo Piso, que mide aproximadamente trescientos diez metros cuadrados con ocho decímetros cuadrados (310,08 M2) y consta de once (11) apartamentos de diferentes medidas, tipo estudio, y baño cada uno; advirtiendo que dicha ala se comunica con la anterior por medio de la misma escalera mencionada. Se incluyó en la hipoteca todo lo construido a lo largo del lindero norte lo cual comprende un área de estacionamiento para clientes, el cual está completamente mecanizado y un (1) pequeño caney”.Dicho inmueble pertenece a INMUEBLES TACARIGUA, C.A., así.: el terreno, según consta de documento protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Brión del Estado Miranda, en fecha 27 de agosto de 1981, bajo el N° 23, folio 65 al 67, Protocolo Primero, Tomo I, y las construcciones según título supletorio protocolizado ante la citada Oficina Subalterna de Registro, en fecha 23 de junio de 1997, bajo el N° 40, folios 221 al 227, Protocolo Primero, Tomo 18”.

Líbrense oficios a la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Brion y Buroz del Estado Miranda. ASI SE DECIDE.-

EL JUEZ,

L.R.H.G..- LA SECRETARIA,

M.G.H.R..-

En esta misma fecha se publicó y se registró la anterior decisión siendo las _____________________________.-

LA SECRETARIA,

M.G.H.R..-

LRHG/MGHR/CARLA.-

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