Decisión nº PJ0652010200139 de Tribunal Decimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Carabobo (Extensión Valencia), de 15 de Junio de 2010

Fecha de Resolución15 de Junio de 2010
EmisorTribunal Decimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteOmar José Martínez Sulbaran
ProcedimientoOferta Real De Pago

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA.

200º Y 151º

Valencia, 15 de JUNI0 de 2010

ASUNTO: GP02-S-2010-000221

PARTE ACTORA: INDUSTRIA DEL LAVADO DE VENEZUELA INLAVEN, C.A

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: L.O.

PARTE DEMANDADA: H.A.

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: M.G.

MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Visto que las partes en fecha 27 de MAYO de 2010, suscribieron acuerdo TRANSACCIONAL en la presente causa EL CUAL CONSIGNARON POR ANTE LA URDD DEL TRIBUNAL Y NO ANTE EL JUEZ; de la revisión del mismo se evidencia que con el citado acuerdo TRANSACCIONAL celebrado da por terminado el presente procedimiento manifestando conformidad con su contenido, no vulnerándose derechos y normas irrenunciables del trabajador; por lo que este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte la homologación al acuerdo TRANSACCIONAL celebrado y presentado por las partes adquiriendo el carácter de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con excepción de los conceptos por accidente o enfermedad profesional por cuanto no cumplieron con los requisitos en el artículo 9 del Reglamento de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo. Terminado en consecuencia el procedimiento, se ordena el archivo del expediente. Es todo.

El Juez;

Abg.- O.J.M.S.

LA SECRETARIA;

ABG.- M.L.M.

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