Decisión nº 240 de Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de Zulia, de 2 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2007
EmisorJuzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
PonenteGloria Urdaneta
ProcedimientoRecurso De Nulidad

Se da inicio a la presente causa por recurso contencioso administrativo de nulidad presentado en fecha 09 de marzo de 2007 por el ciudadano G.L.F., plenamente identificado, en contra del Acto Administrativo de fecha 09 de octubre de 2006, proferido por la Inspectoria del Trabajo del Estado Zulia.

En fecha 22 de marzo de 2007 éste Juzgado admitió el presente recurso y ordenó la citación del Inspector del Trabajo del Estado Zulia, del Procurador General de la República y del Fiscal Vigésimo Segundo del Ministerio Público; por último, éste Juzgado ordenó la citación de los interesados por medio de la publicación de un cartel en el diario de mayor circulación regional de conformidad con el artículo 21, aparte 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Una vez cumplida con todas las citaciones ordenadas en el auto de admisión, se libró cartel de citación en fecha 21 de junio de 2007, de conformidad a lo establecido en el aparte 11 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

En fecha 12 de julio de de febrero de 2006 se le hizo entrega del Cartel de citación al abogado J.B.C.H. inscrito en el Inpreabogado N° 52.409.

En fecha 06 de agosto de 2007 la apoderada judicial de la parte recurrente consignó ejemplar completo del Diario Panorama de fecha 14 de julio de 2007, donde apareció publicado el Cartel de Notificación a los interesados el cual fue agregado a las actas en la misma fecha, previo desglose de la página correspondiente.

En fecha 28 de septiembre de 2007 el abogado F.J.F.C., en su carácter de Fiscal Vigésimo Segundo (E) del Ministerio Público de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, solicitó que sea declarado el desistimiento tácito del presente recurso.

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR:

Corresponde a éste Tribunal pronunciarse sobre el desistimiento tácito del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto y al efecto observa:

El artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia prevé que una vez publicado el cartel de citación a los interesados a través del diario de mayor circulación en la región, la parte recurrente tiene la carga procesal de consignar dicha publicación a las actas procesales dentro de los tres (3) días de despacho siguientes; el incumplimiento de ésta carga se entenderá como desistimiento del recurso y se ordenará el archivo del expediente.

Ahora bien, consta en las actas procesales que el día 21 de junio de 2007 se libró el Cartel de Citación a los interesados y posteriormente, en fecha 12 de julio de 2007 se le hizo entrega del Cartel de Notificación al apoderado judicial de la parte recurrente. Dicho cartel fue publicado en el Diario PANORAMA el día 14 de julio de 2007, en el primer cuerpo, página 7, pero no fue consignado a las actas en el lapso legalmente exigido, es decir, dentro de los 03 días de despacho siguiente a su publicación, sino en fecha 06 de agosto de 2007, es decir, en el sexto día de despacho siguiente a su publicación.

En consideración a todos los argumentos de derecho y de hecho antes expuestos, se declara desistido el presente recurso, a tenor de lo previsto en el aparte 11 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y por consecuencia el archivo el expediente. Así se decide.

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