Decisión de Tribunal Superior Primero del Trabajo de Aragua, de 9 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2009
EmisorTribunal Superior Primero del Trabajo
PonenteJosé Felipe Montes Navas
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO

DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 09 de Marzo de 2009

198° y 150°

ASUNTO: DP11-R-2009-000021

ACTA

PARTE ACTORA: Ciudadanos J.A.I., J.R. SOSA E Y.A.T., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos.9.687.010, 8.560.943 Y 7.265.453.

PARTE DEMANDADA: TRANSLICENTRO, C.A. Y ALCALDIA DEL MUNICIPIO M.B.I..

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Abogados J.R., HILDA BIGOTT Y H.T.C., Inpreabogado Nos.113.356, 113.383 y 113.236, respectivamente.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA TRANSLICENTRO C.A.: P.M., Inpreabogado No. 68.043 Y OTROS.

SINDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO M.B.I.: Abogada VICMAR F.O., Inpreabogado No. 101.125.

MOTIVO: RECURSO DE APELACION.-

En el día de hoy 09 de Marzo de 2009, siendo las Nueve y Treinta (09:30 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral de Parte prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se anunció el Acto a las puertas del Tribunal, estando presentes el Ciudadano Juez Superior Dr. J.F.M.N., la Secretaria Abogada Lisselott Castillo y el Alguacil M.C., se declaró abierto el Acto. Se deja constancia de la INCOMPARECENCIA NI POR SÍ NI POR INTERPUESTO APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA, así como, DE LA INCOMPARECENCIA NI POR SÍ NI POR INTERPUESTO APODERADO JUDICIAL DE LAS PARTES CO- DEMANDADAS: TRANSLICENTRO, C.A. Y LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO M.B.I. DEL ESTADO ARAGUA, todos apelantes, de la Sentencia publicada en fecha 01 de Julio de 2008 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua. Este Juzgado Primero Superior del Trabajo en el Estado Aragua, vista la Incomparecencia tanto de la parte actora, como de las Co-demandadas TRANSLICENTRO, C.A. Y LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO M.B.I. DEL ESTADO ARAGUA, C.A; todos recurrentes en apelación, a la Audiencia oral de parte pautada para el día de hoy, a las Nueve y Treinta de la mañana (9: 30 a.m.); este Tribunal declara: DESISTIDOS, los recursos de Apelación ejercidos contra la sentencia supra indicada; remítase el presente expediente al Tribunal de origen, una vez vencido el lapso de Ley, todo ello de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el Artículo 166 ejusdem. Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman.

EL JUEZ SUPERIOR,

DR. J.F.M.N..

LA SECRETARIA,

ABG.LISSELOTT CASTILLO.

EL ALGUACIL,

M.C.

EL TECNICO AUDIOVISUAL,

A.R.

JFMN/LC.

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