Decisión nº PJ0022007000944 de Sala Segundo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente de Caracas, de 23 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2007
EmisorSala Segundo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
PonenteRosa Yajaira Caraballo Abreu
ProcedimientoAutorización Judicial Para Cobrar

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Sala de Juicio Nº 2

Caracas, veintitrés (23) de octubre de dos mil siete (2007)

197º y 148º

ASUNTO: AP51-S-2006-018671

Vistas las actas que conforman el presente expediente y el acta levantada en fecha 13 de agosto de 2007 mediante la cual, la adolescente (...), fue oída por la Jueza de este Despacho. En atención a que entre los beneficios dejados por el de cujus (...), se encuentra la Pensión de Sobrevivientes a la que se hizo acreedora su hija adolescente, esta Sala de Juicio autoriza a la ciudadana (...), titular de la cédula de identidad N°. (...), madre de la adolescente (...), venezolana, de quince (15) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° (...) para que retire, a partir del mes de octubre de 2007, por ante la Dirección de Recursos Humanos de la Alcaldía Mayor, las cuotas mensuales que por concepto de Pensión de Sobreviviente le corresponde a la adolescente; todo con el fin de Garantizar un Nivel de V.A., de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se acuerda oficiar a la mencionada institución, a fin de participarle lo acordado por esta Sala de Juicio. Asimismo, y por cuanto en fecha 13 de agosto de 2007, esta Sala autorizó el pago de la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 455.000,00) para sufragar gastos odontológicos de la mencionada adolescente, sin que hasta la fecha se haya consignado a los autos los comprobantes de pago del referido tratamiento odontológico, se insta nuevamente a la ciudadana (...), a cumplir con lo señalado. Cúmplase.

LA JUEZA

ABG. R.Y.C.

LA SECRETARIA

ABG. SORAYA ANDRADE

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