Decisión nº PJ0022007000229 de Sala Segundo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente de Caracas, de 7 de Marzo de 2007

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2007
EmisorSala Segundo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
PonenteFanny Plaza
ProcedimientoExtincion De La Obligacion Alimentaria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Sala de Juicio Nº 2

Caracas, siete (07) de marzo de dos mil siete

196º y 148º

ASUNTO: AP51-V-2007-001568

Vistas las actas que conforman el presente expediente y la diligencia presentada en fecha 14 de febrero de 2007 por los ciudadanos G.M.H., N.Y.M.E. y D.G.M.E., venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad N° 5.965.325, 20.110.224 y 16.033.810, respectivamente; por cuanto los mencionados ciudadanos solicitan se declare la extinción de la Obligación Alimentaria fijada en fecha 16 de septiembre de 1998 por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia de Familia y Menores de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se evidencia de las actas procesales que los entonces menores de edad N.Y.M.E. y D.G.M.E., quines contaban para ese momento con nueve (09) y quince (15) años de edad, respectivamente, hoy en día han llegado a su mayoridad, razón por la cual, conforme a lo que establece el artículo 383, literal b de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, esta Sala de Juicio II del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara la EXTINCIÓN de la obligación alimentaria fijada a favor de N.Y.M.E. y D.G.M.E., quienes son venezolanos, hoy en día mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad N° 20.110.224 y 16.033.810, respectivamente. En consecuencia se suspenden todas y cada una de las medidas decretadas por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia de Familia y Menores de esta Circunscripción Judicial mediante sentencia de fecha 16 de septiembre de 1998. Ofíciese lo conducente al Jefe de Personal de la Universidad Central de Venezuela. Cúmplase.

LA JUEZ

FANNY PLAZA MARTÍNEZ

EL SECRETARIO

CARLOS ANDRES FONSECA

FPM/CAF/

AP51-V-2007-001568

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