Decisión de Corte de Apelaciones Sala Uno de Merida, de 26 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2012
EmisorCorte de Apelaciones Sala Uno
PonenteGenarino Buitriago Alvarado
ProcedimientoCon Lugar Inhibición

N° Expediente : LP01-X-2012-000016 N° Sentencia : Fecha: 26/03/2012 Procedimiento:

Con Lugar Inhibición

Partes:

JUEZ INHIBIDO ABOGADO N.E.P.L., JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL, EXTENSIÓN EL VIGÍA DEL ESTADO MÉRIDA

Resumen:

Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por el Abogado N.E.P.L., Juez de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal, Extensión El Vigía del Estado Mérida, conforme a lo establecido en los artículos 26 Constitucional, en relación con lo previsto en el articulo 86.8, 87 y 94 del Código Orgánico Procesal Penal. Cópiese, publíquese, compúlsese y remítase con Oficio al Tribunal de Origen Copia certificada de esta decisión y en cuanto el presente cuaderno de inhibición, remítase con Oficio al Tribunal que corresponde. Cúmplase. LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES, DR. E.C. SOTO PRESIDENTE DR. GENARINO BUITRIAGO A.P.D.. A.T.G. LA SECRETARIA, ABG. YEGNIN TORRES ROSARIO .....

Juez/Ponente:

Genarino Buitriago Alvarado

Organo:

Corte de Apelaciones Sala Uno ----VLEX---- TSJ Regiones - Decisión .clase{ font-family:Times New Roman; font-size:13pt; } function centrar(width,height) { window.resizeTo(800,600); window.moveTo(Math.round(screen.width/2)-width/2,Math.round(screen.height/2)-height/2); }

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA PODER JUDICIAL Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Mérida, 26 de Marzo de 2012 201º y 153º ASUNTO PRINCIPAL : LP01-X-2012-000016 ASUNTO : LP01-X-2012-000016 PONENTE: DR. GENARINO BUITRIAGO ALVARADO Vista la inhibición planteada por el Abogado N.E.P.L., Juez de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal, Extensión El Vigía del Estado Mérida, de conocer en la causa principal signada bajo el N° LP11-P-2008-000635 instruida contra: N.A.R. por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CON ARREBATIO DE ICTUS, razón a que conforme expone: “En el día de hoy, catorce (14) de Marzo de dos mil doce, presente en este Tribunal en Funciones de Ejecución Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado M.E.E.V., Abg. N.E.P.L., titular de la Cedula de Identidad Nº 3.926.456 en su condición de Juez de este Tribunal, ante la secretaria del mismo expone: “ Por cuanto en el Asunto No LP11-P-2008-000635, que obra ante este órgano jurisdiccional, contenido de la investigación Penal que se instruye en contra del ciudadano N.A.R., por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CON ARREBATIODE ICTUS (DESVIACION O EXTRAVIO DEL GOÑPE) y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO en perjuicio de C.A.N.S., y otros se recibe en este Tribunal en fecha 07.03.2012, procedente del Tribunal de Primera Instancia Penal

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