Decisión nº 21 de Tribunal Tercero de Protección del Niño y Adolescente de Zulia (Extensión Maracaibo), de 14 de Junio de 2013

Fecha de Resolución14 de Junio de 2013
EmisorTribunal Tercero de Protección del Niño y Adolescente
PonenteMariladys González González
ProcedimientoConsignación De Cheques

Exp. N° 5251 N° 21

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL N° 03

Maracaibo, 14 de Junio de 2013

203° y 154°

El presente procedimiento se inició por solicitud de Consignación de Cheque por Muerte, suscrita por el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, Dirección de Vigilancia de T.T., en beneficio del adolescente Eligel A.G.G..

Recibida la anterior solicitud del Órgano Distribuidor, el Tribunal le dio entrada mediante auto de fecha 25 de abril de 2013 y ordeno notificar al Fiscal especializado del Ministerio Público con Competencia en el Área de Protección de Niños, y Adolescentes y Familia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.

Mediante auto de fecha 25 de abril de 2013, en virtud de la comunicación anterior así como el cheque N° 45000008 del Banco del Tesoro de fecha 31 de enero de 2013, y a la orden de este Juzgado por la cantidad de Bs. Doce Mil Cincuenta y Ocho con 55/100 (Bs. 12.058,55). El Tribunal acuerda abrir una cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario (Banco Universal) a nombre del ciudadano A.J.G.F., quien en vida era titular de la cédula de identidad N° V.-4.522.883 en beneficio del adolescente Eligel A.G.G., y a la orden de este Tribunal. Hágase la notificación pertinente por medio de oficio y remítase junto con el cheque.

En fecha 09 de mayo de 2013, mediante diligencia suscrita por la ciudadana M.G., titular de la cedula de identidad N° V.-7.618.814, asistida en este acto por la abogada L.L., Defensora Pública Primera (01) Especializada, en donde consigna copia certificada del acta de nacimiento del n.E.A.G.G., expedida por la Jefatura Civil de la parroquia Bolívar del municipio Maracaibo del estado Zulia, signada con el N° 275 y acta de defunción del ciudadano A.J.G.F., expedida por la Jefatura Civil de la parroquia S.L.d. municipio Maracaibo del estado Zulia, signada con el N° 192.

En fecha 14 de mayo de 2013, mediante diligencia suscrita por la ciudadana M.G., titular de la cedula de identidad N° V.-7.618.814, asistida en este acto por la abogada L.L., Defensora Pública Primera (01) Especializada, en donde consigna copia certificada de la sentencia de la Declaración de Únicos y Universales Herederos emitida por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estadio Z.S.d.J.-Juez Unipersonal N° 1.

Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 03 de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley,

Declara Terminado el presente procedimiento contentivo de Consignación de Cheque por Muerte, suscrita por el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, Dirección de Vigilancia de T.T., en beneficio del adolescente Eligel A.G.G..-Así se Decide.

• Expídanse dos (02) copias certificadas por Secretaría del presente fallo; devuélvanse sus originales a la parte interesada, previa certificación en actas por Secretaría.

• En relación a las cantidades de dinero depositadas en la entidad bancaria Bicentenario Banco Universal se resolverá mediante auto por separado.

• Publíquese regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los catorce (14) días del mes de junio de 2013.- Año: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-

La Jueza Unipersonal N° (Temporal): La Secretaria:

Abog. Mariladys Gonzalez Gonzalez Abog. Carmen Aurora Vilchez Carrero

En la misma fecha, siendo las doce (12:00) del mediodía, previo cumplimiento de las formalidades de ley, se dictó y publicó la anterior sentencia definitiva de bienes, quedando anotada bajo el N° 21, en la carpeta de Sentencias Definitivas de Bienes llevada por este Tribunal.-La Secretaria.-

Exp. N° 5251

MGG/CAVC/su**

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR