Sentencia nº AVP-005 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Político Administrativa de 24 de Septiembre de 2009

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2009
EmisorSala Político Administrativa
PonenteYolanda Jaimes Guerrero
ProcedimientoAuto de Vicepresidencia

Caracas, 23 de septiembre de 2009

199° y 150°

Vista la actuación de fecha 4 de agosto de 2009, suscrita por el Magistrado Hadel Mostafá Paolini, mediante la cual manifiesta su voluntad de inhibirse en esta causa, en virtud de haber emitido opinión en el expediente N° 2003-0881, de la nomenclatura de esta Sala, el cual se encuentra estrechamente vinculado con este asunto; y por cuanto del examen de las actas que conforman el mencionado expediente se desprende que en efecto se ha verificado la causal de inhibición alegada, esto es, la prevista en el ordinal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, aplicable a la controversia, a tenor de lo establecido en el primer aparte del artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia, es procedente declarar con lugar la inhibición propuesta por el mencionado Magistrado. Así se decide.

Practíquese la convocatoria del respectivo suplente, conjuez o conjueza, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. Cúmplase lo ordenado.

La Vicepresidenta,

Y.J.G.

La Secretaria

S.Y.G.

En veinticuatro (24) de septiembre del año dos mil nueve, se publicó y registró el anterior Auto de Vicepresidencia bajo el Nº AVP-005.

La Secretaria,

S.Y.G.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR