Se establecen los requisitos, condiciones y el trámite para que los usuarios del Sistema de Administración de Divisas que tenían como operadores cambiarios autorizados a los Bancos intervenidos por la Sudeban el 27 de noviembre y el 4 de diciembre de 2009, realicen la solicitud de autorización de adquisición de divisas destinadas al pago de consumos en el extranjero con ocasión de viajes al exterior a través de otro operador cambiario autorizado.

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