Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 17 de Noviembre de 2014

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2014
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoCumplimiento De Contrato

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, diecisiete (17) de noviembre de dos mil catorce (2014).-

Años 204º y 155°

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado J.E.G.H., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.578, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil 6025 HOTELS CORPOATION, C.A. y ARGENTARIA REAL PROPERTY CORPORATION, mediante la cual solicita dos (02) copias certificadas de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha siete (07) de noviembre de dos mil catorce (2014); el Tribunal acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena expedir por secretaría copia certificada de la actuación indicada, con inserción de la diligencia mediante la cual la solicita y del presente auto. Elabórense las copias por el procedimiento de fotostato, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

La Secretaria Temporal,

M.E.R.

AP71-R-2014-000724

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, diecisiete (17) de noviembre de dos mil catorce (2014).-

Años 204º y 155°

Vista el escrito que antecede, suscrita por la abogada C.M.T., inscrita en el Inpreabogado bajo el N°23.144 , quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil FLAMINGO BEACH HOTEL, C.A., mediante la cual solicita copia certificada de los folios desde el doscientos setenta y tres (273) al trescientos veintiséis (326), ambos inclusive, del expediente, que se refieren a actos celebrados por el ciudadano abogado J.G., y también a los poderes que ha presentado, desde el folio doscientos ochenta y cuatro (284) hasta el trescientos veintiséis (326) y dos (02) copias de la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha siete (07) de noviembre de dos mil catorce (2014); el Tribunal acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena expedir por secretaría copia certificada de la actuación indicada, con inserción de la diligencia mediante la cual la solicita y del presente auto. Elabórense las copias por el procedimiento de fotostato, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

La Secretaria Temporal,

M.E.R.

AP71-R-2014-000724

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