Decisión de Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Protección del Niño y del Adolescente de Barinas, de 8 de Julio de 2013

Fecha de Resolución 8 de Julio de 2013
EmisorJuzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Protección del Niño y del Adolescente
PonenteRosa Elena Quintero Altuve
ProcedimientoCobro De Bolívares Por Intimación

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y

DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 08 de julio del año 2013

203° y 154°

Vista la oposición formulada por el abogado en ejercicio ciudadano: A.A.R., con el carácter de co-apoderado judicial de la parte actora, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 88.542, contra la caución ofrecida por la parte demandada en el presente procedimiento; de conformidad con el segundo aparte del artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se abre una articulación probatoria de cuatro (04) días contados a partir del día siguiente a la presente fecha, dejando constancia que esta incidencia se decidirá dentro de los dos (2) días siguientes del vencimiento del lapso probatorio que por medio del presente auto se abre.

No se ordena notificar a las partes, por encontrarse a derecho.

Se ordena el cómputo por separado de los días de despacho transcurridos en este Tribunal, desde el 26 de junio de 2013 hasta el 08 de julio de 2013.

Déjese constancia en el Libro Diario.

La Jueza Suplente Especial,

R.E.Q.A.

La Secretaria,

Abg. A.N.G.

Expediente N° 2013-3575-M.

REQA/ANG/ana maria

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