Decisión de Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 2 de Mayo de 2008

Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2008
EmisorJuzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Rosa Martínez
ProcedimientoResolución De Contrato

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, de mayo del año 2008.-.

Años: 198º y 149°

Visto el anterior libelo de demanda, así como los recaudos consignados, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena emplazar a la empresa “EQUIPO BEAUJOLAIS, C.A.”, inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, hoy Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 12 de septiembre de 1997, bajo el No. 59, Tomo 149-A-Qto., en la persona de su Presidente, ciudadana I.L.R.G., venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad No. 11.160.429, para que comparezca por ante este Tribunal DENTRO DE LOS VEINTE (20) DÍAS de despacho siguientes a la constancia en autos que de su citación se haga, a fin de dar contestación a la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO, sigue en su contra la sociedad mercantil “INVERSIONES GJ-1220, C.A., dentro de las horas de despacho establecidas en la tablilla del Tribunal, tal como lo prevé el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que son las comprendidas entre las 8:30 a.m. y 2:30 p.m., compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por secretaría; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y entréguese al Alguacil de este Juzgado persona encargada de practicar la citación, previo suministro de los fotostátos respectivos, los cuales deberán ser consignados por diligencia.

LA JUEZ,

LA SECRETARIA,

DRA. M.R.M.C.

NORKA COBIS RAMÍREZ

EXP.No. 45.450

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