Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil de Monagas, de 20 de Enero de 2009

Fecha de Resolución20 de Enero de 2009
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
PonenteArturo Luces Tineo
ProcedimientoResolución De Contrato

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTE DE ENERO DE DOS MIL NUEVE

198º y 149º

Visto el escrito suscrito en fecha 15 de enero de 2009, por el abogado en ejercicio L.E.C., venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, titular de la cédula de Identidad N° V-4.024.192, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.986, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil “PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES JOTAEME”, C.A., parte demandada, mediante el cual informa al Tribunal que su representada celebró un convenimiento con la parte demandante, mediante la practica de la medida preventiva decretada con motivo del presente juicio, levantada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial; y vista igualmente la diligencia suscrita por la ciudadana S.D.R., venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.338.390, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° V-101.324, en su carácter apoderada judicial de la Sociedad mercantil INVERSIONES HEMALAYA, C.A., parte demandante, mediante la cual informa al Tribunal, lo mismo que fue alegado por la parte demandada, y acompañan copia fotostática del acta en comento; y solicitan que se homologue el convenio celebrado entre ambas partes; y evidenciándose de autos lo alegado por ambas partes y por cuanto el mismo no es contrario a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes. Se le da carácter de sentencia pasado con autoridad de cosa juzgada al convenimiento, celebrado en fecha 16 de Diciembre de 2008, mediante el acta de Embargo levantada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Punceres, Bolívar, Piar y S.B.d. esta Circunscripción Judicial, con motivo del presente juicio de RESOLUCION DE CONTRATO, propuesto por INVERSIONES HEMALAYA, C.A., contra PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES JOTAEME, C.A.. Se fija el tercer día de Despacho siguientes al de hoy, a las 11:00 a.m., a fin de que tenga lugar el acto de nombramiento de peritos avaluadores, de los bienes dados en pago. -

ABOG. A.J.L.T.

JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

LA SECRETARIA,

ABOG. YOHISCA MUJICA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-Conste

La Stria.

Exp. 31.193

tula

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