Decisión nº PJ0082014000165 de Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 20 de Junio de 2014

Fecha de Resolución20 de Junio de 2014
EmisorJuzgado Superior Octavo de lo Contencioso Tributario
PonenteDoris I. Gandica
ProcedimientoContencioso Tributario

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 20 de junio de 2014

204º y 155º

Sentencia Interlocutoria: No. PJ0082014000165.

Asunto No. AP41-U-2011-000312.

Vista la diligencia de fecha 19 de junio de 2014, suscrita por la abogada M.P.T., titular de la cédula de identidad Nº 10.849.936, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 63.226, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual expone lo siguiente:

…Solicito muy respetuosamente se sirva a decretar el Cumplimiento Voluntario de la Sentencia Nº PJ0082012000173 de fecha 20(sic) de junio de 2012, mediante la cual se declaró Sin Lugar el Recurso Contencioso Tributario, declarado definitivamente firme mediante auto de fecha 14 de febrero de 2014. Es todo…

En virtud de lo anterior este Tribunal, de conformidad con el artículo 280 del Código Orgánico Tributario, siendo que la sentencia definitiva Nº PJ0082012000173, dictada por este Tribunal en fecha 13 de junio de 2012, se encuentra definitivamente firme, DECRETA la ejecución voluntaria de la sentencia, cuyo dispositivo es del tenor siguiente:

…Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los Abogados J.M.C.T. y N.P.M., titulares de las cédula de identidad Nro. V- 13.029.769 y 11.233.427 respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 76.518 y 75.760 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente INVERSIONES LA CHUCUREÑA C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 09-09-2002, bajo el Nº 74, Tomo 145-A-Pro. Registro de Información Fiscal Nº J-30946164-8, domiciliada en la Calle el Comercio Higuerote Local S/N Edo. Miranda, contra la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2010-000442 de fecha 19 de octubre de 2010 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que confirmo el acto administrativo determinado en la Resolución N° 1476 de fecha 13-02-2008, emanada de la División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), y las Planillas de Liquidación Nros. 01-10-01-2-26-000067, mes y año 05-2006 fecha de liquidación 13-02-2008 sanción U.T 2700; la 01-10-01-2-25-000128 mes y año 05-2006, fecha de liquidación 13-02-2008 sanción U.T 12,5 para un total de 2.712,50 U.T. y la emisión de la Planilla de Liquidación por la cantidad de 05 Unidades Tributarias, de acuerdo a lo indicado al final del Capitulo I de la presente decisión.

En consecuencia:

PRIMERO: Se confirma la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2010-000442 de fecha 19 de octubre de 2010 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT),

SEGUNDO: Se condena en costas a la Contribuyente INVERSIONES LA CHUCUREÑA C.A., por el cinco por cientos (5%) de la cuantía de la presente causa…

En mérito de las consideraciones expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la ley, DECRETA LA EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la Sentencia Definitiva Nº PJ0082012000173, dictada el 13 de junio de 2012, la cual declaró SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los Abogados J.M.C.T. y N.P.M., titulares de las cédula de identidad Nro. V- 13.029.769 y 11.233.427 respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 76.518 y 75.760 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente INVERSIONES LA CHUCUREÑA C.A., contra la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2010-000442 de fecha 19 de octubre de 2010 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que confirmo el acto administrativo determinado en la Resolución N° 1476 de fecha 13-02-2008, emanada de la División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), y las Planillas de Liquidación Nros. 01-10-01-2-26-000067, mes y año 05-2006 fecha de liquidación 13-02-2008 sanción U.T 2700; la 01-10-01-2-25-000128 mes y año 05-2006, fecha de liquidación 13-02-2008 sanción U.T 12,5 para un total de 2.712,50 U.T. y la emisión de la Planilla de Liquidación por la cantidad de 05 Unidades Tributarias, de acuerdo a lo indicado al final del Capitulo I de la presente decisión.

Asimismo, se ordena notificar a la Contribuyente INVERSIONES LA CHUCUREÑA C.A., a los fines de que dé cumplimiento voluntario a la sentencia definitivamente firme Nº PJ0082012000173 dictada el 13 de junio de 2014, en tal sentido, se fija un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación para que proceda al cumplimiento voluntario de la referida sentencia.

Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación de la sentencia, el segundo para que repose en original en el respectivo copiador de sentencias

Publíquese, regístrese y notifíquese.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los veinte (20) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.

La Jueza Superior Titular,

Dra. D.I.G.A..

La Secretaria Temporal,

Abg. Rossyluz M.S..

En la fecha de hoy veinte (20) de junio del año dos mil catorce (2014) se publicó la anterior Sentencia Interlocutoria No. PJ0082014000165, a las once y dieciocho (11:18 a.m.)

La Secretaria Temporal,

Abg. Rossyluz M.S..

Asunto No. AP41-U-2011-000312

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR