Decisión de Tribunal Superior Agrario de los Estados Aragua y Carabobo de Aragua, de 11 de Julio de 2014

Fecha de Resolución11 de Julio de 2014
EmisorTribunal Superior Agrario de los Estados Aragua y Carabobo
PonenteHector Benitez
ProcedimientoRecurso Contencioso Administrativo De Nulidad

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN CARABOBO

(203° y 155°)

Maracay, once (11) de julio del año 2014

EXP.- JSAAC- 2011-0159

Vista la decisión de fecha dieciocho (18) de diciembre del año 2013, la cual declaró CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto los abogados C.R.G. y Rhaywal Parra Aguiar, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.229.423 y V-18.253.029 respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 16.264 y 133.757 en mismo orden, apoderados judiciales de la empresa C.A. INVERSIONES SIDERURGICAS “INVERSIDE”, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, de fecha veinticinco (25) de mayo de 1956, inserta bajo el Nº 79 Tomo 1-A; cuya última modificación de su documento constitutivo estatutario consta en acta de asamblea extraordinaria de accionistas celebrada el 30 de marzo de 2011, registrada en el mencionado Registro Mercantil, el 28 de junio de 2011, bajo el N° 21, Tomo 150-A-SGDO e INVERSIONES DASIVEN S.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 28 de abril de 1972, bajo el Nº 30, Tomo 42-A, cuya modificación de su documento constitutivo estatutario consta en acta de asamblea ordinaria de accionistas celebrada el veinticuatro (24) de enero de 1986, registrada por ante Registro Mercantil Segundo, el 17 de febrero de 1986, bajo el Nº 36, Tomo 30-A-Sgdo, contra el Acto Administrativo dictado en Sesión Nº EXT-163-11, Punto de Cuenta 01 del Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI), de fecha cinco (05) de agosto de 2011. De allí que, en virtud de haber transcurrido el lapso que se le concede a la Republica de conformidad con el articulo 97 de la ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica, este Tribunal Superior Agrario oye la apelación ejercida por la abogado J.S.R., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.865.519, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 120.963, apoderada judicial del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI) en fecha 21 de enero del 2014; y acuerda remitir el presente expediente -conformado por dos (02) piezas principales, la primera de ellas constante de cuatrocientos veinte (420) folios útiles, la segunda constante de doscientos cuarenta (240) folios útiles- a la Sala de Casación Social en Sala Especial Agraria del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase

EL JUEZ

ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS

EL SECRETARIO

ABG. DANIEL SUÁREZ SERRANO

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

EL SECRETARIO

ABG. DANIEL SUÁREZ SERRANO

EXP. - JSAAC- 2011-0159

HBC/kcpq.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR