Decisión de Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de Caracas, de 20 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución20 de Mayo de 2010
EmisorTribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo
PonenteBelkis Briceño
ProcedimientoRecurso Contencioso Administrativo De Nulidad

Exp. N° 1199

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL

CON SEDE EN CARACAS

Mediante escrito presentado por ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, actuando en su carácter de Distribuidor de los Juzgados Superiores en materia Contencioso Administrativa de dicha región, en fecha veintinueve (29) de octubre de dos mil nueve (2009), por la abogada E.Z.G., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 29.800 actuando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES LEPANTO, S.R.L., interpuso RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para Obras Públicas y Viviendas, a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE INQUILINATO en virtud del acto administrativo contenido en la Resolución N° 00013314, de fecha diecisiete (17) de agosto de dos mil nueve (2009).

El tres (03) de noviembre de dos mil nueve (2009), previa distribución, le correspondió a este Órgano Jurisdiccional el conocimiento de la presente causa, el cual lo recibió el cinco (05) de ese mismo mes y año. Mediante auto del doce (12) de noviembre de dos mil nueve (2009), se ordenó la solicitud de los antecedentes administrativos a la Dirección General de Inquilinato del Ministerio del Poder Popular para Obras Públicas y Viviendas relacionado con el mencionado acto.

Mediante auto dictado el quince (15) de enero de dos mil diez (2010), fue admitido el recurso contencioso administrativo de nulidad, y por cuanto fueron realizadas las respectivas notificaciones, el mencionado Juzgado acordó librar cartel de emplazamiento para los terceros interesados en fecha doce (12) de abril de dos mil diez (2010)., conforme a lo establecido en el décimo tercer aparte del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

El veintiuno (21) de abril de dos mil diez (2010) siendo las diez y cincuenta antes meridiem (10:50 a.m), fue retirado el cartel por la abogada E.T.Z.G., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 29.800, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente en el presente juicio según poder acreditado y el cual riela a los folios seis (06) y siete (07).

El veinticuatro (24) de abril de dos mil diez (2010), se publicó el cartel en el Diario Ultimas Noticias.

El diecisiete (17) de mayo de dos mil diez (2010) se consignó el mencionado cartel en la sede de este Órgano Jurisdiccional por la abogada E.T.Z.G., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 29.800, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente en el presente juicio.

Así las cosas, pasa este Juzgado a pronunciarse sobre el lapso para consignar el cartel de emplazamiento una vez publicado, a lo que resulta necesario referirse a lo establecido en el párrafo 11 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia norma legal vigente ratio temporis para la fecha en que fue librado y retirado el mencionado cartel la cual establece lo siguiente:

…Asimismo, cuando fuere procedente, en esa misma oportunidad, se podrá ordenar la citación de los interesados, por medio de carteles que se publicarán en un (1) diario de circulación nacional, para que se den por citados, en un lapso de diez (10) días hábiles siguientes: contados a partir de la publicación del cartel o de la notificación del último de los interesados. El recurrente deberá consignar un (1) ejemplar del periódico donde fue publicado el cartel, dentro de los tres (3) días siguientes a su publicación; el incumplimiento de esta obligación se entenderá que desiste del recurso, y se ordenará el archivo del expediente…

Ahora bien visto que desde el veinticuatro (24) de abril de dos mil diez (2010), fecha en que la parte actora publica el cartel en el diario Ultima Noticias al diecisiete (17) de de mayo de dos mil diez (2010), fecha en que consigna ante este Tribunal se evidencia que trascurrieron Nueve (09) días de despacho, por lo que resulta evidente que el presente cartel fue consignado ampliamente fuera del lapso de tres (03) días de despacho.

En tal sentido, este Órgano Jurisdiccional considera oportuno hacer referencia al criterio sentado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia EXP Nº 04-0370 con ponencia de la Magistrada CARMEN ZULETA DE MERCHÁN, dictada el veintiuno (21) de Junio de dos mil seis (2006), en el cual expuso:

…2.B.1) si la parte recurrente no consigna un ejemplar del cartel publicado en prensa dentro del lapso de tres (03) días de despacho siguiente a su publicación, así no se haya vencido el lapso de treinta (30) días de despacho a que alude los inicios 2.A 2.B de este fallo, el Juzgado de Sustanciación declarará desistido el recurso y ordenará el archivo del expediente de conformidad con el párrafo 12 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia…

En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la abogada E.Z.G., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 29.800 actuando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES LEPANTO, S.R.L., contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para Obras Públicas y Viviendas, a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE INQUILINATO en virtud del acto administrativo contenido en la Resolución N° 00013314, de fecha diecisiete (17) de agosto de dos mil nueve (2009). Publíquese y regístrese.

Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo, en Caracas a los veinte (20) días del mes de mayo de dos mil diez (2010).

LA JUEZ

BELKYS BRICEÑO SIFONTES LA SECRETARIA

EGLYS FERNÁNDEZ

En esta misma fecha 20-05-2010, siendo las doce meridiem (12:00) meridiem, se publicó y registró la anterior decisión.

LA SECRETARIA

EGLYS FERNÁNDEZ

Exp. Nº 1199/BBS/EFT/Msp.

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