Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de Merida (Extensión El Vigia), de 5 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2010
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control
PonenteCarlos Alberto Quintero Rivas
ProcedimientoOrden De Allanamiento

Vista dicha solicitud la cual fue presentada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, mediante la cual solicita autorización para practicar ORDEN DE ALLANAMIENTO en la siguiente dirección: SECTOR VILLA MILENIO, VIA EL ANCIANATO, PRIMERA CALLE A MANO DERECHA, CASA RURAL DE TEJAS, UNA VIVIENDA CONSTRUIDA EN BLOQUE Y CEMENTO, PAREDES FRISADAS DE COLOR AMARILLO CON BLANCO, UNA PUERTA DE ACCESO DE COLOR NEGRO, CON DOS VENTANAS Y SUS REJAS PROTECTORAS DE COLOR NEGRO, COMO PUNTO DE REFERENCIA LA TERCERA CASA ENTRANDO A MANO IZQUIERDA, PARROQUIA PULIDO MENDEZ, MUNICIPIO A.A.D.E.M., habitada presuntamente por una ciudadana apodada “ LA FLACA” con la finalidad de incautar SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal, verificado como ha sido que existe una investigación previa por ante el Despacho fiscal y que la solicitud es realizada cumpliendo con los requisitos que exige el Código Adjetivo para emitir la Orden de Allanamiento, previstos en el Artículo 211 del Código, esto es, el Señalamiento del Lugar a ser registrado, la autoridad que practicará el registro, que en el presente caso es funcionarios Adscritos a la Sub-Comisaria Policial N° 12, bajo la supervisión del funcionario Inspector (PM) J.A.P.U., y el motivo preciso del allanamiento, es Ubicar e Incautar Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, relacionados con la presente investigación, ORDENA EXPEDIR DICHA ORDEN DE ALLANAMIENTO. En consecuencia, expídase por duplicado a los fines de que una copia sea entregada a quien reside en el lugar o se encuentre en él y de este modo sea notificado, con la advertencia de que los funcionarios actuantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en los artículos 202, 210 y 212 del Código Orgánico Procesal Penal y que dicha orden caduca a los TRES (03) DÍAS contados a partir de la presente fecha.-

Así mismo devuélvase la presente solicitud al Fiscal solicitante junto con oficio.

EL JUEZ DE CONTROL Nº 04,

ABG. C.A.Q.R.

SECRETARIO(A),

ABG. ___________________

En la misma fecha se remitió orden de allanamiento, anexo a los oficios Nos.

SRIO(A),

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