Decisión de Juzgado Tercero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 20 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2011
EmisorJuzgado Tercero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteJuan Carlos Varela Ramos
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 20 de Octubre de 2011

201º y 152º

ASUNTO: AH13-V-1983-000004

Visto el escrito de fecha 04 de octubre de 2011, suscrito por la abogada S.M.O., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 11.665, este Tribunal ordena agregar dicha actuación, junto con su comprobante de presentación, previa su lectura por Secretaría, todo a los fines de que surta los efectos legales consiguientes.

Asimismo, visto el contenido del precitado escrito, mediante el cual indica haber pagado lo adeudado a la parte actora, y a tales efectos consigna documento original de la cancelación de hipoteca inscrito por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Maturín del Estado Monagas, en fecha 07 de octubre de 1996, bajo el Nº 24, Protocolo Primero, Tomo 2. En virtud de lo anterior, este Juzgado acuerda Suspender la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 04 de marzo de 1983, sobre el bien inmueble perteneciente al ciudadano L.M.J.M., parte demandada y participada a la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Maturín del Estado Monagas, con oficio Nº 445, de esa misma fecha, la cual pesa sobre el bien inmueble que se identifica a continuación:

“Una casa y el terreno sobre el cual está construida, ubicada en la Transversal 13 Nº 511 de la Urbanización “Altos de los Godos”, Sector Fundemos de la ciudad de Maturín, en Jurisdicción del Municipio San Simón, Distrito Maturín del Estado Monagas. El terreno tiene una superficie de trescientos veinticinco metros cuadrados (325 m2) y comprendida casa y terreno dentro de los siguientes linderos: NORTE: Vivienda Nº 89; SUR: Vivienda Nº 82, ESTE: Vía pública, transversal 13 que es su frente y OESTE: Vivienda Nº 60.”

Dicho inmueble pertenece al ciudadano L.M.J.M., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-2.658.964, según documento protocolizado por ante esa Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Maturín del Estado Monagas, en fecha 27 de Diciembre de 1977, bajo el Nº 77, folios 206 al 211, Protocolo Primero, Tomo 4to.

Líbrese oficio al registro correspondiente a los fines de que estampe la nota marginal respectiva y acuse recibo a este Tribunal. Igualmente, se ordena la devolución del documento original que cursa a los folios Nros. 42 al 44, dejándose en su lugar copia certificada.

EL JUEZ

DR. JUAN CARLOS VARELA RAMOS

LA SECRETARIA

Abg. DIOCELIS PÉREZ BARRETO

Asunto: AH13-V-1983-000004

JCVR/ DPB/ Iriana.-

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