Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Portuguesa (Extensión Guanare), de 7 de Enero de 2010

Fecha de Resolución 7 de Enero de 2010
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteDelivett Zujeidy Quevedo Vázquez
ProcedimientoCobro De Pretaciones Sociales

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa

Guanare, siete de enero de dos mil diez

199º y 150º

ASUNTO: PP01-L-2009-000145

PARTE ACTORA: I.S.M.B., Titular de la cedula de Identidad N° 8.066.084. domiciliada en esta ciudad de Guanare.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: F.B.M., inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 38.906.

PARTE DEMANDADA: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA INFRAESTRUCTURA (MINFRA)

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, jueves 07 de enero de 2010, siendo las 09:30 A.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el ciudadano alguacil de guardia anuncio en la sala de espera del Circuito Judicial el comienzo del acto a la hora fijada y este Juzgado deja constancia de la incomparecencia de las partes ciudadana I.S.M.B., y Ministerio Del Poder Popular Para La Infraestructura (MINFRA), quienes no se hacen presentes, ni por si, ni por medio de representantes y/o apoderado judicial alguno, en consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, al verificar la incomparecencia de ambas partes, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Desistido el presente procedimiento y terminado el proceso. Archívese el presente expediente una vez trascurrido el lapso de Ley sin que se hayan ejercido los recursos correspondientes. Leída la presente acta conforme firma, siendo las 9:45am.

La Juez

Abg. Delivett Zujeidy Quevedo Vázquez

La Secretaria.

Abg. Josefa Virginia Carmona.

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