Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Cojedes, de 4 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2011
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
PonenteDenis León Sequera
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICA

ASUNTO: HP01- L-2010-000013

PARTE ACTORA: I.B.R.P. y Y.A., titulares de las cédulas de identidad Nrosº V-15.486.980, V-16.992.291.

PARTE DEMANDADA: INSTITUTO DE CULTURA DEL ESTADO COJEDES.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS DERECHOS LABORALES.

En el día de hoy, miércoles cuatro (04) de mayo de dos mil once (2011), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) oportunidad para la celebración de la Audiencia Oral y Pública, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁSDERECHOS LABORALES, incoada por las ciudadanas I.B.R.P. y Y.A., titulares de las cédulas de identidad Nrosº V-15.486.980, V-16.992.291, respectivamente, en contra del INSTITUTO DE CULTURA DEL ESTADO COJEDES. Se deja constancia que la Audiencia será reproducida en forma audiovisual según lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a través de la Cámara de video SONY conducida por el Técnico audiovisual N.M.. Se deja constancia de la incomparecencia a la celebración de esta audiencia, tanto de la parte demandante ciudadanas I.B.R.P. y Y.A., antes identificadas, como de la parte demandada INSTITUTO DE CULTURA DEL ESTADO COJEDES, por lo que la ciudadana Jueza, ordeno al ciudadano Alguacil, hacer el llamado de los actores a las puertas de la Sala de Juicio, procediendo éste a llamar por tres (03) veces consecutivas y a viva voz a la parte demandante, no comparecieron ni por si ni por apoderado judicial alguno. En consecuencia, de conformidad con el articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDO EL PROCESO, Así se declara.

LA JUEZA TITULAR.

ABG. D.M.L.S..

LA SECRETARIA.

ABG. S.M..

EL ALGUACIL EL TECNICO AUDIOVISUAL

E.S.. T.S.U. N.M..

HP01-L-2010-000013

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