Decisión nº PJ0062014000187 de Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 29 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2014
EmisorJuzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteLuis Leon
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 29 de octubre de 2014

204º y 155º

ASUNTO: AH16-S-2008-000187

Vista la comunicación de fecha 07 de octubre de 2007, bajo el Nº 1443, emanada de la Alcaldía del Municipio El Hatillo del Distrito Metropolitano de Caracas, Estado Miranda, Dirección de Desarrollo Urbano y Catastro, en el cual se señaló que el terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías objeto de la presente solicitud, forma parte de uno de mayor extensión propiedad de la empresa GUANTARE, C.A., tal y como se evidencia de la información que reposa en el Registro Catastral bajo el Nº de Catastro 326-00-00, Nº de Cuenta 3-1-2412, Ficha Catastral Nº 25462 del 06-06-2005 y documento de Propiedad protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Sucre del Estado Miranda, bajo el Nº 13, Tomo 15 adc, protocolo Primero de fecha 28-06-1967, dicha solicitud fue presentada por el ciudadano I.B., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° V-4.635.250, debidamente asistido por la abogada en ejercicio M.A.D., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31.043, el Tribunal en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA: TITULO SUPLETORIO, para asegurar la posesión o algún derecho que pudiera tener el ciudadano I.B., antes identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas.-

EL JUEZ,

Dr. L.T.L.S..-

LA SECRETARIA ACC,

ABG. C.B..-

En esta misma fecha, se registró y publicó la anterior decisión siendo las 1:25 p.m.

LA SECRETARIA ACC,

LTLS/CB/*.-

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