Decisión de Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de Caracas, de 12 de Marzo de 2007

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2007
EmisorJuzgado Tercero Superior del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio
PonenteGreloisida Ojeda
ProcedimientoHomologación

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, doce (12) de marzo de dos mil siete ( 2007)

196º y 148º

ASUNTO : AC22-R-2005-000789

Vista la diligencia presentada en fecha 07-03-2007, por la abogada L.I.C.R., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 110.575, actuando en su carácter de apoderada judicial de la actora, mediante la cual desiste del presente procedimiento así como de la acción, este Juzgado observa que dicha profesional del derecho se encuentra debida y expresamente facultada para realizar tal actuación tal como consta en sustitución de poder de fecha 20-02-06, que riela al folio 241 del expediente. En consecuencia, se acuerda la HOMOLOGACIÓN de tal desistimiento por no ser contrario a derecho por lo cual se ordena el cierre y el archivo del presente expediente contentivo de demanda por prestaciones sociales incoada por la ciudadana I.D.Á., venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.532.989 en contra de la empresa LABORATORIOS VARGAS, S.A., domiciliada en Caracas, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 27-06-55, Nro. 90, Tomo 9-A. Y ASÍ SE DECIDE.

La Jueza

La Secretaria

Lisbeth Montes

Abg. Greloisida Ojeda Nuñez

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