Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Sucre (Extensión Carupano), de 29 de Noviembre de 2005

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2005
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteNohelia Carvajal Salazar
ProcedimientoSentencia Absolutoria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE

EXTENSIÓN CARÚPANO

TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO

Carúpano, 29 de Noviembre de 2005

195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000165

ASUNTO ANTIGUO: RP11-S-2004-002884

SENTENCIA ABSOLUTORIA

JUEZ: ABG. N.C.S.

ESCABINOS: J.R.R.F. Y

O.B.

ACUSADO: ISCAR J.S.

FISCAL: ABG. L.M.

DEFENSA: ABG. O.P.

VICTIMA: LA COLECTIVIDAD

DELITO: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS

ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS

SECRETARIA: ABG. M.G.

Este Tribunal Primero de Juicio actuando como Tribunal Mixto, conformado por la Juez Profesional Abg. N.C., quien lo preside, los Escabinos Principales: J.R.R.F. Y O.B., en ejercicio de la participación ciudadana, procede a emitir SENTENCIA en el asunto signado con el N° RP11-P-2004-000165 seguido en contra del ciudadano ISCAR J.S., quien es Venezolano, de 19 años de edad, nacido en fecha 20-06-85, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.916.653, de profesión u oficio pescador, residenciado en el Morro de Puerto Santo, Calle La Salina, Sector Los Cocos, Municipio A.d.E.S., Hijo I.S. y de C.T.L., quien es acusado por la Fiscal Primero del Ministerio Público Abogada: L.M., por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, procede a emitir la respectiva sentencia, en los términos siguientes:

DE LOS HECHOS OBJETO DEL PROCESO

Los hechos y circunstancias objeto del juicio quedaron definitivamente fijados, en el acto de apertura del debate oral, de la manera siguiente:

La Fiscal Primero del Ministerio Público, Abogada L.M., al formular su acusación expresó que:

El hecho que hoy iniciamos ocurrió en el Morro, en fecha 19-05-2004, cuando una comisión del destacamento 78 de la Guardia Nacional, se presenta en un inmueble acompañado con una orden de allanamiento expedida por el tribunal quinto de control, proceden a realizar la inspección de dicho inmueble, en presencia del único ocupante de dicho inmueble ciudadano Iscar J.S., en la habitación N° 1, no encontraron ninguna evidencia de interés criminalísticos, pero en la habitación N° 2, encontraron cinco chalecos antibalas, en el fondo del inmueble logran hacer varias excavaciones, al final del inmueble en lindero del inmueble encuentran varias panelas de marihuana, en cerca de una mata de tamarindo encuentran varias panelas de marihuana y en una especie de tanque, en un túnel, consiguen 77 panelas, que al realizar la experticia resulta ser cocaína y que dos panelas de las mismas eran panelas de jabón. Ratifico en todas sus partes, la Acusación presentada en su oportunidad legal, contra el hoy acusado sentado en esta sala, Iscar J.S.L., por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Espero que estén atentos a todo lo que pase en sala y una vez concluido el debate, puedan pronunciar la Sentencia Condenatoria, es todo.

Ante la acusación de la Representante del Ministerio Público, la defensa del acusado ISCAR J.S., ejercida por el Defensor Privado Abg. O.P., señaló:

Si bien es cierto, que la exposición de la fiscal en su planteamiento fue bastante clara a referirse a la droga incautada en dicho inmueble, es cierto y no vengo ha esta sala a discutir si se encontró o no se encontró droga, a discutir si era o no droga, no vengo a discutir eso, lo que vengo es a debatir en esta sala todos las pruebas para llegar al esclarecimiento de la verdad, para llegar a una decisión real, ustedes ciudadanos escabinos, el legislador luego de una serie de discusiones de leyes creó el COPP, con lo cual eliminó el procedimiento inquisitivo. El 19-05-04, cuando se realizó el allanamiento, el tribunal de control, otorgó una orden de allanamiento, dicha orden tuvo suficiente tiempo para realizar el allanamiento con la presencia de un fiscal del ministerio público, eso no fue así, eso se va a debatir en esta sala como se practicó el allanamiento, hay una serie de testigos y funcionarios que van a intervenir en esta sala, con lo cual se demostrará en esta sala la verdad, una vez que mi defendido fue privado de libertad, el Ministerio Público tenía un lapso para buscar pruebas tanto para inculpar como para exculpar a mi defendido, yo vengo acá a demostrar que mi defendido no se encontraba en es inmueble, demostraré en esta sala, que no vive en el sector, tiene su dirección bien definida, mi defendido no pernota fuera de su casa, es un deportista, solicito a ustedes ciudadanos escabinos que estén muy atentos y que se haga justicia, bien sea una justicia absolutoria o condenatoria, sin que para ello haya influencia de nadie.

Por su parte, el acusado ISCAR J.S., debidamente impuesto del Precepto Constitucional inserto en el artículo 49 Ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con el artículo 131 del Código Adjetivo, manifestó su deseo de rendir declaración y en tal sentido expuso:

Yo me encontraba en la playa jugando cuando se produce el allanamiento, yo terminé de jugar y venía saliendo por el callejón y un efectivo me agarró y me metió dentro de la casa y, yo le dije que era eso y me dice que no me preocupe, empezaron a registrar la casa y cuando yo le digo de que se trata, me dice que era un allanamiento y cuando consiguen la droga me amarran, después salen de la casa a buscar testigos y después vienen con los testigos, siguen excavando yo le pregunto que era eso y me dicen que era un allanamiento de la guardia nacional y, me dicen que me quedara tranquilo que no iba a pasar nada, que me quedara tranquilo y siguieron excavando, cuando consiguen el resto de la droga yo le pregunto que es eso y me dicen un allanamiento, me amarran y me tiran sobre la droga y luego me traen para la guardia de Carúpano con los demás testigos, después que le hacen la averiguación a los testigos que lo sueltan, yo le pregunto que por qué no me sueltan a mi y, me dijeron que estaba detenido, me llevaron para la policía y allí me dejaron.

Acto seguido la Fiscal interrogó al acusado, de la siguiente manera: ¿En compañía de quien estaba usted? C: Habían mucha gente en la playa jugando. ¿Era un funcionario o varios funcionarios que se acercó a usted? C: Era un funcionario y después habían varios funcionarios. ¿Hacia que casa lo metieron? C: En una casa. ¿De quien es esa casa? C: No se. ¿Qué vestimenta tenia usted puesto? C: Un pantalón gris, corto, sin camisa y descalzo. ¿Conoce a Jorjuan Laffont Salazar? C: Si es mi tío. ¿Cuándo los funcionarios le dicen para que ingrese a la casa usted fue maltratado? C: No. ¿Cómo ingresa usted a la casa? C: Me dicen que lo acompañe y lo acompañé. ¿Cómo estaba la casa? C: La casa estaba abierta, cuando yo entro a la casa tenía una puerta de madera. Como de ese color. ¿En esa casa había algún artefacto electrodoméstico, como es esa casa? C: Logre ver una nevera y una cocina. ¿Fuiste directamente al final del fondo de la casa o en el principio? C: Me dejaron en el principio y empezaron a cavar con una pala. ¿Cuántos funcionarios era? C: Como de 10 a 12 funcionarios. ¿Qué sucedió? C: Al principio realizaron una excavación y no sacaron nada, luego al centro del fondo tampoco sacaron nada, luego al lado izquierdo del final del fondo de la pared, sacaron una panela de marihuana, continuaron excavando en la mata de tamarindo consiguieron panelas, me amarraron y yo me agaché, luego en el pie del tanque cuando iba por cierta parte, después de diez minutos buscaron testigos y regresaron y sacaron la droga, ya cuando los testigos llegaron a la casa ya tenía la droga encima de mi, consiguieron unos sacos y unas cajas. ¿El sitio exacto donde tú vives? C: S.d.M.. ¿Cuánto de distancia hay entre el lugar donde se practicó el allanamiento y tu residencia? C: 1500 metros a 1600 metros. ¿Tú frecuentas ese sector? C: Cuando voy a jugar a la playa. ¿Esa tarde de los hechos ese equipo estaba constituido como siempre? C: era la misma gente. ¿Cuánto de actividad física habías estado tú realizando? C: Tres horas. ¿La persona que tu dijiste que era tu tío, cuanto tiempo tenías tu que no lo veías? C: Como un mes, ya que poco salgo de la casa. ¿Tu sabías que ese inmueble era de Jorjuan? C: No sabía, nunca lo había frecuentado ese inmueble. ¿La actividad de pesca, cada cuanto tiempo la realizas? C: de lunes a viernes. ¿Ese día que sucedieron los hechos, recuerda que día era? C: No recuerdo. Por su parte la Defensa efectuó las siguientes preguntas: ¿Ese día que estabas jugando, recuerdas cuantas personas conforman los equipos? C: Grupos de cinco. ¿Recuerdas alguno de los jugadores? C: Recuerdo a Jhonny y Erick. ¿Cuándo tú saliste del callejón donde te conduces? C: Al frente de la casa. ¿Cuándo el te dice que lo acompañes a parte de la guardia había otra persona? C: No. ¿Te informaron por qué te amarran? C: No me dijeron por qué. ¿Al momento de tu entrar a la casa habían guardias adentro? C: Si. ¿Había testigos dentro de la casa? C: No había. ¿Qué hizo la guardia nacional? C: Me desnudaron, luego me trajeron a la guardia de Carúpano y después me dijeron que estaba detenido. ¿Tu dijiste que habían de 10 a 12 funcionarios, cuando el funcionario te dice que lo acompañes donde estaban los otros funcionarios? C: tres en la casa y los demás en el fondo. ¿Dime tu dirección exacta? C: Las salinas sector las casitas. ¿Esa parte donde sucedieron los hechos recuerdas el sector? C: Sector los cocos, no recuerdo la calle, ¿Se te llegó a identificar alguno de los guardias como el que comandaba la guardia? C: No el capitán Molina me dijo te agarró el papá de los helados. ¿La guardia llevaba testigos para el momento que realizan la inspección? C: No había testigo, los testigos los sentaron a mi frente y de allí no se movieron. Los jueces efectuaron las siguientes preguntas: ¿Para llegar a la salina usted debía pasar por el sector los cocos? C: Hay otra vía y la vía mas corta es por donde se efectúa el allanamiento y necesariamente debía pasar por allí para llegar a mi casa. ¿Necesariamente tenía que pasar por allí para llegar a su casa? C: Si. ¿Por qué motivo los funcionarios le dicen que vaya a ese lugar donde estaba realizando el allanamiento? C: No se por que motivo. ¿No había mas personas por allí? C: No había.

DE LAS PRUEBAS DEBATIDAS

Conforme a lo preceptuado en el artículo 353 del Código Orgánico Procesal Penal, se procedió a la recepción de las pruebas, a tal efecto, se comenzó de la siguiente manera:

Declaró el Funcionario J.R.M.S., quien previamente juramentado dijo ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.883.484, de profesión u oficio Guardia Nacional, quien seguidamente manifestó:

Realicé reconocimiento de los objetos incautados e inspección ocular al sitio.

La representante del Ministerio Público efectuó las siguientes preguntas: ¿Su actuación giró en torno a una experticia y reconocimiento del sitio de los hechos? C: Si. ¿Ese es tu firma que aparece en la inspección? C: Si. ¿A que objeto se le practicó la experticia? C: a los objetos incautados en el sitio de los sucesos, para dejar constancia de sus características, cinco chalecos antibala, pimpina de gasolina, cartuchos de arma de fuego y un pasa montaña. ¿Usted para practicar esa experticia donde la practicó? C: Las experticias se hacen una vez que se tiene el procedimiento en el comando. ¿En esa expertita a usted solo le correspondió hacer la experticia a los objetos incautados y la experticia a la droga me imagino que la realiza el experto en drogas? C: Si. ¿Usted participó en el procedimiento donde incautaron la droga? C: No, yo estaba en el comando. ¿Reconoces como tu firma en la inspección ocular al sitio de los sucesos? C: Si es mi firma. ¿A partir del momento en que ocurren los hechos cuando te presentan en el lugar de los hechos para realizar la inspección? C: Una semana. ¿Qué observó en el inmueble? C: La vivienda estaba sola, estaba deteriorada, la entrada tiene una pared, no tiene reja ni nada, no tiene puerta de entrada, no tiene ventana, tiene una puerta de entrada y después queda la casa. ¿Tiene una puerta y una ventana? C: No tiene puerta ni ventana. ¿Cómo entró? C: Por el área del estacionamiento, que la puerta de acceso estaba caída y por allí me trasladé al patio de la casa. ¿Cómo es el patio? C: el patio tiene como de 10 a 15 metros, no tiene estructuras hechas. ¿Ese patio estaba cercado? C: Si con paredes de bloques. ¿Qué altura tenía esas paredes? C: dos metros ochentas centímetros aproximadamente. ¿Qué más tiene ese patio? C: Tiene una mata de tamarindo, un tanque para almacenar agua, que no tenía agua, al pie del tanque había un agujero. ¿La inspección abarcó el patio y todo el mueble? C: Se realizó en el patio y el inmueble tiene tres cuartos, tres baños un salón amplio, tiene su porche. ¿El porche no tiene pared ni ventana? C: La vivienda tiene una pared de protección luego viene la vivienda. ¿Tenía puerta? C: Tenía una puerta caída. ¿Esa casa estaba en proceso de construcción? C: No esa casa se estaba como cayendo, estaba deteriorada, todo lo que había allí estaba deteriorado. ¿Cuántas personas participaron en la inspección? C: Mi persona y J.R.S.. Por su parte la Defensa, efectuó las siguientes preguntas: ¿Cuándo van a la inspección ocular no hacen una evaluación final si el suceso es cerrado o abierto? C: Si. ¿Qué tipo de sitio era eso? C: El sitio del suceso es cerrado, ya que no estaba expuesta a los factores ambientales que pudieran alterarla. ¿Ustedes en la inspección hicieron mención a factores referenciales? C: Referenciales a que, se deja la ubicación exacta del inmueble, los límites de la vivienda y se describe las características. ¿Esa vivienda esta cerca de la calle? C: Frente de la vía. ¿Observaron alguna vía de acceso que conduzca de la casa a la playa? C: No porque la playa queda detrás de la vivienda queda después de la casa. ¿Recuerdas los linderos de la casa? C: No recuerdo exactamente, pero el norte es con calle los cocos y la parte de atrás es el sector las salinas. ¿Cuándo llegaste no fue preciso ingresar por la puerta principal de la casa? C: Cuando llegamos no había nadie, le tomamos fotos. ¿Se observa de la calle que la puerta estaba abierta para entrar? C: Si, es todo. Los jueces efectuaron preguntas: ¿La inspección ocular se hizo alrededor de una semana? C: No se hizo en el transcurso de la semana, es decir, no pasó de la semana. ¿En esa inspección no se puede constatar, que para el día del allanamiento esa casa era habitado por alguien? C: Al momento que nosotros fuimos no estaba habitada. ¿Había artefactos electrodomésticos? C: Habían unas neveras deterioradas.

Declaró el testigo Ciudadano J.V., quien previamente juramentado dijo ser venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 2.412.953, residenciado en Los Cocos, casa S/N, el Morro, quien manifestó

No tengo conocimiento de los hechos, es todo.

La Fiscal del Ministerio Público Abg. L.M., interrogó lo siguientes: ¿Usted tuvo conocimiento de ese hecho? C: Yo fui testigo llamado por ellos para que presenciara ¿En que lugar vive usted? C: a cuatro casas. ¿Quinen lo llamóy que le dijo? C: Un guardia y me dijo que le sirviera como testigo. ¿Qué hizo usted? C: Fui. ¿Qué hizo usted? C: Entre a la casa ya el señor coronel estaba en la casa. ¿Qué vió usted? C: me metieron en un cuarto no había nada, después se metieron en otro cuarto y habían unas chaquetas y un pasa montaña, luego me llevaron y me pareció una sorpresa ver al muchacho que tienen preso, ya que no es un muchacho malo. ¿Usted lo conoce? C: Si. ¿Dónde lo veía usted siempre? C: Jugando en la playa. ¿Pasó al fondo de la casa que vió usted? C: Vi al muchacho y empezaron a registrar. ¿Quiénes ellos? C: Los guardias. ¿Cuántos guardias eran? Cuatro a cinco. ¿Usted recordara que ropa tenía puesta el muchacho? C: No recuerdo, lo vi sin camisa, el pantalón tenia pero no recuerdo el color. ¿Qué hicieron los guardias? C: Cavaban, en una mata y sacaron unas seis bolsas, después cavaron en un tanque y sacaron lo demás. ¿Usted presenció cuando cavaban? C: Si. ¿Con que cavaban? C: Con la mano. ¿Cada vez que sacaban algo usted lo veía. Usted vio todo eso? C: Si. ¿Quiénes mas estaban allí como testigos? C: Si éramos como cinco, fueron llamados que venían y ellos lo llamaban. ¿Cómo fue el trato? C: Bien. ¿En esa casa usted vió otros objetos como cama, nevera? C: Televisor si vi, una cama y unos corotos. ¿En el momento que llegó al fondo de la casa en que tiempo llegaron los otros testigos ya estaban los testigos? C: Ya había unos. ¿La Guardia espero que llegaran todo los testigos para realizar la excavación? C: La guardia realizó la excavación cuando estábamos todos. ¿Qué paso después? C Nos trasladaron hasta el comando y declaramos, el trato en el comando fue bien. ¿En algún momento alguien le dijo que estaba un fiscal? C: Si vi que llegó la fiscal. ¿En que carro venían ustedes? C: En un carro de la guardia. ¿Cómo venía el muchacho? C: NO recuerdo como venia él, venia sin camisa y uno de los testigos le dieron la camisa para que se la pusiera. ¿En presencia de usted la guardia maltrato a I.J.? C: No. Por su parte la Defensa Privada, efectuó las siguientes preguntas: ¿Usted vive a cuatro casas de donde están realizando el allanamiento? C: Si. ¿De la casa de donde practicaban el allanamiento había acceso para ir a la playa? C: Un callejón que queda cerca. ¿Si usted esta en la playa y decide venirse por ese callejón donde sale? C: Frente de la casa donde hubo el allanamiento. ¿Cuándo usted lo llaman ya había guardias dentro de la casa? C: Si. ¿Cuándo usted llego, los guardias ya estaban cavando o empezaron acabar después que usted llego? C: Después que yo llegue. ¿Usted dijo que había visto la fiscal donde fue? C: En el comando de la guardia de Carúpano. Los jueces efectuaron las siguientes preguntas: ¿Cuándo usted llegó los otros testigos estaban allí? C: Los testigos entramos casi juntos. ¿Usted vió lo que sacaron? C: Lo vimos todos los testigos. ¿Dónde estaba el muchacho? C: En la pared, lo tenían con las manos atrás. ¿Esa casa estaba desalojada o estaba habitada? C: Al principio la vi habitada, ya que estaba una muchacha, después no se si estaba habitada o no. ¿En la tarde que labor ejecuta usted? C: Yo tengo una bodeguita y me la paso allí y después en la noche juego dominó. ¿Usted no había visto al ciudadano Iscar cerca de la casa? C: Ellos se la pasaban cerca de la casa jugando Fútbol. ¿Usted dice que conoce a Iscar desde pequeño? C: Si lo conozco desde pequeño y siempre jugaba fútbol. ¿Quién vive en esa casa? C: No se. ¿Usted conoce a la familia de Iscar? C: Si. ¿El tiene algún tío que se llama Jorjuan? C: Por nombre propio no conozco. ¿Hay algún familiar de Iscar, que sea propietario de esa casa que allanaron? C: Un tío.

Declaró el testigo O.R.S.M., quien previamente juramentado dijo ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.829.029, residenciado en El Morro de Puerto Santo, Calle el Cementerio, casa S/N, quien manifestó:

“Entré y me asombré, por un niño que lo tenían amarrado y después tuvieron trabajando y encontraron unas bolsas y unas cajas y, me dejaron parado para que viera lo que había y sacaron unos paquetes, allí estuve parado, después caminaron y sacaron otras bolsas mas y primera vez que yo veo al muchacho amarrado allí, ya que el juega fútbol en la playa. La Fiscal Primero del Ministerio Público Abg. L.M., interrogó lo siguiente: A que hora le solicita la colaboración la Guardia Nacional? C: Cuatro de la tarde. ¿Dónde lo metió el Guardia? C: En una casa donde no vive nadie. ¿Dónde vive usted? C: Yo tengo dos casas una frente al cementerio y otra en los cocos. ¿Dónde ocurrieron los hechos? C: En calle los cocos. ¿Usted conoce al muchacho que usted dice que vio amarrado? C: Lo conozco desde niño. ¿Conoce a la familia de ese muchacho? C: Si. ¿Son amigos de usted? C: No. Son mis amigos. ¿Cuántos guardias le solicitaron la colaboración? C: un guardia. ¿Usted iba para casa de sus hijo o ya venía? C: Yo fui a llevar una harina y un pescado a mi hijo y cuando venía estaba el muchacho jugando. ¿Cuándo entró a la casa donde lo llevaron? C: El señor me pasó directamente para el fondo. ¿Quiénes estaban en el fondo? C: Estaban unos guardias unos testigos y el muchacho, yo fui el último que llego allí. ¿Cuándo usted entra es que empiezan a registrar? C: Estaban sacando y sacaron cuatros cajas y un saco. ¿Cuantas veces sacaron o excavaron? C: Sacaron una sola vez. ¿Qué vio usted? C: Cuatro cajas y un saco, me enseñaron una pimpina. ¿Dentro de las cajas que había? C: Sacaron una panelas y la pusieron amontonada allí y no me dijeron nada. ¿Qué le decían ellos? C: Que viera lo que ellos estaban haciendo. ¿En ese carro vino la persona que estaba en el fondo de la casa? C: El se vino en otro carro. ¿Usted vio cuando lo embarcaron en otro carro? C: No. ¿Usted vio si la guardia le pegó o lo maltrató? C: Yo no vi. ¿Desde cuando conoce usted a Iscar? C: Yo lo veo todos los días calando en un botecito. ¿Una vez en la guardia nacional que pasó allí? C: Allí pesaron las panelas y presentaron cinco chalecos. ¿Allí había guardias nacionales? C: Si. ¿Cómo lo trataron a usted? C: Bien. ¿En algún momento le señalaron que había un fiscal del ministerio público? C: Yo la mire a usted que estaba allí. ¿Usted sabe quien ocupa esa casa? C: No. ¿Qué distancia vive usted de esa casa? C: Mas o menos ochocientos metros. ¿Siempre pasa por allí? C: a toda hora. ¿Qué trabaja usted? C: Soy pescador, soy mecánico. ¿Usted conoce a toda la familia de Iscar? C: Si. ¿Usted Conoce a Jorjuan Laffont Salazar? C: No. ¿Usted sabe firmar? C: Un poquito. ¿Esta es su firma? C: Si es mi firma. Por su parte la Defensa efectuó las siguientes preguntas: ¿Cuando a usted lo llaman el guardia nacional y le pide la colaboración de ingresar usted observó más guardias? C: No. ¿El le pidió la colaboración para entrar a la casa? C: Me pidió la cédula. ¿Usted observó dentro de la casa más guardia? C: En el fondo había un poco de guardias. ¿Cuando lo llevaron al fondo habían testigos? C: Tres mas. ¿Al usted llegar ya habían sacado panelas? C: Estaban sacando. ¿Hay alguna vía de acceso que se comunique desde la playa a esa casa de donde hicieron el allanamiento? C: No hay acceso. Los jueces efectuaron las siguientes preguntas: ¿De quien es esa casa? C: Allí Vivían unos señores, pero no se que pasó con esa casa. ¿La gente que vivía allí era familia de Iscar? C: No. ¿Iscar se la pasaba en esa casa? C: Los papá de el tienen una casa mas distante de esa casa, como treinta metros a cuarenta metros. ¿Usted había visto a Iscar más ante en esa casa? C: no. ¿Usted es amigo de la señora Teresa? C: Conocido.

Seguidamente la Juez ordena pasar a la sala al testigo Ciudadano A.J.R.L., quien previamente juramentado dijo ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.781.518, residenciado en Las Salinas, Casa S/N; el Morro, quien seguidamente expone: Yo me encontraba en la playa jugando, estaba el señor y luego como el perdió el se fué y como al rato yo perdí y me fui por el callejón para mi casa y el guardia estaba allí, me pidió la cédula, me revisaron me pidieron cédula yo le dije que no tenía y me pegaron contra la pared, luego me metieron para la casa y un capitán me dijo que era un allanamiento; cuando paso para la casa me quedé sorprendido ya que el muchacho estaba con nosotros antes jugando fútbol, luego hicieron unos huecos y consiguieron una cajas y una pimpinas y después me trasladaron pasa acá. La representante del Ministerio Público efectuó las siguientes preguntas: ¿Cuándo ocurren los hechos? C: No recuerdo, era en la tarde como de doce y media a una. ¿Una vez que el pierde que observó? C: El se baño y al rato no lo vi más. ¿Cuándo el equipo de él pierde, que hace usted? C: Jugué otro partido. ¿Cuánto demora un partido de Fútbol? C: Depende de un minuto tres minutos, depende de que si se estaba jugando a un gol. ¿Cuántos jugadores integran el equipo? C: Tres por cada equipo, seis personas. ¿Tu presumes que si se mete el gol rápido termina y si no? C: Dura media hora, treinta minutos. ¿Ustedes tiene un sitio para jugar? C: En la playa. ¿Todas las tardes se reúnen allí? C: Jugamos en la tarde. ¿Cuándo terminó el partido usted se baño en la playa? C: Estaba bañado de arena. ¿Qué hizo usted? C: Le dije a mi compañero para irme. ¿Quién lo abordó a usted? C: Un guardia afuera y después el guardia me agarró y me pegó de la pared. ¿Qué ocurrió posteriormente? C: Mandé al muchacho a buscar mi cédula. ¿Qué pasó después? C: La guardia me dijo que era un allanamiento. ¿Qué hiciste tú dentro de la casa? C: Me quedé tranquilo. ¿Qué hiciste en la casa? C: Me dicen pasa para acá y buscaron otros testigos. ¿A dónde llegaron los otros testigos? C: A la casa. ¿Qué viste tú? C: Visite un cuarto, estaba unos chalecos. ¿Qué hicieron después? C: Me llevaron para el fondo. ¿Usted logró ver algunos objetos como cama, nevera? C: NO era una casa abandonada. ¿Qué paso después? C: Me pasaron hacia atrás y lo vi a el y me quede sorprendido. ¿Qué hicieron los guardias? C: Cavaron, dos veces. ¿Tú recuerdas donde ellos excavaron? C: Debajo de un tanque y encontraron unos sacos y unas cajas, unas pimpinas y mostraron una broma y no se que era. ¿Usted recuerda que vestimenta tenía Iscar puesta? C: En Short, sin camisa y descalzo. ¿Usted vió si la guardia le pegó a Iscar? C: No. ¿Usted conocía esa casa? C: No. ¿Usted conoce a Iscar de la Salina o de los Juegos? C: Del pueblo y de los juegos. ¿A que distancia vive usted? C: Una distancia no se la distancia. ¿Hay varios callejones? C: La casa de el es lejos y la mía mas lejos. ¿Cuanto de distancia? C: De ochocientos metros o mas lejos no se. ¿Ese tránsito lo utilizan ustedes frecuentemente? C: Si. ¿Dónde lo intercepta la guardia? C: Saliendo del callejón, al frente de la casa. ¿Por qué usted dice que la casa estaba abandonada? C: Porque la veo sola, no veo a nadie. ¿Usted siempre pasa por allí? C: Cuando voy a jugar fútbol, paso eventualmente. ¿Esa casa el fondo esta al aire libre? C: Esta cerrado de bloques, no recuerdo muy bien. ¿Qué hizo la guardia con ustedes? C: Nos trasladaron para Carúpano. ¿En presencia de usted se peso la droga? C: No recuerdo. ¿En el carro que usted lo trasladan, venia usted y los demás testigos? C: Si. ¿El hoy acusado donde venía? C: En el carro.- ¿Cómo venía el acusado en el carro? C: Venía atado. La Defensa Privada, efectuó las siguientes preguntas: ¿Cuando el Guardia te pide la cédula había más guardia? C: Había otro. ¿Había Guardias dentro de la casa? C: Seis, siete ocho. ¿Estaban cavando cuando llegaste? C: No habían cavado, ¿Ese callejón donde te detiene la guardia donde sale? C: Al frente de la casa. Acto seguido los jueces efectuaron las siguientes preguntas: ¿A que broma se refería usted cuando dice que le mostraron una broma? C: No se. ¿Los guardias le mostraron lo que contenía los sacos que usted mencionó? C: No, un guardia dijo que era droga. ¿En esa casa abandonada usted había visto a Iscar? C: No. ¿A quien pertenece esa casa? C: No se.

Declaró el testigo ciudadano Uglis R.C., quien previamente juramentado dijo ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.439.618, residenciado en Las Salinas, casa S/N, El Morro, quien manifestó:

Yo estaba casa de la suegra y estaba armando un marco de la puerta y cuando estoy esperando el cuñado, me llamó la guardia y me llamó para que lo acompañara y le sirviera de testigo, luego me metieron para dentro donde estaban haciendo el allanamiento.

La Fiscal Primero del Ministerio Público, interrogó de la siguiente manera: ¿Cuándo ocurrieron los hechos? C: Mas de un año. ¿A que hora ocurrió eso? C: En la tarde como a las tres, cuatro de la tarde. ¿La casa de su suegra queda cerca o lejos de la casa donde se hizo el allanamiento? C: Cerca, la separa un callejón. ¿Cuándo el guardia se dirige a usted que le dijo? C: que si tenía la cédula y le dije que no y la mandé a buscar. ¿Qué le dijo el guardia? C: Me pidió la cédula y me dijo que pasara para ver un allanamiento. ¿Cuándo el le dice para pasar que hicieron? C: Pasamos al fondo y cuando yo llegué estaban sacando debajo de un tanque unos bolsos con unos paquetes y ya estaban otros testigos. ¿Usted observó cuando estaban haciendo los huecos? C: Cuando estaban haciendo el del tanque y sacaron unos bolsos y sacaron varias panelas. ¿Los guardias le dijeron que era eso? C: Destaparon una y nos dijeron que era droga, un polvo blanco. ¿Cuántos guardias había en el fondo? C: cinco a seis. ¿Cómo estaba el acusado? C: Estaba sentado con las manos amarradas. ¿Qué tenía el Acusado? C: Estaba sentado, tranquilo, lleno de arena, con un pantalón corto. ¿La Guardia le pegó en presencia de ustedes? C: No. ¿Cómo era el terreno de la casa? Arenoso con raíces de mata de coco. ¿Todos esos fondos son arenosos con raíces de mata de coco? C: Si. ¿Ese fondo estaba cercado? C: Estaba cercado de pared de bloques, y una estaba deteriorada. ¿Podría decir le altura de la pared? C: Dos metros y medio. ¿Cuándo usted entró a la casa usted pudo observar que la casa tenía puerta? C: No estuve pendiente. ¿Qué vió en la casa? C: A mi me pasaron para la parte de atrás ¿Usted reconoce esta firma, es su firma? C: Si es mi firma. ¿Qué hicieron ustedes después del allanamiento? C: Nos montaron el los carros y nos trasladaron para la guardia. ¿Qué pasó allí? C: Se fue la luz. ¿En la guardia se pesó la droga? C: Estaban pesando la droga. ¿Había un Fiscal del Ministerio Público allí? C: si. ¿En que momento ustedes declararon antes del pesaje o después? C: Antes del pesaje. ¿Cómo fue el trato que usted recibió y los demás testigos? C: Nosotros llegamos y nos pusieron a declarar todo lo visto. Por su parte la Defensa efectuó la siguientes preguntas: ¿Tu siempre frecuentas la casa de tu suegra? C: La visito en la semana. ¿Desde donde tu estas se observa la casa donde estaban realizando el allanamiento? C: Si. ¿Tú observaste cuando llegó la guardia a esa casa? C: No. ¿Antes de llamarte ya tu sabías que la guardia esta allí? C: Si. ¿La guardia ya estaba allí? C: Si. ¿Cuantos guardias había allí? C: Como seis, cinco. ¿Cuándo los guardias estaban allí tu observaste que allí había un fiscal? C: Haya no. ¿Esa casa tiene otra entrada? C: La entrada principal. ¿Hacia donde queda la casa de donde se realizó el allanamiento? C: A la izquierda. ¿El callejón es largo? C: Una parte más o menos, es un callejón pequeño. Los jueces efectuaron las siguientes preguntas: ¿Usted conoce al imputado? C: Lo conozco del morro. ¿El día del allanamiento a que hora había llegado? C: Una hora antes. ¿Ya la guardia estaba en la casa? C: Yo acababa de llegar. ¿De la casa del allanamiento, que hay del otro lado? C: Esta es la pared de los dos callejones. ¿Tu conoces al muchacho que actividad realiza? Jugador, haciendo deportes. ¿Trabaja? C: Pesca. ¿La casa estaba habitada? C: No. ¿Tú viste si la casa estaba limpia? Estaba desordenada.

Declaró el funcionario Capitán Guardia Nacional R.R.M.L., quien previamente juramentado dijo ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.495.791, de profesión u oficio Militar Grado Capitán Guardia Nacional, actualmente desempeñando el cargo de Comandante de la Segunda Compañía Destacamento 74 con sede en Anaco Estado Anzoátegui, quien manifestó:

En fecha 19-05-04, me trasladé al mando de una comisión al sector los cocos del morro de puerto santo, para efectuar un allanamiento autorizado por la fiscalía Primera del Ministerio Público, donde se presumía la venta de drogas según información manejada por inteligencia, llegado al sector llegamos a la casa calle los cocos casa S/N, frisada pero sin pintura, inclusive en las acta se puede observar las fotos de la vivienda, ubicamos cuatro ciudadanos que sirvieran de testigo, rodeamos la casa, el primer cuarto la puerta estaba entre abierta y viendo a través de la ventana observamos al ciudadano Iscar en el primer cuarto, en compañía de los cuatros testigos le hicimos del conocimiento del allanamiento y procedimos a realizar el allanamiento, el se identificó, revisamos el segundo cuarto y encontramos una red de pesca, en la siguiente habitación localizamos 5 chalecos antibalas y un bolsos contentivo de 27 cartuchos sin percutir y un pasamontaña, revisamos el área de la cocina donde estaba la nevera y los utensilios de cocina, pasamos al pateo revisamos el área del fondo, pegado a la pared donde estaba la basura y, en presencia de los testigos ubicamos 5 panelas dos de color amarilla, dos de color roja y una de color roja y amarilla, al lado izquierdo, al lado de la mata de tamarindo ubicamos cuatro, seguimos cavando en el sector del patio, en la parte derecha del tanque pudimos cavar y verificar en la parte de abajo del tanque en la parte subterránea, se encontró dos cajas de cartón, un saco con una bolsa negra y una bolsa de nailon color azul, donde se incautaron la cantidad de 77 panelas de cocaína, todo este procedimiento efectuado en presencia de los testigos, durante la revisión del inmueble se determinó que la casa era propiedad de un ciudadano llamado Jorjuan J.L.S..

La representante del Ministerio Público, efectuó loa siguientes preguntas: ¿Aproximadamente a que hora se apersonan en el lugar de los hechos? C: 4 de la tarde con 10 guardias nacionales. ¿Cuál fue su actuación inicial? C: Ubicar cuatro testigos para que presenciarán los hechos: ¿Dónde ubicaron esos cuatros testigos? C: Lo ubicamos en el lugar de los hechos. ¿Le informaron que iban a realizar? C: Le informamos que íbamos a realizar un allanamiento. ¿En que lugar estaba Iscar en la casa? C: Estaba en el cuarto izquierdo de la casa, le dijimos que íbamos a practicar un allanamiento, el manifestó que se encontraba allí y que se encontraba cuidando la casa y que esa casa era de un familiar de él, le informamos que íbamos a practicar el allanamiento y el nos acompañó al recorrido dentro de la casa. ¿Cómo se practicó el recorrido de la casa? C: Se hizo cuarto por cuarto, luego la cocina, y se puede decir que la cocina era de uso diaria y, se pudo observar que en la dispensa había comida para uso diario. ¿Las condiciones de la casa? C: Era una casa habitable, no con todas las comodidades, pero si había cama televisor equipo de sonido, esto estaba donde estaba acostado el señor. ¿En el fondo que apreciaron? C: Revisamos el fondo y al final del fondo se encontró 5 panelas, luego a mano izquierda en la mata de tamarindo se localizó cuatro panelas y posteriormente en la parte del tanque, en el lado derecho conseguimos unas cajas y una bolsa negra, los testigos siempre estuvieron con nosotros. ¿Los testigos siempre estuvieron con ustedes? C: Si ellos los testigos presenciaron en todo momento el allanamiento. ¿Qué utensilios utilizaban ustedes para las excavaciones? C: Una pala, y esperando que llegaran mas picos y palas. ¿Cuántos funcionarios entraron a la casa? C: 4 funcionarios. ¿La seguridad se prestó al rededor de toda la casa? C: Si. ¿Durante el allanamiento se permitió la entrada de un tercero a la casa? C: NO. ¿La cerca de esa casa, usted recuerda como era? C: Era de bloque, aproximadamente como de dos metros y medio a tres, no recuerdo exactamente. ¿Cómo fue la aptitud que asumió el acusado? C: Estaba tranquilo. ¿Cómo estaba vestido? C: Con un short y sin camisa. ¿En que lugar mantuvieron al acusado? C: Al momento lo teníamos al lado de los mismos testigos, cuando localizamos los chalecos y la balas, lo esposamos, es decir lo amarramos. ¿Ustedes torturaron al acusado? C: En ningún momento se le causó maltrato físico, ni verbal. ¿Los testigos le manifestaron que conocían al hoy acusado? C: Manifestaron que el vivía allí y que el salía de campaña a pescar. ¿Le manifestaron de quien era la casa? C: Manifestaron que no sabían de quien era la casa, pero que allí funcionaba la casa parroquial anteriormente, pero verificamos que la casa era propiedad de Jorjuan Laffatn y que era tío de Iscar. ¿A que hora llegan al comando de la guardia nacional? C: 8 de la noche, luego le comunicamos al Fiscal del ministerio público, que era usted, logramos el pesaje, solicitamos la presencia del médico forense, informamos al comando superior. ¿Allí se cumplió la cadena de custodia? C: Si, allí se cumplió la cadena de custodia. ¿Cómo se hizo la entrevista de esos testigos? C: Fue uno por uno, para evitar hacer una entrevista mancomunada, sino que cada uno fuera manifestado lo sucedido. ¿El frente del inmueble como es? C: Es una casa que la ventana esta sin rejas, el friso es solamente en cemento, no esta pintada, el porche no tiene mueble y la puerta a través de la ventana se veía donde estaba el joven en el cuarto. ¿La casa estaba abandonada? C: En ningún momento estaba abandonada, cumplía con las normas mínimas de seguridad, todos los cuartos tenían seguridad. ¿Cómo estaba el tanque? C: El tanque estaba vacío y por debajo del tanque es que localizamos la droga. Por su parte la Defensa efectuó las siguientes preguntas: ¿Cuánto tiempo antes le notifican a usted que van a practicar ese allanamiento? C. Para ese tiempo me desempeñaba como comandante de compañía, yo mismo designo las personas para que realice las averiguaciones de inteligencia y yo mismo solicito el allanamiento. ¿Cuándo practica la orden de allanamiento ya tiene una información precisa del bien a revisar? C: Si. ¿En ese procedimiento por qué no se hizo conocimiento al fiscal del ministerio público para practicar el allanamiento? C: Nosotros le informamos a la fiscal vía telefónica del procedimiento que estábamos realizando. ¿Cuántos funcionarios practicaron el allanamiento? C; Fuimos 10 funcionarios, pero a la casa entramos 4 funcionarios. ¿Ustedes entran a la casa o tuvieron que buscar los testigos? C: Cuando tocamos la puerta ya estaban con nosotros cuatro testigos. ¿Para entrar al fondo por donde entran? C: Por dentro de la casa. ¿Cuándo ustedes toman o descubren la droga usted trasladan la droga en ese momento o posterior a ese momento, le fue tomada por la prensa alguna fotografía a mi representado? C: no. ¿Ustedes colectaron debidamente todas esas evidencias? C: Si. ¿Una vez colectada las evidencias la colocaron en alguna bolsa o saco, para su no contaminación? C: No, cuando uno incauta una evidencia ya tiene todas las medidas de seguridad y hasta tanto no se le realice la experticia no tengo la certeza si es droga o no, posteriormente es que se realiza la experticia técnica, ¿Usted ha participado en otros procedimientos donde se presuma la incautación de droga? C: Si. ¿No llevaron algo que le condujera que lo incautada sea droga? C: No, era imposible que nosotros les dijéramos a los testigos que íbamos a conseguir drogas, ya que nosotros no somos adivinos. ¿Desde la ventana se puede observar el interior de la casa, es decir los cuarto? C: Si. ¿Usted observó a través de las ventanas o tuvo que tocar para ver a la persona? C: Observamos y solo se oía el televisor, tocamos y salió el ciudadano, la casa estaba rodeada. ¿No hubo la incorporación de otros funcionarios al allanamiento? C: No. ¿Quién le iba a traer los otros implementos que necesitaban para cavar? C: El otro personal que estaba en Rió caribe, y lo trajeron. ¿Los testigos presénciales, todos o uno de ellos fueron los que le informaron sobre que Iscar vivía en la casa? C: No recuerdo, es todo. Los jueces efectuaron las siguientes preguntas: ¿Quién busca los testigos? C: Designé a unos funcionarios para que los buscaran. ¿Dónde lo localizamos? C: Cerca de la casa. ¿La puerta estaba cerrada? C: La puerta estaba cerrada, tocamos fuerte, se oía el televisor y tocamos fuerte y luego salió el ciudadano. ¿Cuanto tiempo duró la investigación? C: 5 días. ¿La investigación arrojó que la casa era habitada por el ciudadano hoy acusado? C: Se obtuvo información que el día anterior estaba habitada por personas. ¿Durante la investigación se pudo determinar que la persona hoy acusada era la que cuidaba esa droga? C: Cuando llegamos al lugar es que vimos que el ciudadano estaba presente en el lugar de los hechos. ¿Se pudo incautar prendas de vestir? C: Si existía prendas de vestir, más ropa, la cama tendida, sabana. ¿Cómo estaba vestido el ciudadano hoy acusado? C: Para el momento del allanamiento se encontraba con una bermuda. ¿Los testigos estaban presentes en el momento del allanamiento? C: Estuvieron presente en todo el allanamiento. ¿Usted vio al acusado salir de esa habitación? C: Si. ¿Una vez que logran la incautación de la droga que le dijo el acusado? C: Decía que no sabia nada y que el solo estaba cuidando la casa. ¿Ese documento de la casa donde se señala que el ciudadano Jorjuan Laffont Salazar, es propietario de la casa, la incautó en la casa? C: Se encontró en la casa en el primer cuarto, se encontró un documento de compra venta, mas un depósito bancario del Banco de Venezuela, depositando 40 mil Bolívares al Registro Subalterno. ¿La casa cuanto tiempo tenía de haber sido comprada según el documento incautado? C: El depósito tiene fecha 07-08-03 y el documento de compra venta establece la fecha 05-08-03. ¿Quién le vende al ciudadano Jorjuan? C: R.d.J.R.. ¿Le efectuaron preguntas a los testigos, si el acusado habitaba la casa? C: Ellos manifestaban que conocían al acusado y no querían emitir respuestas al respecto. ¿Se negaron a contestar preguntas? C: Decían que lo conocían y que no declaraban ya que después podían ser perjudicados.

Declaró la Experto Ciudadana Gipsy J.L., quien previamente juramentado dijo ser venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.225.841, de profesión u oficio Farmacéutico Toxicóloga Adscrito al Laboratorio Científico de la Región de Oriente de la Guardia Nacional Sede Puerto la Cruz, quien expuso:

Mi participación fue realizar la Experticia Química a la sustancia incautada, mi labor surge a petición de la fiscalía Primera del Ministerio Público, para realizar una experticia química a una sustancia incautada, nos reunimos en la sede de la compañía de la guardia nacional de esta ciudad, recibí 77 panelas y 9 envoltorios de distintas tamaños, las 77 panelas las enumeramos en forma correlativa, desde la N° 1 hasta la N° 77 y los otros nueve envoltorio las enumeramos del N° 1 hasta la N° 9. las panelas tenían varias etiquetas en su envoltorio, se encontró una sustancia de color blanco, de olor penetrante y se le realizó la prueba de orientación y con el reactivo de scott, se determinó que estábamos en presencia de cocaína clorhidrato, vale decir, que la muestra N° 76 eran tres panelas de jabón de la marca las llaves, los otros nueve envoltorios los destapamos y encontramos como contenido una sustancia vegetal y, esa sustancia se corresponde a la planta denominada camnabis sativa, que es conocida comúnmente como marihuana, se practicó la prueba de orientación con el reactivo y arrojó que era marihuana, se realizó el pesaje y, arrojó un pesaje de 75 kilogramos, la marihuana tenían un peso de 5, 96 Kilogramos, se tomó una muestra y la demás drogas se precintó y, se dejó en la sede de la guardia nacional de esta ciudad, luego me trasladé hasta la sede de mi laboratorio para realizar la experticia química, en el caso de la marihuana y la cocaína arrojó su banda, las panelas una vez en el material que la compactaban, se observó varias figuras de relieve, tales como un escorpión, una G, un diablito, entre otras, es decir, varias figuras que según es la utilizada por los distintos carteles. La representante del Ministerio Público efectuó las siguientes preguntas: ¿Su actuación cual fue? C La inspección técnica judicial, la verificación es la parte que yo hago para determinar si es droga o no y la experticia es lo que se plasma al papel, en resumen lo que hice fue realizar el pesaje bruto y clasificar el tipo de material. ¿Cuándo usted procede hacer el levantamiento de las capas del envoltorio, esas primeras capas que te determina eso? C: Me determina si es droga o no. ¿Y en este caso? C: Me determina si es cocaína o heroína, si me da el color azul turquesa me refería a cocaína y en el caso del vegetal y con la experiencia y por el tipo de sustancias al presentar las características botánicas y con el aroma y el aspecto características y las semillas, a simple vista se determina que es marihuana y luego se practica la experticia, ¿Esa prueba se hace en presencia de quien? C: Estaba el Tribunal, Fiscalía, Defensa, Imputado, Guardia Nacional. ¿Esa experticia la practicó el día 20-05-03? C: Si el 20-05-03, antes del medio día, no recuerdo exactamente la hora. ¿Señalar el grado de pureza de la sustancia en que momento precisan para determinar ese tipo de pureza? C: Se hace en la practica y con la experiencia se puede determinar el grado de pureza, por las características, sin embargo acudimos al análisis químico, que nos determina que tiene un 98 por ciento de pureza en la cocaína y, en la marihuana también se puede determinar por las característica de la sustancias y se le practicó su prueba. ¿El peso neto de la cocaína? 75, 890 Kilogramos y la marihuana 5, 195 Kilogramos. Los jueces efectuaron las siguientes preguntas:¿En que forma afecta a la salud, el consumo de estas sustancias? C: En este caso se sabe que son sustancias que causan perjuicio tanto en la conducta o cambio en la personalidad y en los sentidos, entre otras cosas alteran el orden familiar, social, de las personas, la cocaína es una sustancia estimulante. Es decir producen alteraciones tanto físico, psíquica, ya que le producen alteraciones del sistema nervioso central, por lo que la persona empieza a alucinar en el caso del consumo de marihuana y en la cocaína se creen fuertes; el consumo continuo de estas sustancias crea un estado de dependencia, por lo que las personas llegan hasta matar para seguir consumiendo tales sustancias; por ello afecta gravemente el entorno social.

Declaró el ciudadano H.R.C., quien previamente juramentado dijo ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.427.920, de profesión u oficio Pescador y domiciliado en Sector las salinas, Casa N° 21 del Morro de Puerto santo, quien manifestó:

Ese día estaba en el mar en labores de pesca, entre 5 y 6 de la tarde estaba llegando a la casa, después de haber realizado las labores de pesca, no tengo conocimiento de esa droga es todo.

La defensa efectuó las siguientes preguntas: ¿Tú te llegaste a enterar del allanamiento? C: Estaba en la mar pescando. ¿Cuándo te enteraste tú? C: Al siguiente día. ¿Que comentaban? C: Que se había practicado un allanamiento en calle los cocos. ¿Cuándo te enteras que Iscar estaba detenido? C: Al siguiente día. ¿Cómo te enteraste que Iscar estaba detenido? C: A través del vecindario. ¿Por qué tú viniste hasta aquí? C: Por voluntad propia. ¿Qué comentario hiciste? C: Que me extraño que ese muchacho estuviera acá, ya que es un muchacho tranquilo que se dedicaba a la labor de pesca y al deporte. ¿Quién te pide para que tu este acá? C: Por iniciativa propia. ¿Quién hizo el contacto contigo para que tu este acá? C: La madre. ¿Tú tienes amistad con la madre? C: Conocida. ¿Tú sabes donde vive Iscar? C: En una calle subsiguiente a la donde yo estoy viviendo en rancho de Zinc. ¿Desde que conoces a Iscar siempre ha vivido allí? C: Desde que lo conozco siempre ha vivido en ese rancho. ¿El acostumbra a estar en su casa o el se pierde por varios días? C: El siempre esta en su casa, es todo. Por su parte la Fiscal Primero del Ministerio Público, interrogó de la siguiente manera: ¿Esa tarde del 19-05-04, cuando funcionarios de la GN practicaron el allanamiento usted estaba en la casa donde practicaron el allanamiento? C: No, estaba en labores de pesca, regresando a eso de las 5 a 6 de la tarde a mi casa. Los jueces efectuaron las siguientes preguntas: ¿Conoces el dueño de la casa y quien la habita? C: No se.

Declaró la testigo K.I.G.S., quien previamente juramentada dijo ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.461.758, de profesión u oficio Del Hogar, residenciada en el morro de puerto santo, calle Los Cocos, Casa S/N quien manifestó:

Este es un caso sobre un decomiso, que hiciera sobre una casa que queda cerca de donde yo vivo y, me pidieron que yo viniera como testigo, es todo.

La Defensa efectuó la siguientes preguntas: ¿Qué tan cerca vives tu de la casa donde se practicó el allanamiento? C: Como a 5 casas. ¿A raíz de ese allanamiento resulta detenida una persona llamada Iscar, como te enteras tu que Iscar quedó detenido? C: Por los comentarios de las personas que estaban en la calle y escuché. ¿Quién hizo contacto contigo para que vinieras acá? C: Yo hice un comentario el día del allanamiento y la mamá del muchacho fue a mi casa y, me dijo que si yo había hecho el comentario y la mamá del muchacho me dijo para que viniera como testigo. ¿Qué comentario hiciste tú? C: Que ese muchacho era un muchacho tranquilo. ¿Esa casa era habitada por alguien? C: Cuando yo llegue allí esa casa era de la parroquia luego quedó abandonada y desde allí no vivía nadie. ¿Tú conoces Iscar? C: Cuando llegué allí lo veía que pasaba para la playa. ¿Puede decir la distancia del lugar donde encontraron la droga hasta la casa de Iscar? C: Como dos kilómetros. ¿Las veces que tu veías a Iscar el estaba cerca del lugar donde se produjo el allanamiento? C: Yo no lo veía a el por ese sector. Por su parte la representante del Ministerio Público, efectuó las siguientes preguntas: ¿Usted presenció el allanamiento que realizó la guardia nacional? C: No. ¿Qué vio usted? C: Cuando Salí vi un poco de gente, eso es todo.

Declaró la testigo A.R.A.L., quien previamente juramentado dijo ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.114.180, de profesión u oficio del Hogar y residenciada en las Salinas del Morro de Puerto Santo, casa S/N, quien manifestó:

Yo me enteré de lo ocurrido el otro día, es todo.

La Defensa efectuó las siguientes preguntas: ¿Tú te enteraste al siguiente día? C: Si. ¿Tú conoces a Iscar? C: De cara, el vive cerca de mi casa. ¿El vive cerca de tu casa? C: Al lado de mi casa. ¿Si tú eres vecina de Iscar, tú recuerdas exactamente que te enteraste al siguiente día? C: Si, porque yo cuando me paré en la mañana lo vi; que el estaba cepillándose, eso fue el día antes de suceder los hecho. ¿Iscar se iba y pasaba días fuera de su casa? C: Yo siempre lo veía en su casa. ¿Cómo observabas tú la conducta de Iscar? C: El es un muchacho tranquilo, deportista ¿Cuándo tú te enteras de que Iscar estaba allí como te enteraste tú? C: Yo lo vi por Tu TV. ¿Quién hizo el contacto contigo para que tu vinieras para acá? C: La mamá. Por su parte la representante del Ministerio Público efectuó la siguiente pregunta: ¿Usted presenció el hecho ocurrido en fecha 19-05-04? C: No, yo estaba en mi rancho. Los Jueces interrogan ¿Cuándo te enteraste que Iscar fue detenido? C: El otro día que lo vi en la Televisión. ¿Que otra actividad realiza Iscar? C: Pesca.

Declaró el Funcionario J.R.S.G., quien previamente juramentado dijo ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.244.703, de profesión u oficio Militar Activo Sargento Segundo Guardia Nacional, quien manifestó:

“El 19-05-04, me encontraba de comisión con el capitán Molina Labrador, con el fin de practicar un allanamiento en calle los cocos del morro, cuando llegamos al sitio el capitán me mandó a buscar cuatro testigos y los busqué, los testigos entraron y yo me quedé en la puerta de afuera a manera de seguridad, esperando a una comisión que venía de Rió Caribe, luego que llegó la comisión entré a la parte del fondo de la casa y en una mata de tamarindo sacaron una panelas de marihuana, es todo. La representante del Ministerio Público efectuó las siguientes preguntas: ¿Quién comandaba esa comisión? C: El capitán R.M.L.. ¿Hacia donde se traslada? C: Calle los cocos del morro. ¿Cuál fue su actuación? C: Buscar cuatro testigos de allí mismo del morro, le expliqué que íbamos a realizar un allanamiento en esa casa, se quedó la comisión frente a la casa mientras que yo buscaba los testigos. ¿Dónde se quedó usted? C: Frente la casa esperando la comisión que viniera de Rió Caribe, eran como seis funcionarios que venían de Rió Caribe. ¿Usted vió cuando la comisión entró a la casa? C: Si el capitán toco la puerta y una persona de sexo masculino abrió la puerta y el capitán le mostró la orden de allanamiento. ¿El frente de la casa tenía puerta? C: Había una puerta. ¿Tú recuerda como era la estructura de la casa? C: Era una casa vieja, la pintura estaba dañada. ¿Cuándo ingresas tú a esa casa? C: Luego que la comisión llega. ¿Qué había dentro de la casa? C: Habían cosas tiradas, pasamontaña, habían una cocina, una nevera. ¿Esas cocinas y neveras estaban funcionando? C: Yo las vi nada mas, en el espacio ubicado en la cocina. ¿En que lado estaba la cocina? C: En un espacio libre. ¿El patio de esa casa, la puerta estaba abierta? C: Estaba abierta. ¿Había físico de la puerta? C: En realidad yo no vi puerta, yo entre y mas nada. ¿Qué observaste en el patio de la casa? C: Cuando entré estaban cuatro testigos y habían varias excavaciones y habían varias bolsas negras de presunto estupefacientes y ayudé a excavar en una mata de tamarindo y de allí sacamos unas panelas de presunta droga. ¿Esa persona que abrió la puerta que ustedes le enseñaron la orden de allanamiento como estaba vestida? C: No recuerdo. ¿Cuando ingresaron al inmueble usted recuerda si compañeros de la guardia nacional maltrataron a esa persona que esta en la casa? C: No jamás lo maltratamos. ¿Qué implemento utilizaron para excavar? C: Había una pala y un pico. ¿Cómo estaba ese terreno? C: Fui fácil excavar ya que esa zona es de arena. ¿El fondo tenia tapia, estaba descubierto? C: Esta tapiado de bloques. ¿Esa tapia aproximadamente cuanto media? C: Mas de dos metros. ¿Aparte de esos cuatros guardias que entraron hubo alguien mas que entró a la casa? C: Estaba la comisión, los testigos y mas nadie. ¿Usted pudiera asegurar al tribunal que realmente una vez que se localizó la droga se cumplió la cadena de custodia? C: Cien por ciento se cumplió la cadena de custodia y se prestó la máxima seguridad y actuamos de buena fé. ¿Qué otras cosas se localizó en la casa además de la droga? C: Un pasamontaña, la droga. ¿Cómo eran los testigos? C: De 38 años. ¿Cuándo ustedes se presentan al sector los cocos en que lugar ustedes ubican la unidad? C: Frente la casa. ¿Había una persona que iba pasando por frente de la casa y ustedes lo agarraron y lo metieron para la casa? C: Jamás, porque yo fui el que busqué los testigos, es todo. Por su parte la Defensa efectuó las siguientes preguntas: ¿Usted dijo que cuando pasó al fondo usted vio en la sala algunos objetos, en que parte de la sala usted observó el chaleco y un pasamontaña? C: A un metro y medio de la puerta de entrada de la casa. ¿Esos objetos quedaban a mano izquierda o mano derecha? C: mano derecha. ¿De que lado quedaban los cuarto? C: mano izquierda. ¿Cuándo usted entra pasa a la casa usted va directamente al fondo, ya se había hecho la revisión de la casa? C: Yo pasé y vi los chalecos y el pasamontaña. ¿Usted participó en la revisión de la casa? C: No, yo fuí directamente al patio de la casa, en la revisión interna de la casa yo no participé, pero si participé en la revisión en el patio. ¿Dónde seleccionaron los testigos? C: Frente de la casa. ¿Qué distancia había de donde estaban ustedes hasta donde ubicaron los testigos? C: De la casa dos metros a tres metros. ¿Cuándo queda comisionado para buscar los testigos donde estaba el resto de la comisión? C: En frente de la casa. ¿En ningún momento ingresaron a la casa antes de seleccionar los testigos? C: No ¿Cómo selecciona los testigos? C: Busqué los testigos y se los presenté al capitán. ¿Cómo seleccionó los testigos? C: Los que iban pasando por la casa yo los llamaba, le explicaba lo que íbamos a realizar y le presentaba al capitán y los dejábamos allí. ¿Había otra entrada de acceso a la casa? C: Estaba tapiado que tenía un garaje y una plancha de zinc. ¿Una vez que termina el procedimiento, esa droga la colocaron donde? C: En bolsas plásticas. ¿El material que esta en la casa donde lo llevaron? C: En las unidades del Jeep, metieron la droga, los chalecos, ¿Quién las metió? C: El capitán, mi personas. ¿En cuantas excavaciones se encontraron la droga? C: En la que yo excavé se localizó droga. ¿Qué parte del fondo se excavó? C: Donde yo excavé, fue en la mata de tamarindo, había otras excavaciones debajo de un tanque. ¿Cuándo usted ingresa esa es la última excavación o hicieron otras? C: Para mi fue esa, pero habían otras excavaciones. ¿Hubo otras excavaciones posteriores a la mata de tamarindo? C: Hubo otras excavaciones. ¿En cuantas excavaciones participó usted? C: En seis o siete. Los jueces preguntaron lo siguiente: ¿Cuando usted entró los testigos estaban dentro de la casa? C: Si. ¿El imputado estaba allí? C: Si. ¿La casa era habitada? C: Para vivir un ser humano allí no es habitable. ¿A que hora se practicó el allanamiento? C: Aproximadamente a las cuatro de la tarde. ¿Cuántos efectivos participaron? C: Primero cuatro. ¿Cuál fue su participación? C: Llevar el vehículo, buscar testigos, prestar seguridad y luego localizar excavar, para buscar la droga. ¿Usted colaboró al traslado de los testigos y del imputado para Carúpano? C: Cierto. ¿Cómo estaba vestido el imputado? C: No recuerdo. ¿Cuándo ustedes llegan a la casa y el funcionario le indica que busque cuatro testigos, los funcionarios inmediatamente entran al inmueble o esperan que busque los testigos? C: Esperan que llegue los testigos. ¿Quienes entran primero al inmueble? C: El capitán, el Teniente y Rodríguez. ¿Qué objetos llevaban estos funcionarios cuando entran al inmueble? C: Su uniforme y sus armas, no estaban provistos de otros objetos. ¿Usted dice que cuando excavó localizó droga? C: En la que yo excavé localicé presunto estupefacientes. ¿Qué pasa en el comando? C: Se llamó a un forense para que reconociera al imputado, se presentan las panelas en presencia del fiscal. ¿Los testigos estaban presentes? C: Si. ¿Qué pasa posteriormente? C: Se realizó el contaje de la droga, frente a los testigos.

Declaró el Funcionario Ciudadano I.J.J.C., quien previamente juramentado dijo ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.169.060, de profesión u oficio Militar, quien manifestó:

En compañía de otros funcionarios fuimos a una casa ubicada en el sector los cocos del morro, procedimos a realizar un allanamiento a una casa con una orden de allanamiento donde se encontraba el señor Iscar, encontramos cinco chalecos antibalas, y unas panelas de cocaína, marihuanas, fotografías, documentos que avalaban la propiedad del inmueble, luego procedimos a recabar todo lo encontrado en el sitio y nos dirigimos a la sede de la segunda compañía, acá en Carúpano, para continuar con el procedimiento legal, es todo.

La representante del Ministerio Público, efectuó las siguientes preguntas: ¿Recuerda la fecha del procedimiento? C: 19-05-2004. ¿En horas de la mañana o de la tarde? C: En la tarde. ¿Esa comisión estaba integrada por cuantos funcionarios? C: El capitán, Molina, mi persona y un cabo y otros efectivos que no recuerdo los nombre, en segunda instancia luego de verificado que hay cocaína, se pide apoyo a una comisión de Río Caribe. ¿Cuál fue la actuación al llegar a ese lugar? C: Nos bajamos del vehículo, visualizamos la casa, constatamos que la casa fuera la misma señalada en la orden de allanamiento, buscamos los testigos. ¿Los testigos los ubican antes de entrar al inmueble? C: Si. ¿Cuántos testigos eran? C: no recuerdo. ¿Cuál es el procedimiento a seguir luego de ubicado los testigos? C: Tocamos no salió nadie y luego entramos, era una puerta de madera, que no tenía seguridad, procedimos a empujarla abrió y entramos a la casa, realizamos la inspección, en el primer cuarto no estaba nadie, en el segundo cuarto estaba Iscar, viendo televisión, acostado en un colchón. ¿Cuándo conseguían esa persona ustedes le presentan la orden de allanamiento? C: Si y el nos señala que había ido a ese inmueble haber el partido de fútboll. ¿En la casa había potros utensilios? C: Había una nevera, cocina, comida sin preparar. ¿Seguidamente cual es la actuación de ustedes? C: Seguimos con la inspección y procedimos a trasladarnos hasta el fondo de la casa, estaba una parte donde queman la basura y conseguimos una panelas de marihuana y en una mata de tamarindo en el suelo estaba unas panelas de cocaína y en la parte debajo del tanque estaba unas panelas de cocaína. ¿Qué utilizaron para hacer las excavaciones? C: Una olla que estaba en el patio, ¿En todo momento estaban el imputado? C: Si. ¿Los testigos estuvieron presentes en todo momento? C: Si. ¿Los funcionarios de Rió Caribe que hicieron? C: Prestaron apoyo en seguridad. ¿Cómo era el patio? C: Estaba cercado con una pared de bloques de cierta altura como de dos a tres metros, era rústico, sin pintura. ¿Cómo era la casa? C: Una vivienda rural, habitable, se veía la permanencia de personas allí. ¿Los funcionarios que sirvieron de apoyo ingresaron al inmueble? C: No ellos se encargaban de la seguridad externa. ¿Luego que realizan el procedimiento que hicieron? C: Recabamos todas las evidencias y luego nos trasladamos hasta la sede de esta ciudad de la guardia nacional, con los testigos, la droga y el detenido. ¿En que unidad venía la sustancia incautada? C: En la unidad donde venía el capitán Molina y el cabo Guaremas. ¿Usted pude asegurar que se cumplió la cadena de custodia? C: Si. ¿Qué paso en la sede de la Guardia Nacional de esta Ciudad? C: Se procedió a tomarles declaración a los testigos. ¿Cómo fueron esas declaraciones? C: Uno por uno. ¿Cual fue el procedimiento en ese lugar? C: Llegó usted y se pesó la droga y la prueba anticipada se hizo al día siguiente. ¿Usted ha participado en varios procedimientos similares a este? C: Si. ¿Es usual que ustedes se traigan otros objetos aparte de la sustancias incautada (Tales como prendas de vestir, televisor, nevera) cuando realizan un allanamiento? C: No ¿Cómo tenían al imputado cuando estaba en el fondo de la casa? C: Estaba sentado y se ató con una trenza. Por su parte la Defensa efectuó las siguientes preguntas: ¿Cual era su función en la comisión? C: Auxiliar del capitán. ¿Cuándo llegan a la casa que hacen ustedes? C: Hicimos un llamado, luego buscamos los testigos. ¿Ustedes esperaron que estuvieran todos los testigos o entraron uno a uno? C: Estaban todos los testigos. ¿Revisaron el primero cuarto encontraron algo? C: No. ¿Una vez que recolectaron las cosas en el segundo cuarto que hicieron? C: La recolectamos y seguimos con la inspección, la colocamos en un lugar visible custodiado por un guardia en la parte de la cocina. ¿Esos objetos estaban dentro de la casa a fuera? C: Dentro de la casa. ¿Recuerda cuando encontraron la droga en la mata de tamarindo, ese hallazgo cual fue, el primero, el segundo? C: Fue la segunda. ¿Cuándo cavaron, esa excavación doble tu dices que estaba removido cual fue? C: la primera. ¿Cuántas excavaciones realizaron? C: En cuatro se encontró la droga, pero hicimos muchas excavaciones. ¿Usted dijo que se habían encontrado unos documentos deteriorados y que el nombre del propietario guardaba relación con Iscar, quien los encontró? C: No recuerdo. ¿Donde encontraron los documentos? C: A la salida de la segunda habitación. ¿Cómo hicieron para saber que se presumía que en esa vivienda existían estupefacientes? C: Informaciones que se manejan con elementos de información. ¿Cuánto tiempo se lleva después que se tiene conocimiento, después de saber que en un lugar hay droga, para realizar el allanamiento? C: Eso depende ya que así como hay informantes de confianza. ¿En este caso específico? C: No se como llegó la información ya que el capitán fue que manejó la orden de allanamiento. ¿Usted dijo que solicitó al vecino que? C: Una pala. ¿Hubo pico? C: No. ¿Ese vecino queda a mano izquierda o derecha? C: No se porque no fui yo quien solicitó la pala, ya que fue el Cabo Guaremas, quien la solicitó. ¿La comisión trajo algunas herramientas de cavar como pala y picos? C: En ningún momento. ¿Usted recuerda como estaba vestido Iscar? C: Con un Short, sin camisa y sin calzado. ¿Cuántos efectivos conformaban la comisión? De 10 a 11. ¿Cuántos ingresaron al interior de la vivienda? C: Cuatro. Los jueces efectuaron las siguientes preguntas: ¿A que hora se produce el allanamiento? C: En horas de la tarde, no recuerdo exactamente. ¿Cuántos funcionarios participaron? C: En principio cuatros, luego llegaron otros funcionarios. ¿Cuál fue su actuación? C; Inspección, recolectar evidencias. ¿Quién hizo el llamado en la puerta de la casa? C: En principio el capitán, luego nosotros. ¿Vivían personas en la casa? C: Estaba un colchón, había en la dispensa comida, había un televisor, nevera, se presume que pude vivir alguien. ¿Señale específicamente el sitio donde realizaron el allanamiento. C: Calle los cocos, casa S/N de el Morro de Puerto S.M.A.. ¿Al momento de que ustedes hacen las excavaciones y localizan la droga que le manifestó el acusado? C: Estaba nervioso, pero no manifestó nada. En el sector del mismo tanque se realizaron dos excavaciones. ¿Cuándo consigue el documento usted indica que ese inmueble le pertenecía a quien? C: En el mismo documento se señala que el propietario es de apellido S.L. y este guarda relación con Iscar. ¿Había prendas de vestir de la persona detenida? C: Realmente no recuerdo. Habían Zapatos habían unas sandalias de caballero.”

DE LAS PRUEBAS QUE ESTE TRIBUNAL DESESTIMA

Analizados como han sido los elementos probatorios evacuados en el transcurso del juicio oral y público, se procede a hacer un análisis de las pruebas que se desestiman y las razones por las cuales no se valoran, para centrar el análisis en las pruebas restantes, a los fines de determinar los hechos que se consideraron acreditados, así como los fundamentos de hecho y de derecho.

Se desestimó la declaración del ciudadano H.R.C., por considerar que no aporta ningún elemento para el esclarecimiento de los hechos, toda vez que manifestó: “Ese día estaba en el mar en labores de pesca, entre 5 y 6 de la tarde estaba llegando a la casa, después de haber realizado las labores de pesca, no tengo conocimiento de esa droga.” Y cuando a preguntas respondió: ¿Tú te llegaste a enterar del allanamiento? C: Estaba en la mar pescando. ¿Esa tarde del 19-05-04, cuando funcionarios de la Guardia Nacional practicaron el allanamiento, usted estaba en la casa donde practicaron el allanamiento? C: No, estaba en labores de pesca, regresando a eso de las 5 a 6 de la tarde a mi casa.”. Evidenciándose en consecuencia, que no estuvo presente en el lugar donde ocurrieron los hechos objetos del proceso, y su deposición no contribuyó en la búsqueda de la verdad de los hechos, ni en la responsabilidad del o los autores, por tales motivo no se valoró como prueba. Igualmente se desestimó la declaración de la ciudadana K.I.G.S., por cuanto sólo manifestó: “Este es un caso sobre un decomiso, que hiciera sobre una casa que queda cerca de donde yo vivo y, me pidieron que yo viniera como testigo.” Y cuando a preguntas respondió ¿Usted presenció el allanamiento que realizó la guardia nacional? C: No. ¿Qué vio usted? C: Cuando Salí vi un poco de gente, eso es todo.” Constantándose, que su declaración, no arrojó ningún elemento que guarde relación con los hechos objetos del proceso, ni con la responsabilidad penal del autor del delito. Asimismo, no se valoró la declaración de la ciudadana A.R.A.L., quien manifestó: “Yo me enteré de lo ocurrido el otro día.” Y cuando a preguntas respondió: ¿Usted presenció el hecho ocurrido en fecha 19-05-04? C: No, yo estaba en mi rancho. ¿Cuándo te enteraste que Iscar fue detenido? C: El otro día que lo vi en la Televisión.”; evidenciándose que el conocimiento que tiene sobre los hechos, lo adquirió a través de medios de comunicación, es decir, de la televisión, en atención a ello su testimonio no contribuyó para el esclarecimiento de los hechos, ni para establecer la responsabilidad de los autores del delito, razón por la cual tampoco se valoró, desestimándose en consecuencia.

DE LOS HECHOS QUE SE ESTIMAN PROBADOS:

De la recepción y evacuación de las pruebas realizadas durante el desarrollo del juicio oral, de conformidad con los parámetros establecidos en los artículos 353 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal y valoradas en base a las reglas de la Sana Crítica consagrada en el artículo 22 del mismo Cuerpo Adjetivo Penal, este Tribunal considera que quedaron probados los siguientes hechos:

Que en fecha 19-05-2004, aproximadamente a las 4:00 p.m, una comisión del destacamento 78 de la Guardia Nacional, integrada por los funcionarios: Capitán R.R.M.L., J.R.S.G., I.J.J.C. y otro funcionario, practicaron un allanamiento, con la respectiva orden, en un inmueble, ubicado en el Sector Los Cocos del Morro de Puerto Santo, procediendo a realizar la inspección de dicho inmueble, en presencia de cuatro testigos: J.V., O.R.S.M., A.J.R.L. y Uglis R.C., logrando incautar en la habitación N° 2, cinco chalecos antibalas, 27 cartuchos sin percutir y un pasamontaña; posteriormente en el fondo del inmueble logran hacer varias excavaciones, encontrando en el patio del inmueble cerca de la pared colindante con el otro inmueble, 5 panelas de marihuana, asimismo cerca de una mata de tamarindo consiguen 4 panelas de marihuana, con un peso de 5, 195 Kilogramos y en una especie de tanque, en un túnel, consiguen 77 panelas, con un peso de 75, 890 kilogramos; que al realizar la experticia resultó ser cocaína. Este hecho se pudo comprobar con las testimoniales de: 1) El funcionario Capitán Guardia Nacional R.R.M.L., quien manifestó: “En fecha 19-05-04, me trasladé al mando de una comisión al sector los cocos del morro de puerto santo, para efectuar un allanamiento autorizado por la fiscalía Primera del Ministerio Público, donde se presumía la venta de drogas….ubicamos cuatro ciudadanos que sirvieran de testigo….. revisamos localizamos 5 chalecos antibalas y un bolsos contentivo de 27 cartuchos sin percutir y un pasamontaña….pasamos al pateo revisamos el área del fondo, pegado a la pared donde estaba la basura….ubicamos 5 panelas, al lado izquierdo, al lado de la mata de tamarindo ubicamos cuatro, seguimos cavando en el sector del patio, en la parte derecha del tanque pudimos cavar y verificar en la parte de abajo del tanque en la parte subterránea, se encontró dos cajas de cartón, un saco con una bolsa negra y una bolsa de nailon color azul, donde se incautaron la cantidad de 77 panelas de cocaína, todo este procedimiento efectuado en presencia de los testigos….” Y cuando a preguntas respondió: ¿Aproximadamente a que hora se apersonan en el lugar de los hechos? C: 4 de la tarde. ¿Cuántos funcionarios entraron a la casa? C: 4 funcionarios. 2) El Funcionario J.R.S.G., quien manifestó: “El 19-05-04, me encontraba de comisión con el capitán Molina Labrador, con el fin de practicar un allanamiento en calle los cocos del morro, cuando llegamos al sitio el capitán me mandó a buscar cuatro testigos y los busqué, los testigos entraron y yo me quedé en la puerta de afuera a manera de seguridad, esperando a una comisión que venía de Rió Caribe, luego que llegó la comisión entré a la parte del fondo de la casa y en una mata de tamarindo sacaron una panelas de marihuana.” Y cuando a preguntas respondió: ¿Qué observaste en el patio de la casa? C: Cuando entré estaban cuatro testigos y habían varias excavaciones y habían varias bolsas negras de presunto estupefacientes y ayudé a excavar en una mata de tamarindo y de allí sacamos unas panelas de presunta droga. ¿Qué otras cosas se localizó en la casa además de la droga? C: Un pasamontaña, la droga. ¿Cuándo usted entra pasa a la casa usted va directamente al fondo, ya se había hecho la revisión de la casa? C: Yo pasé y vi los chalecos y el pasamontaña. ¿En cuantas excavaciones se encontraron la droga? C: En la que yo excavé se localizó droga. ¿Qué parte del fondo se excavó? C: Donde yo excavé, fue en la mata de tamarindo, había otras excavaciones debajo de un tanque. ¿A que hora se practicó el allanamiento? C: Aproximadamente a las cuatro de la tarde. ¿Cuántos efectivos participaron? C: Primero cuatro. 3) El funcionario I.J.J.C., quien manifestó: “En compañía de otros funcionarios fuimos a una casa ubicada en el sector los cocos del morro, procedimos a realizar un allanamiento a una casa con una orden de allanamiento …… encontramos cinco chalecos antibalas, y unas panelas de cocaína, marihuanas…..Y cuando a preguntas respondió: ¿Recuerda la fecha del procedimiento? C: 19-05-2004. ¿En horas de la mañana o de la tarde? C: En la tarde. ¿Esa comisión estaba integrada por cuantos funcionarios? C: El capitán, Molina, mi persona y un cabo y otros efectivos que no recuerdo los nombre, en segunda instancia luego de verificado que hay cocaína..¿Seguidamente cual es la actuación de ustedes? C: Seguimos con la inspección y procedimos a trasladarnos hasta el fondo de la casa, estaba una parte donde queman la basura y conseguimos unas panelas de marihuana y en una mata de tamarindo en el suelo estaba unas panelas de cocaína y en la parte debajo del tanque estaba unas panelas de cocaína. ¿Los testigos estuvieron presentes en todo momento? C: Si. ¿Cuántos funcionarios ingresaron al interior de la vivienda? C: Cuatro.¿A que hora se produce el allanamiento? C: En horas de la tarde. ¿Cuántos funcionarios participaron? C: En principio cuatros, luego llegaron otros funcionarios. ¿Señale específicamente el sitio donde realizaron el allanamiento. C: Calle los cocos, casa S/N de el Morro de Puerto S.M.A..

Las declaraciones de los funcionarios R.R.M.L., J.R.S.G. e I.J.J.C., son coincidentes en señalar que efectuaron un allanamiento en horas de la tarde el día 19/05/2004, en una casa ubicada en el Sector los cocos del Morro de Puerto Santo, Municipio A.d.E.S., y en presencia de 4 testigos logran incautar varias panelas de presunta sustancias estupefacientes. Ahora bien, tales deposiciones aunadas a la declaración de la experto Gipsy J.L., nos llevó a la convicción que efectivamente la sustancia decomisada se trataba de canabis sativa (marihuana) y de cocaína, tal y como se evidenció de la declaración de la experto antes mencionada, cuando manifestó: “Mi participación fue realizar la Experticia Química a la sustancia incautada, mi labor surge a petición de la fiscalía Primera del Ministerio Público, para realizar una experticia química a una sustancia incautada,…. recibí 77 panelas y 9 envoltorios de distintas tamaños, las 77 panelas las enumeramos….se encontró una sustancia de color blanco, de olor penetrante y se le realizó la prueba de orientación y con el reactivo de scott, se determinó que estábamos en presencia de cocaína clorhidrato…..los otros nueve envoltorios los destapamos y encontramos como contenido una sustancia vegetal y, esa sustancia se corresponde a la planta denominada canabis sativa, que es conocida comúnmente como marihuana, se practicó la prueba de orientación con el reactivo y arrojó que era marihuana, se realizó el pesaje y, arrojó un pesaje de 75 kilogramos, la marihuana tenían un peso de 5, 195 Kilogramos, se tomó una muestra…. para realizar la experticia química, en el caso de la marihuana y la cocaína arrojó su banda, las panelas una vez en el material que la compactaban, se observó varias figuras de relieve, tales como un escorpión, una G, un diablito, entre otras, es decir, varias figuras que según es la utilizada por los distintos carteles. Y cuando a preguntas respondió: ¿Señalar el grado de pureza de la sustancia en que momento precisan para determinar ese tipo de pureza? C: Se hace en la practica y con la experiencia se puede determinar el grado de pureza, por las características, sin embargo acudimos al análisis químico, que nos determina que tiene un 98 por ciento de pureza en la cocaína y, en la marihuana también se puede determinar por las característica de la sustancias y se le practicó su prueba. ¿El peso neto de la cocaína? 75, 890 Kilogramos y la marihuana 5, 195 Kilogramos.

Asimismo la declaración de los funcionarios adscritos de la Guardia Nacional antes mencionados, concatenada con la declaración del funcionario J.R.M.S., quien manifestó: “Realicé reconocimiento de los objetos incautados e inspección ocular al sitio.” Y cuando a preguntas respondió: ¿Su actuación giró en torno a una experticia y reconocimiento del sitio de los hechos? C: Si. ¿A que objeto se le practicó la experticia? C: a los objetos incautados en el sitio del suceso, para dejar constancia de sus características, cinco chalecos antibala, pimpina de gasolina, cartuchos de arma de fuego y un pasamontaña. ¿Qué observó en el inmueble? C: La vivienda estaba sola, estaba deteriorada, la entrada tiene una pared, no tiene reja ni nada, no tiene puerta de entrada, no tiene ventana, tiene una puerta de entrada y después queda la casa. ¿Cómo es el patio? C: el patio tiene como de 10 a 15 metros, ¿Qué más tiene ese patio? C: Tiene una mata de tamarindo, un tanque para almacenar agua, que no tenía agua, al pie del tanque había un agujero. ¿La inspección abarcó el patio y todo el mueble? C: Se realizó en el patio y el inmueble tiene tres cuartos, tres baños un salón amplio, tiene su porche. Tales deposiciones son concordantes en la descripción del inmueble objeto del allanamiento, igualmente la declaración de los funcionarios, aunada a la declaración del funcionario J.R.M.S., nos llevó a la convicción que en el inmueble allanado, ubicaron 5 chalecos antibalas, varios cartuchos de armas de fuego y un pasamontaña; toda vez que los funcionarios adscritos a la Guardia Nacional, mRichard Molina, J.S. y Isaacn Joves, fueron contestes en manifestar que además de la droga, incautaron 5 chalecos antibalas, varios cartuchos de armas de fuego y una pasamontaña; lo cual se corrobora con la experticia de reconocimiento de lo objetos incautados practicada por el funcionario J.R.M.S.; quien practicó el reconocimiento legal a los chalecos antibalas, los cartuchos de armas de fuego y el pasamontaña; evidenciándose también que los funcionarios antes mencionados coinciden con las características de la vivienda aportadas por ellos, quienes indicaron que la vivienda estaba deteriorada, sin puerta ni ventana en su frente; lo cual se corroboró con la inspección ocular efectuada por el funcionario J.R.M.S., quien expresó: La vivienda estaba….deteriorada, la entrada tiene una pared, no tiene reja ni nada, no tiene puerta de entrada, no tiene ventana, tiene una puerta de entrada y después queda la casa. Asimismo dicha inspección ocular coincide con lo manifestado por los funcionarios que practicaron el allanamiento, en cuanto a la descripción del patio del inmueble, quienes coinciden en señalar que había una mata de tamarindo y un tanque de agua y que en el mismo había un túnel.

Cabe destacar, que las declaraciones de los funcionarios R.R.M.L., J.R.S.G. y I.J.J.C., concatenada con la declaración de los testigos presenciales: J.V., O.R.S.M., A.J.R.L. y Uglis R.C., fueron coincidentes en señalar las circunstancias de tiempo, lugar y modo, del allanamiento efectuado, en una vivienda ubicada en el sector los cocos, en el Morro de Puerto Santo, Municipio A.d.E.S., asimismo lo manifestado por los testigos en el debate oral y público, corrobora lo expresado por los funcionarios con relación a las sustancias incautada, vale decir, cocaína y marihuana. Considerando lo declarado por de: 1) el testigo J.V., quien a preguntas respondió: ¿Usted tuvo conocimiento de ese hecho? C: Yo fui testigo llamado por ellos para que presenciara ¿En que lugar vive usted? C: a cuatro casas. ¿Quinen lo llamó y que le dijo? C: Un guardia y me dijo que le sirviera como testigo…. Entre a la casa ya el señor coronel estaba en la casa. ¿Qué vió usted? C: me metieron en un cuarto no había nada, después se metieron en otro cuarto y habían unas chaquetas y un pasamontaña, luego…. empezaron a registrar. ¿Cuántos guardias eran? Cuatro a cinco. ¿Qué hicieron los guardias? C: Cavaban, en una mata y sacaron unas seis bolsas, después cavaron en un tanque y sacaron lo demás. ¿Usted presenció cuando cavaban? C: Si. ¿Cada vez que sacaban algo usted lo veía. Usted vio todo eso? C: Si. ¿Quiénes mas estaban allí como testigos? C: Si éramos como cinco, fueron llamados que venían y ellos lo llamaban. ¿La Guardia espero que llegaran todo los testigos para realizar la excavación? C: La guardia realizó la excavación cuando estábamos todos. ¿Usted vió lo que sacaron? C: Lo vimos todos los testigos. 2) el testigo O.R.S.M., quien manifestó: “…encontraron unas bolsas y unas cajas y, me dejaron parado para que viera lo que había y sacaron unos paquetes…sacaron otras bolsas mas.. Y cuando a preguntas respondió: ¿A que hora le solicita la colaboración la Guardia Nacional? C: Cuatro de la tarde. ¿Dónde ocurrieron los hechos? C: En calle los cocos. ¿Quiénes estaban en el fondo? C: Estaban unos guardias unos testigos y el muchacho, yo fui el último que llego allí. ¿Cuándo usted entra es que empiezan a registrar? C: Estaban sacando y sacaron cuatros cajas y un saco. ¿Dentro de las cajas que había? C: Sacaron una panelas y la pusieron amontonada allí.. ¿Una vez en la guardia nacional que pasó allí? C: Allí pesaron las panelas y presentaron cinco chalecos. ¿Allí había guardias nacionales? C: Si. 3) el testigo A.J.R.L., quien manifestó: “….el guardia estaba allí, me pidió la cédula…. luego me metieron para la casa y un capitán me dijo que era un allanamiento… hicieron unos huecos y consiguieron una cajas y una pimpinas. Y cuando a preguntas respondió: ¿Qué viste tú? C: Visite un cuarto, estaba unos chalecos. ¿Qué hicieron después? C: Me llevaron para el fondo. ¿Qué hicieron los guardias? C: Cavaron, dos veces. ¿Tú recuerdas donde ellos excavaron? C: Debajo de un tanque y encontraron unos sacos y unas cajas, unas pimpinas y mostraron una broma…¿En presencia de usted se peso la droga? C: No recuerdo. ¿Los guardias le mostraron lo que contenía los sacos que usted mencionó? C: No, un guardia dijo que era droga. 4) el testigo Uglis R.C., quien manifestó: “….me llamó la guardia y me llamó para que lo acompañara y le sirviera de testigo, luego me metieron para dentro donde estaban haciendo el allanamiento. Y cuando a preguntas respondió: ¿A que hora ocurrió eso? C: En la tarde como a las tres, cuatro de la tarde. ¿Cuándo el le dice para pasar que hicieron? C: Pasamos al fondo y cuando yo llegué estaban sacando debajo de un tanque unos bolsos con unos paquetes y ya estaban otros testigos. ¿Usted observó cuando estaban haciendo los huecos? C: Cuando estaban haciendo el del tanque y sacaron unos bolsos y sacaron varias panelas. ¿Los guardias le dijeron que era eso? C: Destaparon una y nos dijeron que era droga, un polvo blanco. ¿En la guardia se pesó la droga? C: Estaban pesando la droga.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO:

Los hechos objeto de este Juicio fueron calificados en la acusación fiscal, así como en el auto de apertura a juicio como OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas que establece:

El que ilícitamente trafique, distribuya, oculte fabrique, elabore, refine, trasforme, almacene, realice actividades de corretaje, dirija o financie las operaciones antes mencionadas y de tráfico de las sustancias o de sus materias primas, precursores, solventes y productos químicos esenciales, desviados para la producción de estupefacientes y psicotrópicos a que se refiere esta Ley, será sancionado con prisión de diez (10) a veinte (20) años.

Considerando que esta norma al ser confrontada con los hechos dados por acreditados por este Tribunal, a criterio de lo escabinos, no existe la adecuación entre la conducta desplegada por el ciudadano ISCAR J.S.L. y la calificación jurídica atribuida por el representante del Ministerio Público. Por cuanto, consideraron que si bien es cierto los testigos que presenciaron el allanamiento, son coincidentes en manifestar que dentro del inmueble, específicamente en el patio, se encontraba el acusado Iscar J.S.L., sin embargo, consideraron que hubo contradicción en lo manifestado por los funcionarios actuantes en el allanamiento, y como quiera que el acusado en el presente asunto manifestó: “…venía saliendo por el callejón y un efectivo me agarró y me metió dentro de la casa y…. empezaron a registrar la casa y…..me dice que era un allanamiento y cuando consiguen la droga me amarran…”. Por tales motivo estimaron, que no había suficientes pruebas, que demuestren la responsabilidad penal del ciudadano Iscar J.S., en el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes; toda vez que a sus criterios los funcionarios son contradictorios en sus dichos; por cuanto: 1) El funcionario Capitan R.R.M.L., manifestó: “el primer cuarto la puerta estaba entre abierta y viendo a través de la ventana observamos al ciudadano Iscar en el primer cuarto…..”Y cuando a preguntas respondió: ¿Usted observó a través de las ventanas o tuvo que tocar para ver a la persona? C: Observamos y solo se oía el televisor, tocamos y salió el ciudadano, la casa estaba rodeada. ¿La puerta estaba cerrada? C: La puerta estaba cerrada, tocamos fuerte, se oía el televisor y tocamos fuerte y luego salió el ciudadano. 2) El funcionario J.R.S.G., quien a preguntas contestó: ¿Usted vió cuando la comisión entró a la casa? C: Si el capitán toco la puerta y una persona de sexo masculino abrió la puerta y el capitán le mostró la orden de allanamiento. ¿El frente de la casa tenía puerta? C: Había una puerta. 3) El Funcionario Ciudadano I.J.J.C., quien manifestó: “….procedimos a realizar un allanamiento a una casa con una orden de allanamiento donde se encontraba el señor Iscar…..Y cuando a preguntas respondió: ¿Cuál es el procedimiento a seguir luego de ubicado los testigos? C: Tocamos no salió nadie y luego entramos, era una puerta de madera, que no tenía seguridad, procedimos a empujarla abrió y entramos a la casa, realizamos la inspección, en el primer cuarto no estaba nadie, en el segundo cuarto estaba Iscar, viendo televisión, acostado en un colchón. ¿Revisaron el primero cuarto encontraron algo? C: No. En consecuencia los escabinos, consideraron, que lo funcionarios R.R.M.L. e I.R.J.C., caen en contradicciones, por cuanto mientras el primero de los nombrados manifiestas que observó al ciudadano Iscar Salazar, en el primer cuarto y que éste les abrió la puerta, mientras que el segundo en mención expresó que tocaron la puerta y no salió nadie, por lo que procedieron a entrar, manifestando que en el primero cuarto no había nadie y en el segundo cuarto estaba Iscar Salazar; resultando a todas luces, totalmente contradictorias tales deposiciones, no explicándose los escabinos que si los funcionarios estuvieron presentes durante todo el procedimiento, porque ese contradicen en el lugar donde encontraron presuntamente al acusado, razón por cual les creó duda; y como quiera que el ciudadano Iscar manifestó, que un guardia lo agarró y lo metió en la casa, donde practicaron el allanamiento; aunado a lo manifestado por los testigos del procedimiento, quienes coincidieron en manifestar que esa casa estaba abandonada y que Iscar no vivía allí; razón por la cual los escabinos, estimaron que debía absolverse al ciudadano Iscar J.S.L., siendo este el fundamento de su decisión.

De tal manera, que a criterio de los escabinos, no quedó demostrado, que la conducta asumida por el ciudadano ISCAR J.S.L., encuadre dentro del tipo penal, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, específicamente en el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes, toda vez que no se evidenció que él se encontraba en el lugar donde incautaron la droga, siendo esta la condición que se requiere para imputarle tal delito.

DISPOSITIVA

Este Tribunal Mixto de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Por mayoría ABSUELVE al ciudadano: Iscar J.S.L., quien es Venezolano, de 19 años de edad, nacido en fecha 20-06-85, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.916.653, de profesión u oficio pescador, residenciado en el Morro de Puerto Santo, Calle La Salina, Sector Los Cocos, Municipio A.d.E.S., Hijo I.S. y de C.T.L.; a quien la Fiscal Primero del Ministerio Público atribuyó la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias estupefacientes y psicotrópicas en perjuicio de la Colectividad; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, acordándose la libertad inmediata, con fundamento en el único aparte del artículo antes mencionado. En consecuencia se ordenó emitir las correspondientes boletas de libertad y junto con oficio se remitió al Internado Judicial de esta Ciudad. Con el voto salvado de la Juez Presidente por considerar al acusado culpable del delito atribuido por la representante del Ministerio Público. Dada, firmada y sellada en la sala de Audiencias N° 04 de este Circuito Judicial Penal, a los veintinueve días del mes de Noviembre del año dos mil cinco. Publíquese.-

La Juez Primero de Juicio

ABG. N.C.

Los Escabinos

J.R.R.F.

O.B.

La Secretaria

ABG. M.G.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE

EXTENSIÓN CARÚPANO

TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO

Carúpano, 29 de Noviembre de 2005

195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000165

ASUNTO ANTIGUO: RK11-P-2004-000165

VOTO SALVADO

Quien suscribe, N.S.C.S., Juez Presidente del Tribunal Mixto de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, integrado además por los jueces escabinos J.R.R.F. Y O.B., en ejercicio de la participación ciudadana, disidente de la opinión mayoritaria vertida en este fallo, en la cual se ABSUELVE al ciudadano ISCAR J.S.L., del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la ley Orgáncica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y, como consecuencia de ello salva su voto, de conformidad con lo establecido en el artículo 362 del Código Orgánico Procesal Penal en los términos siguientes:

Analizadas todas y cada una de las pruebas que se incorporaron durante el desarrollo de la Audiencia Oral y Pública, las cuales han llevado a esta sentenciadora a disentir de la mayoría, con respecto a la culpabilidad del acusado ISCAR J.S.L., en el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, el fundamento de este voto salvado, consiste en lo siguiente:

Considera quien suscribe, que existen suficientes elementos de pruebas, para estimar que el acusado ISCAR J.S.L., es autor del delito atribuido por la representante del Ministerio Público, los cuales surgen de:

  1. - La declaración de los funcionarios: a) J.R.S.G., quien manifestó: “El 19-05-04, me encontraba de comisión con el capitán Molina Labrador, con el fin de practicar un allanamiento en calle los cocos del morro, cuando llegamos al sitio el capitán me mandó a buscar cuatro testigos y los busqué, los testigos entraron y yo me quedé en la puerta de afuera a manera de seguridad, esperando a una comisión que venía de Rió Caribe, luego que llegó la comisión entré a la parte del fondo de la casa y en una mata de tamarindo sacaron una panelas de marihuana. Y cuando a preguntas contestó: ¿Hacia donde se traslada? C: Calle los cocos del morro. ¿Cuál fue su actuación? C: Buscar cuatro testigos de allí mismo del morro, le expliqué que íbamos a realizar un allanamiento en esa casa, se quedó la comisión frente a la casa mientras que yo buscaba los testigos. ¿Usted vió cuando la comisión entró a la casa? C: Si el capitán toco la puerta y una persona de sexo masculino abrió la puerta y el capitán le mostró la orden de allanamiento. ¿Qué observaste en el patio de la casa? C: Cuando entré estaban cuatro testigos y habían varias excavaciones y habían varias bolsas negras de presunto estupefacientes y ayudé a excavar en una mata de tamarindo y de allí sacamos unas panelas de presunta droga. ¿Qué otras cosas se localizó en la casa además de la droga? C: Un pasamontaña, la droga. ¿Había una persona que iba pasando por frente de la casa y ustedes lo agarraron y lo metieron para la casa? C: Jamás, porque yo fui el que busqué los testigos. ¿En cuantas excavaciones se encontraron la droga? C: En la que yo excavé se localizó droga. ¿Qué parte del fondo se excavó? C: Donde yo excavé, fue en la mata de tamarindo, había otras excavaciones debajo de un tanque. ¿Cuando usted entró los testigos estaban dentro de la casa? C: Si. ¿El imputado estaba allí? C: Si. ¿A que hora se practicó el allanamiento? C: Aproximadamente a las cuatro de la tarde. ¿Cuántos efectivos participaron? C: Primero cuatro. ¿Cuál fue su participación? C: Llevar el vehículo, buscar testigos, prestar seguridad y luego localizar excavar, para buscar la droga. ¿Qué pasa posteriormente? C: Se realizó el contaje de la droga, frente a los testigos. 2) I.J.J.C., quien manifestó: “En compañía de otros funcionarios fuimos a una casa ubicada en el sector los cocos del morro, procedimos a realizar un allanamiento a una casa con una orden de allanamiento donde se encontraba el señor Iscar, encontramos cinco chalecos antibalas, y unas panelas de cocaína, marihuanas…. documentos que avalaban la propiedad del inmueble. Y cuando a preguntas respondió: ¿Recuerda la fecha del procedimiento? C: 19-05-2004. ¿En horas de la mañana o de la tarde? C: En la tarde. ¿Esa comisión estaba integrada por cuantos funcionarios? C: El capitán, Molina, mi persona y un cabo y otros efectivos que no recuerdo los nombre, en segunda instancia luego de verificado que hay cocaína, se pide apoyo a una comisión de Río Caribe. ¿Cuál fue la actuación al llegar a ese lugar? C: Nos bajamos del vehículo, visualizamos la casa, constatamos que la casa fuera la misma señalada en la orden de allanamiento, buscamos los testigos. ¿Cuál es el procedimiento a seguir luego de ubicado los testigos? C: Tocamos no salió nadie y luego entramos, era una puerta de madera, que no tenía seguridad, procedimos a empujarla abrió y entramos a la casa, realizamos la inspección, en el primer cuarto no estaba nadie, en el segundo cuarto estaba Iscar, viendo televisión, acostado en un colchón. ¿Cuándo conseguían esa persona ustedes le presentan la orden de allanamiento? C: Si y el nos señala que había ido a ese inmueble haber el partido de fútboll. ¿En la casa había potros utensilios? C: Había una nevera, cocina, comida sin preparar. ¿Seguidamente cual es la actuación de ustedes? C: Seguimos con la inspección y procedimos a trasladarnos hasta el fondo de la casa, estaba una parte donde queman la basura y conseguimos una panelas de marihuana y en una mata de tamarindo en el suelo estaba unas panelas de cocaína y en la parte debajo del tanque estaba unas panelas de cocaína. ¿En todo momento estaban el imputado? C: Si. ¿Los testigos estuvieron presentes en todo momento? C: Si. ¿Cómo era la casa? C: Una vivienda rural, habitable, se veía la permanencia de personas allí. ¿Usted dijo que se habían encontrado unos documentos deteriorados y que el nombre del propietario guardaba relación con Iscar, quien los encontró? C: No recuerdo. ¿Donde encontraron los documentos? C: A la salida de la segunda habitación. ¿Señale específicamente el sitio donde realizaron el allanamiento. C: Calle los cocos, casa S/N de el Morro de Puerto S.M.A.. ¿Al momento de que ustedes hacen las excavaciones y localizan la droga que le manifestó el acusado? C: Estaba nervioso, pero no manifestó nada. ¿Cuándo consigue el documento usted indica que ese inmueble le pertenecía a quien? C: En el mismo documento se señala que el propietario es de apellido S.L. y este guarda relación con Iscar. 3) R.R.M.L., quien manifestó: “En fecha 19-05-04, me trasladé al mando de una comisión al sector los cocos del morro de puerto santo, para efectuar un allanamiento…. llegado al sector llegamos a la casa calle los cocos casa S/N…ubicamos cuatro ciudadanos que sirvieran de testigo…el primer cuarto la puerta estaba entre abierta y viendo a través de la ventana observamos al ciudadano Iscar en el primer cuarto, en compañía de los cuatros testigos le hicimos del conocimiento del allanamiento y procedimos a realizar el allanamiento, el se identificó, revisamos el segundo cuarto y encontramos una red de pesca, en la siguiente habitación localizamos 5 chalecos antibalas y un bolsos contentivo de 27 cartuchos sin percutir y un pasamontaña, revisamos el área de la cocina donde estaba la nevera y los utensilios de cocina, pasamos al pateo revisamos el área del fondo, pegado a la pared donde estaba la basura y, en presencia de los testigos ubicamos 5 panelas ….al lado de la mata de tamarindo ubicamos cuatro, seguimos cavando en el sector del patio, en la parte derecha del tanque pudimos cavar y verificar en la parte de abajo del tanque en la parte subterránea, se encontró dos cajas de cartón, un saco con una bolsa negra y una bolsa de nailon color azul, donde se incautaron la cantidad de 77 panelas de cocaína, todo este procedimiento efectuado en presencia de los testigos, durante la revisión del inmueble se determinó que la casa era propiedad de un ciudadano llamado Jorjuan J.L.S.. Y cuando a preguntas respondió: ¿Aproximadamente a que hora se apersonan en el lugar de los hechos? C: 4 de la tarde… ¿Cuál fue su actuación inicial? C: Ubicar cuatro testigos para que presenciarán los hechos: ¿Dónde ubicaron esos cuatros testigos? C: Lo ubicamos en el lugar de los hechos. ¿En que lugar estaba Iscar en la casa? C: Estaba en el cuarto izquierdo de la casa, le dijimos que íbamos a practicar un allanamiento, el manifestó que se encontraba allí y que se encontraba cuidando la casa y que esa casa era de un familiar de él, le informamos que íbamos a practicar el allanamiento y el nos acompañó al recorrido dentro de la casa. ¿Las condiciones de la casa? C: Era una casa habitable, no con todas las comodidades, pero si había cama televisor equipo de sonido, esto estaba donde estaba acostado el señor. ¿En el fondo que apreciaron? C: Revisamos el fondo y al final del fondo se encontró 5 panelas, luego a mano izquierda en la mata de tamarindo se localizó cuatro panelas y posteriormente en la parte del tanque, en el lado derecho conseguimos unas cajas y una bolsa negra, los testigos siempre estuvieron con nosotros…ellos los testigos presenciaron en todo momento el allanamiento. ¿Cuántos funcionarios entraron a la casa? C: 4 funcionarios. ¿Ese documento de la casa donde se señala que el ciudadano Jorjuan Laffont Salazar, es propietario de la casa, la incautó en la casa? C: Se encontró en la casa en el primer cuarto, se encontró un documento de compra venta, mas un depósito bancario del Banco de Venezuela, depositando 40 mil Bolívares al Registro Subalterno. Tales declaraciones evidenciaron la incautación de las sustancias, las cuales aunadas con la declaración de la experto Gipsy J.L., se demostró que se trataba de canabis sativa (marihuana) y cocaína clorhidrato, toda vez que la experto Ciudadana Gipsy J.L., expuso: “Mi participación fue realizar la Experticia Química a la sustancia incautada, mi labor surge a petición de la fiscalía Primera del Ministerio Público, para realizar una experticia química a una sustancia incautada, nos reunimos en la sede de la compañía de la guardia nacional de esta ciudad, recibí 77 panelas y 9 envoltorios de distintas tamaños…. se encontró una sustancia de color blanco, de olor penetrante y se le realizó la prueba de orientación y con el reactivo de scott, se determinó que estábamos en presencia de cocaína clorhidrato, vale decir….los otros nueve envoltorios los destapamos y encontramos como contenido una sustancia vegetal y, esa sustancia se corresponde a la planta denominada cannabis sativa, que es conocida comúnmente como marihuana, se practicó la prueba de orientación con el reactivo y arrojó que era marihuana, se realizó el pesaje y, arrojó un pesaje de 75 kilogramos, la marihuana tenían un peso de 5, 195 Kilogramos, se tomó una muestra….. me trasladé hasta la sede de mi laboratorio para realizar la experticia química, en el caso de la marihuana y la cocaína arrojó su banda, las panelas una vez en el material que la compactaban, se observó varias figuras de relieve, tales como un escorpión, una G, un diablito, entre otras, es decir, varias figuras que según es la utilizada por los distintos carteles.”

En consecuencia, a criterio de quien aquí disiente, ciertamente quedó demostrado:

Que en fecha 19-05-2004, aproximadamente a las 4:00 p.m, una comisión del destacamento 78 de la Guardia Nacional, integrada por los funcionarios: Capitán R.R.M.L., J.R.S.G., I.J.J.C. y otro funcionario, practicaron un allanamiento, con la respectiva orden, en un inmueble, ubicado en el Sector Los Cocos del Morro de Puerto Santo, encontrándose en el mismo el ciudadano Iscar J.S.L.; los funcionarios procedieron a realizar la inspección de dicho inmueble, en presencia de cuatro testigos: J.V., O.R.S.M., A.J.R.L. y Uglis R.C., logrando incautar en la habitación N° 2, cinco chalecos antibalas, 27 cartuchos sin percutir y un pasamontaña; posteriormente en el fondo del inmueble logran hacer varias excavaciones, encontrando en el patio del inmueble cerca de la pared colindante con el otro inmueble, 5 panelas de marihuana, asimismo cerca de una mata de tamarindo consiguen 4 panelas de marihuana, con un peso de 5, 195 Kilogramos y en una especie de tanque, en un túnel, consiguen 77 panelas, con un peso de 75, 890 kilogramos; que al realizar la experticia resultó ser cocaína. Este hecho se pudo comprobar con las deposiciones de los funcionarios R.R.M.L., J.R.S.G., I.J.J.C., y con la declaración de la experto Gipsy J.L., quien corroboró que la sustancias incautadas era marihuana y cocaína; estas declaraciones concatenadas con las testimoniales de: 1) el testigo Ciudadano J.V., quien a preguntas contestó: ¿Usted tuvo conocimiento de ese hecho? C: Yo fui testigo llamado por ellos para que presenciara ¿En que lugar vive usted? C: a cuatro casas. ¿Quinen lo llamó y que le dijo? C: Un guardia y me dijo que le sirviera como testigo. ¿Qué hizo usted? C: Entre a la casa ya el señor coronel estaba en la casa. ¿Qué vió usted? C: me metieron en un cuarto no había nada, después se metieron en otro cuarto y habían unas chaquetas y un pasa montaña, luego me llevaron y me pareció una sorpresa ver al muchacho que tienen preso. ¿Pasó al fondo de la casa que vió usted? C: Vi al muchacho y empezaron a registrar. ¿Quiénes ellos? C: Los guardias. ¿Cuántos guardias eran? Cuatro a cinco. ¿Qué hicieron los guardias? C: Cavaban, en una mata y sacaron unas seis bolsas, después cavaron en un tanque y sacaron lo demás. ¿Usted presenció cuando cavaban? C: Si. ¿Cada vez que sacaban algo usted lo veía. Usted vio todo eso? C: Si. ¿Quiénes mas estaban allí como testigos? C: Si éramos como cinco… ¿En esa casa usted vió otros objetos como cama, nevera? C: Televisor si vi, una cama y unos corotos. ¿En el momento que llegó al fondo de la casa en que tiempo llegaron los otros testigos ya estaban los testigos? C: Ya había unos. ¿La Guardia espero que llegaran todo los testigos para realizar la excavación? C: La guardia realizó la excavación cuando estábamos todos. ¿Usted vió lo que sacaron? C: Lo vimos todos los testigos. ¿Dónde estaba el muchacho? C: En la pared, lo tenían con las manos atrás. ¿Hay algún familiar de Iscar, que sea propietario de esa casa que allanaron? C: Un tío. 2) el testigo O.R.S.M., quien manifestó: “Entré y me asombré, por un niño que lo tenían amarrado… encontraron unas bolsas y unas cajas y, me dejaron parado para que viera lo que había y sacaron unos paquetes… sacaron otras bolsas mas y primera vez que yo veo al muchacho amarrado allí. Y cuando a preguntas respondió: ¿A que hora le solicita la colaboración la Guardia Nacional? C: Cuatro de la tarde. ¿Dónde ocurrieron los hechos? C: En calle los cocos. ¿Cuándo usted entra es que empiezan a registrar? C: Estaban sacando y sacaron cuatros cajas y un saco.¿Dentro de las cajas que había? C: Sacaron una panelas y la pusieron amontonada allí…¿Una vez en la guardia nacional que pasó allí? C: Allí pesaron las panelas y presentaron cinco chalecos. ¿Cuando lo llevaron al fondo habían testigos? C: Tres mas. 3) el testigo A.J.R.L., quien previamente juramentado dijo ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.781.518, residenciado en Las Salinas, Casa S/N; el Morro, quien seguidamente expone: “….el guardia estaba allí, me pidió la cédula…. un capitán me dijo que era un allanamiento; cuando paso para la casa me quedé sorprendido ya que el muchacho estaba allí…luego hicieron unos huecos y consiguieron una cajas y una pimpinas y después me trasladaron pasa acá.” Y cuando a preguntas respondió: ¿Qué viste tú? C: Visite un cuarto, estaba unos chalecos. ¿Tú recuerdas donde ellos excavaron? C: Debajo de un tanque y encontraron unos sacos y unas cajas, unas pimpinas y mostraron una broma y no se que era. ¿Usted recuerda que vestimenta tenía Iscar puesta? C: En Short, sin camisa y descalzo. 4) el testigo Uglis R.C., quien manifestó: “….me llamó la guardia y me llamó para que lo acompañara y le sirviera de testigo, luego me metieron para dentro donde estaban haciendo el allanamiento.” Y cuando a preguntas contestó: ¿Cuándo ocurrieron los hechos? C: Mas de un año. ¿A que hora ocurrió eso? C: En la tarde como a las tres, cuatro de la tarde. ¿Cuándo el le dice para pasar que hicieron? C: Pasamos al fondo y cuando yo llegué estaban sacando debajo de un tanque unos bolsos con unos paquetes y ya estaban otros testigos. ¿Usted observó cuando estaban haciendo los huecos? C: Cuando estaban haciendo el del tanque y sacaron unos bolsos y sacaron varias panelas. ¿Los guardias le dijeron que era eso? C: Destaparon una y nos dijeron que era droga, un polvo blanco. ¿Cómo estaba el acusado? C: Estaba sentado con las manos amarradas. ¿Qué tenía el Acusado? C: Estaba sentado, tranquilo, lleno de arena, con un pantalón corto. ¿En la guardia se pesó la droga? C: Estaban pesando la droga.

De las declaraciones precedentes se infiere claramente, que los funcionarios que actuaron en el procedimiento, en el cual efectuaron el allanamiento, son contestes en indicar las circunstancias de tiempo, lugar y modo de comisión del delito, quienes fueron enfáticos en señalar que el ciudadano Iscar J.S.L., se encontraba en la vivienda, objeto del allanamiento. No obstante, si bien es cierto, los funcionarios R.R.M.L. e I.J.J.C., no coinciden en el lugar específico donde se encontraba el acusado, sin embargo, son contestes en indicar que el mismo se encontraba en el interior del inmueble; resultando a criterio de esta juzgadora irrelevante el hecho, que uno diga que salió del primer cuarto y el otro diga que se encontraba en el segundo, considerando que el hecho ocurrió el 09/05/2004, es decir, hace mas de 1 año y 6 meses, y como quiera que por máximas de experiencias y utilizando la lógica, sabemos que ellos practican innumerables procedimientos, donde incautan este tipo de sustancias; en razón de ello es posible que difieran en cuanto a la ubicación específica donde se encontraba el acusado, lo cierto es que para que se establezca la responsabilidad del acusado es menester que se encuentre en el lugar donde se incautó la droga oculta en varios lugares del patio de la vivienda donde se encontraba el acusado.

Igualmente de las declaraciones de los ciudadanos: J.V., O.R.S.M., A.J.R.L. y Uglis R.C., quienes fueron testigos presenciales del allanamiento, se corrobora aún mas lo dicho por los funcionarios, toda ves que fueron contestes en indicar, las circunstancias de tiempo, lugar y modo del allanamiento, manifestando que vieron al acusado dentro del inmueble allanado, y mas aún,. Especificaron la vestimenta, coincidiendo con los funcionarios es señalar que Iscar J.S., se encontraba desprovisto de calzado y de camisa y con una bermuda. Aunado q que evidenciaron, que observaron que los funcionarios adscritos a la Guardia Nacional, realizaron varias excavaciones, logrando sacar varios sacos, bolsas y cajas, manifestando que en su interior contenía una sustancia, que fue pesada en el Comando de la Guardia Nacional; siendo enfáticos en afirmar la presencia del ciudadano Iscar Salazar, en el interior del inmueble.

Resulta a todas luces evidente, que una vez confrontados los testimonios tanto de los funcionarios, como de los testigos y de la experto Gipsy López, siguiendo la secuencia lógica de los hechos, estima esta juzgadora, que tales testimonios constituyen plenas pruebas, que demuestran la culpabilidad del ciudadano ISCAR J.S.L., en el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes; considerando que estas sustancias representan una grave amenaza para la salud y el bienestar de los seres humanos y menoscaban las bases económicas, culturales y políticas de la sociedad, tal y como se expresa en la Convención de las naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes, haciendo referencia a que existe una preocupación profunda y permanente por la magnitud y la tendencia creciente de la producción, la demanda y el tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas (y sus modalidades donde se encuentra el ocultamiento).

Considerando que estamos en presencia del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes, siendo esta una de las modalidades del tráfico, siendo calificado como delito de lesa humanidad y por consiguiente de leso derecho. Utilizándose niños como mercado de consumo, lo cual representa una grave amenaza para la salud y el bienestar de los seres humanos, considerando además que es deber del Estado Venezolano garantizar y dar protección a la colectividad de un daño social a un bien jurídico, tan capital como lo es la salud de la población, así como también la preservación de un Estado en condiciones de garantizar el orden y la paz pública, debido a que estamos en presencia de un delito que causa un gravísimo daño a la salud física y moral del pueblo, a parte de poner en peligro y afectar la seguridad social y hasta la seguridad del estado mismo, y siendo que la seguridad social se encuentra ante un atentado por las violentas conductas que causan el consumo de tales sustancias.

Y como quiera que considera este tribunal, existe un nexo causal entre la conducta asumida por acusado Iscar J.S.L. y el hecho delictivo señalado, lo cual quedó demostrado con el análisis de las pruebas evacuadas durante el desarrollo del debate oral y público, aplicando la lógica y las máximas de experiencia, llevaron a esta Juzgadora, a la convicción que el ciudadano antes mencionado, ocultó la sustancia estupefaciente, la cual por su cantidad rebasa la lógica de un consumo o posesión, cantidades características del Ocultamiento ilícito de sustancias estupefacientes, siendo el fin último la distribución de tales sustancias, cuyo consumo afecta gravemente la salud de los seres humanos generando cada día un mal insostenible.

Por todo lo anteriormente señalado, considera este Tribunal que el ciudadano Iscar J.S.L. es autor del delito de Ocultamiento de sustancias estupefacientes.

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la suscrita considera que el acusado ISCAR J.S.L., suficientemente identificado en autos, es culpable del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica de Sustancias estupefacientse y psicotrópicas, imputado por la Representación Fiscal.

Queda de este modo salvado mi voto.

LA JUEZ PRESIDENTA:

LOS ESCABINOS

ABG. N.C.S.

J.R.R.F.

O.B.

LA SECRETARIA,

DRA. M.G.

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