Decisión nº A09-08 de Corte de Apelaciones 10 de Caracas, de 25 de Septiembre de 2008

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2008
EmisorCorte de Apelaciones 10
PonenteAlegría Belilty Benguigui
ProcedimientoAdmisible El Recurso De Apelación

Caracas, 25 de Septiembre de 2008

198° y 149°

Visto el escrito contentivo de la formal Recusación presentado por el abogado R.I.C., Defensor Privado del ciudadano C.J.A.; en contra de la ciudadana NORELYS LEON ZAA, en su condición de Juez Cuadragésima Novena de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual manifiesta que la misma se encuentra incursa en las causales contenidas en el artículo 86 numerales 7° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal; esta sala 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por cuanto observa que dicha Recusación no se encuentra incursa en las causales de inadmisibilidad a que se contrae el artículo 92 Ejusdem, es por lo que se declara ADMISIBLE, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 Ibídem. En cuanto a las pruebas documentales acompañadas al escrito recusatorio, se admiten en cuanto a lugar en derecho, conforme a lo dispuesto en el artículo 96 del referido Código Adjetivo Penal.

LA JUEZ PRESIDENTE

Dra. C.A. CHACIN MATERAN

LA JUEZ EL JUEZ

Dra. A.L.B.B. Dr. J.C. ESPIN ALVARE

-Ponente-

LA SECRETARIA

Abg. CLAUDIA MADARIAGA SANZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado.

LA SECRETARIA

Abg. CLAUDIA MADARIAGA SANZ

Causa No. 10 Aa 2286-08

CACM/ALBB/JCEA/CMS/ljl

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