Decisión nº XP01-P-2004-000083 de Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de Amazonas, de 17 de Abril de 2008

Fecha de Resolución17 de Abril de 2008
EmisorJuzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
PonenteMarilyn de Jesus Colmenarez
ProcedimientoCese De Medidas

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas

Puerto Ayacucho, 17 de Abril de 2008

197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2004-000083

ASUNTO : XP01-P-2004-000083

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal a los fines de otorgar el cese de la Medidas de Seguridad a los penados: MILAIDYS M.R.C., venezolana, natural del Estado Amazonas, nacida el 11-08-75, titular de la Cédula de Identidad N°V-13.714.725, residenciada por Los Acacios, detrás de la C.A., pasando por el puentecito, cerca de la residencia del Presidente de la Asociación de Vecinos de esta ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, hija de M.F.R.M. (v) y J.A.d.R. (V), y L.A.F.H., venezolano, natural del Estado Anzoátegui, nacido el 29-07-79, titular de la Cédula de Identidad N°V-16.478.135, de profesión Albañil, residenciado por Los Acacios, detrás de la C.A., pasando por el puentecito, cerca de la residencia del Presidente de la Asociación de Vecinos de esta ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, hijo de A.F. (v) y A.H. (V), previamente observa lo siguiente:

PRIMERO

Los ciudadanos MILAIDYS M.R.C., y L.A.F.H., fueron condenados por el Juzgado Tercero de Control de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Amazonas, en fecha 19-07-2004 (f. 142 al 144), quien le impuso Medida de Seguridad, prevista en el artículo 75 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, consistente en la práctica de un examen psicológico por parte del equipo multidisciplinario de este Circuito Judicial, y que los acusados comparezcan ante el CORECUID y reciban un tratamiento para su readaptación social, conforme lo establecido en el artículo 76 numeral 3° de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

SEGUNDO

En fecha 15-07-2005, este Juzgado recibió información de parte del CORECUID, en el cual informa que la penada de autos, ha cumplido por lo ordenado por el tribunal, no pudiéndose tener otra información, a pesar de las diversas solicitudes hechas.

TERCERO

En esta misma fecha, este tribunal, previa citación, sostuvo entrevista, de la cual se levanto acta que antecede, con los penados MILAIDYS M.R.C., y L.A.F.H., quien manifestaron, su rehabilitación y que actualmente se encuentran trabajando, haciendo ambos vida marital de la cual han procreado cinco hijos, y se han alejado totalmente del mundo de las drogas, este tribunal dejó constancia de la buena apariencia y presencia, que los mismos presentan.

Ahora bien, evidenciándose de autos que los penados MILAIDYS M.R.C., y L.A.F.H., cumplieron con lo impuesto por el Juzgado Tercero de Control de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Amazonas, y examinada como ha sido las Medidas de Seguridad Impuesta, es por lo que este Tribunal decreta, la CESACION, de la Medidas de Seguridad impuestas los penados MILAIDYS M.R.C., y L.A.F.H., de conformidad con lo establecido en el artículo 514 del Código Orgánico Procesal Penal,. Remítanse las presentes actuaciones en su oportunidad legal a la Oficina de Archivos Judiciales, a los fines de su archivo y cuido. ASÍ SE DECIDE.

D I S P O S I T I V A:

Por todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia, en nombre de le República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: UNICO: OTORGA EL CESE DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, impuestas a los penados MILAIDYS M.R.C., titular de la Cédula de Identidad N° V-13.714.725 y L.A.F.H., titular de la Cédula de Identidad N° V-16.478.135, de conformidad con lo establecido en el artículo 514 del Código Orgánico Procesal Penal; en virtud de haber cumplido con las Medidas de Seguridad Impuesta, que le fuera impuesta por el Juzgado Tercero de Control de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Amazonas.

Publíquese, Regístrese, Líbrense los correspondientes oficios, Notifíquese y cúmplase con las demás formalidades de Ley. Remítanse las presentes actuaciones en su debida oportunidad legal a la Oficina de Archivos Judiciales.-

La Juez de Ejecución,

M.D.J.C..

La Secretaria,

Lisis Abreu Ortiz

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.-

La Secretaria,

Lisis Abreu Ortiz

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